Boletín nº 111 (10-06-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 2.204/2022

Título: Extracto de la Convocatoria para 2022 de la Línea 5 de Apoyo a la Promoción y Comercialización Empresarial del Programa de Incentivos para el Apoyo al Emprendimiento y la Consolidación de Empresas en Priego de Córdoba.

BDNS (Identif.) 631899

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/631899)

-Convocatoria y Bases reguladoras:

Se efectúa convocatoria para la concesión de las ayudas establecidas en la Línea 5 de Apoyo a la promoción y comercialización empresarial del Programa de Incentivos para el Apoyo al Emprendimiento y la Consolidación de Empresas en Priego de Córdoba para el ejercicio de 2022.

La concesión de estas ayudas se efectuará a solicitud de interesado, en atención a la concurrencia de las condiciones y requisitos establecidos en esta convocatoria y estará limitada a las disposiciones presupuestarias.

Los anexos a cumplimentar y presentar con la solicitud se encuentran disponibles en la web:

www.aytopriegodecordoba.es, así como en el Departamento de Desarrollo y Oficina de Información del Ayuntamiento de Priego de Córdoba.La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 14, de 22 de enero de 2019.

-Empresas beneficiarias:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las microempresas y pequeñas empresas, ya sean persona física (empresario/a individual autónomo, comunidad de bienes o sociedad civil) o jurídica, y que su domicilio fiscal y su actividad este localizada en el municipio de Priego de Córdoba y lleven a cabo acciones dirigidas a la expansión de su empresa a nivel local/nacional/internacional y que hayan llevado a cabo alguna de las actividades consideradas como subvencionables durante el periodo comprendido desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2021.

-Finalidad:

El objeto de las ayudas es incentivar la consolidación de las empresas locales, fomentando que ganen en competitividad a través de la promoción comercial, todo ello orientado al fin principal de consolidar y generar empleo y al desarrollo social yeconómico del municipio. Serán subvencionables las siguientes acciones:

*Acciones dirigidas a la expansión de la empresa a nivel local/nacional/internacional, como puedan ser:

Participación en programas nacionales/internacionales de cooperación, organizados por empresas externas.

Estudios de mercado y servicios de asesoramiento, por empresas externas, para la apertura de mercados en el extranjero (lanzamiento de nuevos productos o de los ya existentes en nuevos mercados).

Servicios de traducción, por empresas externas.

Asistencia y participación en Ferias locales, provinciales, autonómicas, nacionales y/ o internacionales como expositor: se consideran gastos subvencionables los relativos a la reserva de espacios, alquiler de stands y mobiliario, así como su montaje y desmontaje.

*Acciones de promoción y publicidad:

Tendrán la consideración de gastos subvencionables la elaboración de material promocional nuevo o adaptación del que ya disponga la empresa a nuevos mercados o público objetivo, siempre que estén relacionados con con la creatividad, diseño gráfico y edición de material y los servicios se hayan prestado por empresas externas:

Gastos derivados del diseño, maquetación y producción de publicidad (Carteles/flyers, Catálogos, Folletos, Vinilos, Reclamos publicitarios, Buzoneo, Packaging, Enaras, Lonas, Adhesivos, Vallas publicitarias, etc).

Gastos derivados de la inserción de publicidad en: Revistas especializadas, Prensa, Radio, Televisión, Internet, Soportes publicitarios fijos o móviles,etc.Las acciones subvencionables deberán haberse realizado durante el período establecido en la convocatoria.

-Importe:

El importe total a destinar para la presente convocatoria será de 5.000,00 €.Con carácter general, la cuantía de la ayuda concedida podrá ascender hasta un máximo del 80% de los gastos realizados por la empresa (IVA excluido) en los conceptos subvencionables establecidos con un máximo de 500 € por empresa y año.

-Plazo y lugar de presentación de solicitudes:

Treinta días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

La solicitud se presentará preferentemente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Priego de Córdoba, a través de la dirección electrónica:

www.priegodecordoba.es/sede, en el Registro General del Ayuntamiento de Priego de Córdoba o en los lugares y registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015).

Priego de Córdoba, 7 de junio de 2022. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, Mª Luisa Ceballos Casas.

Aviso jurídico

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