Boletín nº 111 (10-06-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera

Nº. 2.205/2022

Título: BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE EMERGENCIA SOCIAL PARA EL EJERCICIO 2022 DEL AYUNTAMIENTO DE AGUILAR DE LA FRONTERA.

BDNS (Identif.) 631970

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/631970)

Primero. Beneficiarios:

Que la Unidad familiar de la persona solicitante no perciba ingresos de cualquier naturaleza que, en el último semestre, sobrepasen los límites establecidos en el Anexo II.

A los efectos de las presentes bases se entiende por unidad familiar la constituida por la persona destinataria del Programa y, en su caso, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita u otra relación análoga debidamente acreditada y los hijos e hijas de uno u otro si existieren; con independencia de su edad, así como, en su caso, las personas sujetas a tutela, guarda o acogimiento familiar que residan en la misma vivienda.

Residencia en Aguilar de la Frontera al menos desde 1 de enero de 2022. Dicho requisito únicamente podrá acreditarse mediante certificación o volante de inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes.

Informe favorable a la concesión de la ayuda emitido por los Servicios Sociales. Dicho informe se acomodará a las particularidades de las diferentes líneas y tendrá en cuenta, no sólo las condiciones personales del solicitante, sino las de toda la unidad familiar. Dichos requisitos se entienden sin perjuicio de las particularidades que se establezcan para cada una de las líneas en las presentes bases.

Se requiere que los solicitantes cumplan los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones -LGS -. No obstante, al ser ayudas públicas para cubrir necesidades básicas no se exigirá la acreditación de estar al corriente de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social.

Segundo. Objeto:

El Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera cuenta con cuatro líneas de prestaciones sociales por emergencia social:

Línea 1. Compra de alimentos.

Línea 2. Pago de facturas de luz.

Línea 3. Pago de facturas de agua.

Línea 4 . Ayuda para contingencias extraordinarias.

Tercero. Bases Reguladoras:

Se aprobaron por Resolución de Alcaldía nº 2022/00001236, de fecha 3 de junio de 2022, y pueden consultarse en la sede electrónica:

http://e-admin.eprinsa.es/aguilar/firmadigital/generarResguardo?pCsv=7E06AB25E2C989BA1EDB&pFechaInsercion=07-06-2022%2013:19:10

Cuarto. Cuantía:

El presupuesto disponible para el Programa de Emergencia Social que se refiere la presente convocatoria es de 39.904,95 euros, que se imputarán al Área de Gasto 2310 Emergencia Social del Presupuesto General de la Corporación Local para el ejercicio 2022.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será desde la publicación de esta convocatoria en el Boletin Oficial de la Provincia de Córdoba hasta el 30 de noviembre, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan.

Sexto. Otros datos:

La presentación de la solicitud por parte del interesado se realizará en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, ajustándose al modelo que figura en las bases aprobadas y con la documentación allí especificada en cada caso.

Aguilar de la Frontera, 7 de junio de 2022. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Carmen Flores Jiménez.

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