Boletín nº 102 (31-05-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de La Carlota
Nº. 2.031/2022
Expte. GEX: 4730/2022 (R:458/2021) .
Procedimiento: Oferta Extraordinaria de Empleo Público 2022.
ANUNCIO
DON ANTONIO GRANADOS MIRANDA, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ESTA VILLA DE LA CARLOTA.
Que con fecha 31 de mayo de 2022, ha sido dictada Resolución de Alcaldía nº 1983/2022, por la que se aprueba la Oferta Extraordinaria de Empleo Público, cuyas plazas están incursas en un proceso de estabilización de empleo temporal en este Ayuntamiento de La Carlota, de conformidad con el contenido del artículo 2.2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en la forma indicada a continuación:
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1983/2022
Considerando que el artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 prevé que determinadas Administraciones y sectores podían disponer en los ejercicios 2017 a 2019 de una tasa adicional para estabilización de empleo temporal, que podía incluir el 90% de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hubiesen estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016. Junto a lo anterior, se establecía, además, que las Administraciones Públicas podían disponer en los mismos ejercicios 2017 a 2019 de una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal de aquellas plazas que estuviesen dotadas presupuestariamente y, desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005, hubiesen estado ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal, en los términos previstos en la disposición transitoria cuarta del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Considerando que la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, en su artículo 19.Uno.9 prevé que, además de lo establecido en la Ley 3/2017, de 27 de junio, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017 en los siguientes sectores y colectivos: personal de los servicios de administración y servicios generales, de investigación, de salud pública e inspección médica así como otros servicios públicos. Asimismo, la citada Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 prevé, en su disposición adicional vigésima novena, apartado Uno.7, que las entidades públicas empresariales podrán disponer de dicha tasa adicional para la estabilización de empleo temporal. En este sentido dispone que los procesos de estabilización deberán aprobarse y publicarse en los ejercicios 2018 a 2020.
Considerando que el artículo 2.1 de Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, dispone que adicionalmente a lo establecido en los artículos 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.
Considerando que en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.2 de la citada Ley, Las ofertas de empleo que articulen los procesos de estabilización contemplados en el apartado 1, así como el nuevo proceso de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales antes del 1 de junio de 2022 y serán coordinados por las Administraciones Públicas competentes.
Asimismo, dispone que La publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en las ofertas de empleo público deberá producirse antes del 31 de diciembre de 2022.
Considerando que el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria urgente, celebrada el día 5 de mayo de 2022, adoptó el acuerdo de aprobación inicial del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), en su vertiente de Plan de Estabilización de empleo no fijo de carácter estructural existente en el Ayuntamiento de La Carlota, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 20/ 2021, de 28 de diciembre, aprobándose igualmente la modificación de la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2022, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 1533, de 6 de mayo de 2022, para su exposición pública durante 15 días hábiles, contados hasta el 30-5-2022 sin que se hayan producido alegaciones al respecto (GEX 4730/2022; relacionado con el 2436/2022 y 458/2021).
Considerando el contenido del Informe nº 54/2022, de 5 de mayo, emitido por la Técnica de Administración General del Área de Personal de este Ayuntamiento de La Carlota, obrante en el GEX nº 4582021.
Considerando la totalidad de la documentación obrante en los expedientes de referencia.
En uso de las facultades que me confiere el artículo 21.1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y demás legislación concordante, he tenido a bien dictar la siguiente
RESOLUCIÓN:
PRIMERO. Aprobar la Oferta de Empleo Público Extraordinaria de 2022, cuyas plazas están incursas en un proceso de estabilización de empleo temporal en este Ayuntamiento de La Carlota, de conformidad con el contenido del artículo 2.2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en la forma indicada a continuación:
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA 2022, CUYAS PLAZAS ESTÁN INCURSAS EN UN PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL EN ESTE AYUNTAMIENTO DE LA CARLOTA.
