Boletín nº 104 (02-06-2022)

VIII. Otras Entidades

Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba (IMDEEC)

Nº. 2.072/2022

Título: Extracto de la Convocatoria de Incentivos al Autónomo, Emprendimiento y Proyectos de Autoempleo 2022 -AUTOEMPLEO 2022-.

BDNS (Identif): 630298

Extracto del certificado de acuerdo del Consejo Rector de la Agencia Pública Administrativa Local Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba IMDEEC nº 20/2022 punto 6º, de fecha 30 de mayo de 2022, por el que se aprueba la Convocatoria de Incentivos al Autónomo, Emprendimiento y Proyectos de Autoempleo 2022 -AUTOEMPLEO 2022- y sus Bases reguladoras.

Primero. Objeto:

Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, la Convocatoria de Incentivos al Autónomo, Emprendimiento y Proyectos de Autoempleo 2022, -AUTOEMPLEO 2022- dirigida a fomentar proyectos empresariales generadores de riqueza y empleo en su fase inicial de lanzamiento y puesta en marcha, así como al fomento del mantenimiento del empleo y de autónomos atendiendo las necesidades básicas de las empresas, evitando el cierre de las mismas como consecuencia de la crisis energética que asfixia al tejido empresarial en plena recuperación, de la crisis causada por el SARSCOV-2 y las medidas impuestas para su contención.

El incremento del precio de la energía (electricidad, gas, combustible...) inmersos en una escalada sin control (la factura eléctrica comenzó su andadura alcista en el verano 2021 y desde entonces no se ha quitado de encima la coletilla de cifra histórica) presiona sobre unos márgenes muy mermados por la pandemia, lo que ya provoca subidas en otros productos (materias primas) y amenaza con borrar de un plumazo la rentabilidad de muchos negocios e incluso provocar cierres.

A través de la Convocatoria se pretende contribuir al desarrollo de proyectos de autoempleo fundamentalmente promovidos por personas jóvenes (hasta 40 años inclusive), mayores de 56 años (inclusive), mujeres, colectivos con especiales dificultades, así como, entre los residentes de las zonas más desfavorecidas de la ciudad de Córdoba que, a través del emprendimiento y el desarrollo de actividades empresariales encuentran una salida al desempleo. Así mismo, también se pretende contribuir al sostenimiento de empresas que desarrollan proyectos de mantenimiento de empleo.

Segundo. Beneficiarios:

A) Línea 1: Empresas de nueva creación. Empresas, pequeñas o medianas(1), con personalidad jurídica, así como personas físicas (empresario/a individual, emprendedor de responsabilidad limitada ERL, comunidad de bienes o sociedad civil), legalmente constituidas en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2021 y el 30 junio de 2022 (ambos inclusive) por persona/s emprendedora/s en situación de desempleo, que creen su propio puesto de trabajo, que cumplan con los siguientes requisitos en su caso:

-La/s persona/s emprendedora/s ha/n de estar en situación de desempleo a la fecha de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad Profesional.

-La/s persona/s emprendedora/s(2) en situación de desempleo ha/n de darse de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad Profesional, en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2021 y el 30 junio de 2022 (ambos inclusive).

Dicha fecha de alta no diferirá de la fecha de alta en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Tributaria (Certificado de Declaración Censal) en más de tres meses.

-La/s persona/s emprendedora/s deberá/n aportar necesariamente la cuenta justificativa (según modelo normalizado de solicitud), así como los justificantes de gastos y pagos correspondientes a los conceptos de gasto subvencionables de la base nº 6 de estas Bases reguladoras relacionados en la mencionada cuenta justificativa, y que ésta haya realizado como consecuencia de la puesta en marcha de la actividad empresarial en el período comprendido entre los 12 meses anteriores y 3 meses posteriores, respecto del mes de alta (sin contar éste) en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad Profesional de la persona emprendedora2, tal y como se especifica en el Anexo D de estas Bases reguladoras.

B) Línea 2: Empresas que desarrollen Proyectos al fomento del mantenimiento de empleo y autónomos. Empresas, pequeñas o medianas(1) con personalidad jurídica o como personas físicas (empresario/a individual, emprendedor de responsabilidad limitada ERL, comunidad de bienes o sociedad civil), legalmente constituidas y con alta en el IAE anterior al 30 de junio de 2021, que cumplan con el siguiente requisito:

-Aportar necesariamente la cuenta justificativa (según modelo normalizado de solicitud), así como los justificantes de gastos y pagos correspondientes a los conceptos de gasto subvencionables de la base nº 6 de estas Bases reguladoras relacionados en la mencionada cuenta justificativa, y que las empresas hayan incurrido para sufragar los gastos corrientes de funcionamiento y otros afectos a la actividad económica, que hayan sido realizados y pagados en el período comprendido entre el 1 de mayo de 2021 y el 30 de abril de 2022 (ambos inclusive).

Además para ambas Líneas y con carácter general deberán cumplir el siguiente requisito:

-Estar ubicadas y ejercer su actividad, en el municipio de Córdoba (hecho que se deberá reflejar en el certificado de situación censal, Actividades Económicas, dirección del local determinado. No se considerará que la empresa ejerce actividad en el municipio de Córdoba, cuando los centros de trabajo ubicados en el municipio de Córdoba sean considerados locales indirectamente afectos a la actividad (almacenes, depósitos, centros de dirección&). Si ejercen o desarrollan su actividad fuera de un local determinado, su domicilio fiscal o social ha de estar ubicado en el municipio de Córdoba. O bien que dispongan de licencia de autorización otorgada por el Ayuntamiento de Córdoba para la prestación del servicio urbano de taxi como actividad privada reglamentada y que realicen conceptos de gasto subvencionables referidos a dicha autorización.

Tercero. Diario Oficial:

Se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Córdoba, 31 de mayo de 2022. Firmado electrónicamente por la Presidenta de la Agencia Pública Administrativa Local. Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba IMDEEC, María Nieves Torrent Cruz.


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