Boletín nº 102 (31-05-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cardeña

Nº. 1.967/2022

Por Resolución de la Alcaldía, de fecha 26 de mayo de 2022, se ha aprobado la OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA LA ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL, de conformidad con el siguiente tenor literal:

Incoado expediente para tramitar los correspondientes procedimientos de estabilización en este Ayuntamiento, conforme a lo previsto en el artículo 2 y en la Disposición Adicional 6ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Considerando que su artículo 2.3 exige que la tasa de cobertura temporal se sitúe por debajo del 8% de las plazas estructurales.

Considerando que para el cumplimiento de ese objetivo en su artículo 2.1 autoriza una tasa para la estabilización de empleo temporal adicional a la prevista en los artículos 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 -LPGE 2017-, y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 -LPGE 2018-, que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estando o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otro instrumento de ordenación de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas, estén dotadas presupuestariamente y hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020. Considerando que el sistema de selección será el de concurso oposición, en virtud del artículo 2.4, en el caso indicado.

No obstante, la Disposición Adicional 6ª prevé además que las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.

Considerando que estas ofertas de empleo deben aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales antes del 1 de junio de 2022, y serán coordinados por las Administraciones Públicas competentes, en virtud de lo previsto en el artículo 2.2.

Considerando que la propuesta ha sido informada favorablemente por la Secretaría-Intervención municipal.

Considerando que la aprobación de la Oferta de Empleo Público corresponde a esta Alcaldía, en virtud de lo previsto en el artículo 22.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local -LRBRL-, por el presente

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar la siguiente Oferta de Empleo Público, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público:

1. FUNCIONARIOS DE CARRERA.

DENOMINACIÓN

FECHA DE ADSCRIPCIÓN

GRUPO/SUBGRUPO

PLAZAS

SISTEMA DE SELECCIÓN

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

DISPOSICIÓN ADICIONAL 6ª

C2

1

CONCURSO DE MÉRITOS

1. PERSONAL LABORAL.

DENOMINACIÓN

FECHA DE ADSCRIPCIÓN

GRUPO/SUBGRUPO

PLAZAS

SISTEMA DE SELECCIÓN

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

DISPOSICIÓN ADICIONAL 6ª

C2

1

CONCURSO DE MÉRITOS

AGENTE DINAMIZACIÓN JUVENIL

DISPOSICIÓN ADICIONAL 6ª

C2

1

CONCURSO DE MÉRITOS

AGENTE DINAMIZACIÓN CENTRO GUADALINFO

DISPOSICIÓN ADICIONAL 6ª

C1

1

CONCURSO DE MÉRITOS

PEÓN DE MANTENIMIENTO

DISPOSICIÓN ADICIONAL 6ª

E

1

CONCURSO DE MÉRITOS

SECRETARÍA JUZGADO DE PAZ

DISPOSICIÓN ADICIONAL 6ª

C2

1

CONCURSO DE MÉRITOS

AUXILIARES DE AYUDA A DOMICILIO

DISPOSICIÓN ADICIONAL 6ª

C2

8

CONCURSO DE MÉRITOS

SEGUNDO. Publicar la Oferta de Empleo Público en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en su tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de la provincia, para general conocimiento.

TERCERO. Lo que se publica para general conocimiento, indicando que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en lugar distinto, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposi

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