Boletín nº 105 (03-06-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 2.074/2022

Titulo: Extracto del ACUERDO de la Junta de Gobierno Local de Lucena (Córdoba), de fecha veintiséis de mayo de 2022, por la que se convocan subvenciones para Actividades de Cooperación y Solidaridad con los países en vías de desarrollo, ejercicio 2022.

BDNS (Identif.) 630551

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/630551)

Primero: Convocatoria.

Se convocan para el ejercicio 2022 subvenciones para Actividades de Cooperación y Solidaridad con los países en vías de desarrollo.

Segundo. Objeto y finalidad de la subvención.

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para el fomento de proyectos a desarrollar en países en vías de desarrollo.

Podrán ser subvencionables aquellos proyectos a ejecutar en países en vías de desarrollo que pretendan cubrir necesidades básicas que favorezcan su expansión para el desarrollo, tales como alimentación, suministro y depuración de aguas, sanidad, erradicación de las enfermedades endémicas, educación, iluminación, vivienda, transportes, caminos vecinales, cambio climático, reducción del riesgo de desastres, biodiversidad, reducción de la pobreza, consumo sostenible y otras similares. Se apoyarán proyectos y programas de cooperación internacional que mejoren las condiciones de vida de las personas y el progreso de los pueblos, los dirigidos al fortalecimiento de los municipios de los países con los que se coopera, los que fortalezcan las estructuras democráticas y participativas de la sociedad civil, los que conciernen a la mejora de la gobernabilidad y de los derechos humanos, los destinados al desarrollo económico local y la promoción de fórmulas participativas de producción y desarrollo cooperativo, nuevas tecnologías y equipamientos básicos, proyectos de desarrollo del sector productivo y de servicios (industrial, artesanal, agropecuario, etc.) relacionados con pequeñas y medianas empresas o cooperativas, valorándose la protección del medio ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales, así como ayudas al desarrollo con repercusión e incidencia en los países de origen y que vayan acompañados de tareas de sensibilización ciudadana y actividades que promuevan la participación de la comunidad y de colectivos locales en el proyecto. No obstante lo anterior, no serán objeto de subvención los programas que no contemplen repercusión directa en beneficio de la comunidad y ámbito geográfico que los motiva.

El citado proyecto de actuación deberá ejecutarse íntegramente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022 y solo podrán ser subvencionables aquellos gastos directos en los que se incurran en su ejecución, con las particularidades previstas en la base 11ª.2) de las que rigen el procedimiento de concesión.

La cooperación internacional para el desarrollo a prestar por el Ayuntamiento de Lucena se llevará a cabo a través de la cooperación internacional bilateral indirecta, con el objetivo de contribuir a la erradicación de la pobreza, la atención de la salud y la educación infantil, lograr la enseñanza primaria universal, promover la igualdad entre los sexos y la autonomía de la mujer, mejorar la salud materna, combatir los efectos de enfermedades infecto-contagiosas y garantizar la sostenibilidad del medio ambiente.

Tercero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas y subvenciones aquí previstas aquellas Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGDs), Organismos de Solidaridad, Entidades Públicas, Asociaciones o Municipalidades (entendiéndose por tales, administraciones públicas o entes dependientes de las mismas), con personalidad jurídica y capacidad legal para actuar de acuerdo con la normativa vigente en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo. Podrán actuar por sí solos o en cooperación con ONGDs de países donde se pretendan llevar a cabo las intervenciones, que tengan como fines institucionales expresos según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos.

Los requisitos para solicitar la subvención y la forma de acreditarlos se ajustará a lo dispuesto en la Base Tercera de las que regulan el procedimiento, mediante la presentación de la correspondiente solicitud, acompañada de la documentación que se cita en el apartado 6 de la presente Convocatoria.

Cuarto. Bases Reguladoras.

Acuerdo de la Junta de Gobierno, de fecha 21 de abril de 2022, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 189, de fecha 11 de mayo de 2022.

Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Lucena (publicada en el BOP número 74, de fecha 27 de abril de 2007, modificada por anuncio BOP nº 63, de 1 de abril de 2022).

Quinto. Cuantía.

La concesión de estas ayudas quedará condicionada a la disponibilidad presupuestaria. La dotación máxima de las ayudas a conceder asciende a 23.255 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 381.2312.48003 Subvenciones a proyectos de países en vías de desarrollo del Presupuesto General de Gastos de este Ayuntamiento para 2022.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes a contar desde la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia».

Lucena (Córdoba), 26 de mayo de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

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