A.- FUNCIONARIOS DE CARRERA |
||||||||
Denominación |
Nº PLAZAS |
Grupo |
Clasificación |
Sistema Selectivo |
||||
Asesor Jurídico de Urbanismo |
1 |
A1 |
AE/Técnica/Superior |
Concurso |
||||
Ingeniero de Caminos |
1 |
A1 |
AE/Técnica/Superior |
Concurso |
||||
Arquitecto |
1 |
A1 |
AE/Técnica/Superior |
Concurso |
||||
Terapeuta Ocupacional |
1 |
A2 |
AE/Técnica/Media |
Concurso |
||||
Ingeniero Técnico/Industrial |
1 |
A2 |
AE/Técnica/Media |
Concurso |
||||
Arquitecto Técnico/a |
1 |
A2 |
AE/Técnica/Media |
Concurso |
||||
Maestro de Educación Infantil |
1 |
A2 |
AE/Técnica/Media |
Concurso |
||||
Técnico de Medioambiente |
1 |
A2 |
AE/Técnica/Media |
Concurso |
||||
Encargado Mantenimiento Piscina |
1 |
C1 |
AE/Serv. Esp./P. Oficios |
Concurso |
||||
Técnico Auxiliar de Consumo |
1 |
C1 |
AE/Técnica/Auxiliar |
Concurso |
||||
Delineante |
1 |
C1 |
AE/Técnica/Auxiliar |
Concurso |
||||
Auxiliar de Archivo |
1 |
C2 |
AE/Serv. Esp./Com. Esp. |
Concurso |
||||
Auxiliar Cultural |
1 |
C2 |
AE/Serv. Esp./Com. Esp. |
Concurso |
||||
Auxiliar Administrativo/a |
5 |
C2 |
AG/Auxiliar |
Concurso |
||||
Monitor/a Socorrista |
1 |
C2 |
AE/Serv. Esp./Com. Esp. |
Concurso |
||||
Ordenanza-Limpiador/a |
1 |
OAP |
AE/Serv. Esp./P. Oficios |
Concurso |
Cupo Discap. |
|||
Ordenanza Notificador/a |
1 |
OAP |
AG/Subalterna |
Concurso-Oposición |
||||
TOTAL PLAZAS DE FUNCIONARIOS |
21 |
|||||||
B.- PERSONAL LABORAL |
||||||||
Denominación de la Plaza |
Nª PLAZAS |
Grupo |
Sistema Selectivo |
Cupo |
||||
Asesor Jurídico/a Centro de la Mujer |
1 |
A1 |
Concurso |
|||||
Director Escuela Infantil |
1 |
A2 |
Concurso |
|||||
Director C entro de Día para Personas con Discapacidad |
1 |
A2 |
Concurso |
|||||
Trabajador Social Centro de la Mujer |
1 |
A2 |
Concurso |
|||||
Técnico/a Orientación Laboral Centro de la Mujer |
1 |
A2 |
Concurso |
|||||
Maestro Educación Infantil |
2 |
A2 |
Concurso |
|||||
Fisioterapeuta |
1 |
A2 |
Concurso |
|||||
Educador Centro de Día para Personas con Discapacidad |
1 |
A2 |
Concurso |
|||||
Agente de Desarrollo Local |
1 |
A2 |
Concurso |
|||||
Director Técnico de Cultura |
1 |
A2 |
Concurso |
|||||
Dinamizador de Centro Guadalinfo |
1 |
C1 |
Concurso |
|||||
Técnico Especialista Educación Infantil |
5 |
C1 |
Concurso |
|||||
Gestor Deportivo/a |
1 |
C1 |
Concurso |
|||||
Gestor de Centros Deportivos |
1 |
C1 |
Concurso |
|||||
Cocinero |
1 |
C1 |
Concurso |
|||||
Ayudante de Cocina |
1 |
C2 |
Concurso |
|||||
Conductor |
1 |
C2 |
Concurso |
|||||
Monitor Deportivo |
2 |
C2 |
Concurso |
|||||
Auxiliar de Educación Infantil |
2 |
C2 |
Concurso |
|||||
Auxiliar de Ludoteca |
1 |
C2 |
Concurso |
|||||
Auxiliar de Radio |
1 |
C2 |
Concurso |
|||||
Conductor Retroexcavadora |
1 |
C2 |
Concurso |
|||||
Cuidador Centro de Día para Personas con Discapacidad |
1 |
C2 |
Concurso |
|||||
Oficial de Fontanería |
1 |
C2 |
Concurso |
|||||
Monitor Socorrista |
3 |
C2 |
Concurso |
|||||
Oficial de Obras |
1 |
C2 |
Concurso |
|||||
Sepulturero |
1 |
C2 |
Concurso |
|||||
Operario de Servicios Múltiples |
1 |
OAP |
Concurso |
Cupo discap. |
||||
Peón Especialista en Jardinería |
1 |
OAP |
Concurso |
|||||
Operario de Limpieza |
2 |
OAP |
Concurso |
|||||
Peón Electricista |
1 |
OAP |
Concurso |
|||||
Operario de Servicios Múltiples |
1 |
OAP |
Concurso |
|||||
Dinamizador/a Tiempo Libre |
1 |
C1 |
Concurso-oposición |
Cupo discap. |
||||
Monitor Deportivo/a |
1 |
C2 |
Concurso-oposición |
|||||
Técnico Especialista Educación Infantil |
1 |
C1 |
Concurso-oposición |
|||||
Cocinero |
1 |
C1 |
Concurso-oposición |
|||||
Especialista de Servicios Múltiples |
1 |
C2 |
Concurso-oposición |
|||||
Oficial de Carpintería Metálica |
1 |
C2 |
Concurso-oposición |
|||||
Oficial de Carpintería de Madera |
1 |
C2 |
Concurso-oposición |
|||||
Oficial Electricista |
1 |
C2 |
Concurso-oposición |
|||||
Peón Especialista en Jardinería |
1 |
OAP |
Concurso-oposición |
|||||
Operario/a de Limpieza |
3 |
OAP |
Concurso-oposición |
Cupo discap. |
||||
TOTAL PLAZAS PERSONAL LABORAL |
54 |
SEGUNDO. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de la Carlota (Córdoba):
(https://sede.eprinsa.es/carlota/tablon-de-edictos) y en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos legales oportunos.
TERCERO. Dar cuenta de la presente Resolución al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que celebre.
Lo que manda y firma el Alcalde-Presidente.
Por el Secretario Acctal. (Resolución nº 1982/2022 de 30 de mayo) se toma razón, para su transcripción en el Libro de Resoluciones, a los efectos de garantizar su integridad y autenticidad (art. 3.2 RD. 128/2018 de 16 de marzo).
En La Carlota".
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa en relación con el artículo 46 de la citada Ley Jurisdiccional.
En el supuesto de que fuese interpuesto recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición, o en que éste deba entenderse presuntamente desestimado. No obstante se podrá ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso estime procedente.
En La Carlota, 31 de mayo de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio Granados Miranda.