Boletín nº 113 (14-06-2022)

VIII. Otras Entidades

Aguas de Lucena, SL

Nº. 2.200/2022

Por acuerdo del Consejo de Administración, en sesión celebrada el 20 de mayo de 2022, se ha dispuesto aprobar la convocatoria y las bases que han de regir el proceso selectivo convocado por Aguas de Lucena SL, para la provisión, de un oficial de primera de mantenimiento electromecánico, en turno libre, y cuyo texto seguidamente se reproduce:

"BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE UN OFICIAL DE PRIMERA DE MANTENIMIENTO ELECTROMECÁNICO PARA CUBRIR LAS FUNCIONES PROPIAS DE SU PUESTO Y LAS DE CORRETURNOS DE OPERARIO DE E.D.A.R., ASÍ COMO DE CREACIÓN DE BOLSA DE EXPECTANTES PARA LA COBERTURA DE BAJAS Y NECESIDADES POR TRABAJOS URGENTES E INAPLAZABLES.

La presente convocatoria pública tiene por objeto regular la selección de un trabajador para cubrir las necesidades de personal operario de E.D.A.R. (correturnos) y de apoyo al Oficial de Mantenimiento Electromecánico, mediante concurso-oposición para la contratación laboral fija de un Oficial de Primera de Mantenimiento Electromecánico, dicha contratación fija se materializará a través de la formalización de un contrato laboral indefinido, conforme a lo previsto en el vigente Convenio Colectivo de Aguas de Lucena SL.

La razón que subyace en la presente convocatoria reside en la normativa aprobada en el marco de la lucha contra la temporalidad en el empleo y que prohíbe la contratación temporal de trabajadores, salvo causas plenamente justificadas, circunstancias que no se reúnen en este caso.

La plaza está prevista y dotada en la previsión de Ingresos y Gastos para el ejercicio 2022, aprobada por la Junta General de la sociedad en sesión celebrada el 21 de diciembre de 2021.

La contratación que se realice será dotada con las retribuciones correspondientes a su categoría profesional, de conformidad con el vigente Convenio Colectivo de Aguas de Lucena SL. Las funciones encomendadas serán las recogidas en la referida norma paccionada.

El candidato que resulte seleccionado en las pruebas selectivas por haber obtenido la máxima puntuación, pasará a formar parte de la plantilla en calidad de Operador de E.D.A.R. y Apoyo al Electromecánico, con la categoría de Oficial de Primera de Mantenimiento Electromecánico.

Los restantes candidatos que hayan superado las pruebas selectivas, relacionados en orden decreciente de puntuación, pasarán a formar parte de una bolsa de expectantes de empleo (Bolsa de Oficiales de Primero de Explotación de E.D.A.R. y Mantenimiento Electromecánico) para la cobertura de bajas u otras necesidades inaplazables y urgentes que pudiesen concurrir para garantizar el adecuado desempeño y funcionamiento de los servicios encomendados a la empresa.

La cobertura de necesidades de la bolsa se realizará por riguroso orden de puntuación. En el caso de que dicho aspirante rechace la contratación que se le ofrece, se le excluirá en los llamamientos que se realicen hasta que se agote la lista completa de personas que la integran y vuelva la lista a su posición.

La Bolsa de Expectantes tendrá una vigencia de cuatro años desde la exposición al público de los resultados del proceso selectivo o hasta la realización de una nueva convocatoria.

La presente convocatoria está sometida a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad recogidos en el Convenio Colectivo y demás normativa del sector público, así como a las siguientes bases:

1. REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES.

Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización de los contratos, los siguientes requisitos:

-Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto del Empleado Público.

-Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

-Titulación de grado medio o superior en formación profesional, relacionadas con el puesto de trabajo (Rama Electromecánica, Mecatrónica o, alternativamente Eléctrica). En caso de que algún candidato pretenda hacer valer cualquier otra titulación como equivalente a las específicamente identificadas en las bases, éste habrá de aportar certificado de equivalencia emitido por la autoridad competente en materia educativa o indicar expresamente la concreta norma que disponga la equivalencia entre la titulación acreditada por el aspirante y alguna otra de las específicamente relacionadas en las bases.

-Estar en posesión del permiso de conducción clase B.

-No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

-Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad o discapacidad que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

No resultará objeto de valoración la titulación acreditada como requisito para el acceso a la convocatoria.

2. PROCESO DE SELECCIÓN.

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

1. Fase de Concurso de méritos: Se valorarán los alegados por los interesados de acuerdo con el baremo establecido en las bases de esta convocatoria y hasta un máximo de 40 puntos.

2. Prueba de aptitud: Los aspirantes serán sometidos a una prueba de aptitud consistente en la realización de un ejercicio que tendrá carácter eliminatorio, sobre los conocimientos y habilidades prácticas propias del puesto contenidos en el temario de la convocatoria. La puntuación máxima que podrá otorgarse por esta prueba será de 60 puntos, siendo necesario para superarla alcanzar un mínimo de 50% de la puntuación del ejercicio.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la prueba de aptitud y el concurso de méritos.

Se entenderá que no han superado las pruebas y quedan excluidos de la Bolsa de Expectantes de Empleo todos aquellos candidatos cuya puntuación o calificación final sea inferior a 50 puntos.

3. BAREMO CONCURSO DE MÉRITOS.

El baremo para la selección de aspirantes a este concurso será el siguiente:

3.1. Titulación:

-Otras titulaciones regladas relacionadas con el puesto.

-Titulación de FP2 o ciclo formativo de grado superior u otras titulaciones superiores, distintas a las exigidas como requisito: 5 puntos.

Máxima puntuación: 5 puntos.

Sólo se puntuará la titulación de mayor rango.

3.2. Cursos:

Por la participación como asistente o alumno a cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos u homologados por Instituciones Oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua por sus agentes colaboradores, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo, esto, es con la experiencia valorable. Los cursos de formación alegados deberán ser acreditados con el certificado oficial o diploma de asistencia y/o aprovechamiento, con indicación del número de horas lectivas.

-Hasta un mínimo de 25 horas 0,50 puntos.

-De 50 a 100 horas. 1 punto.

-De 101 a 250 horas: 2 puntos.

-De 251 horas en adelante: 3 puntos.

-Otros cursos o habilitaciones relacionados con el desempeño del puesto, especialmente los relativos a formación en prevención de riesgos laborales: 0,25 puntos (máximo 1 puntos).

Podrán acumularse las horas realizadas de varios cursos para su valoración total. Máxima puntuación: 5 puntos.

3.3. Experiencia profesional:

-Por cada mes completo de servicios prestados con vínculo laboral como operario en categorías y puestos de trabajo que contengan las tareas de Explotación de E.D.A.R.: 0,1 puntos por mes.

-Por cada mes completo de servicios prestados con vínculo laboral como oficial de 1ª en categorías y puestos de trabajo que contengan las tareas de mantenimiento electromecánico:

a) En empresas o entidades gestoras de E.D.A.R.: 0,3 puntos por mes.

b) En otras empresas distintas de E.D.A.R.: 0,2 puntos por mes.

La experiencia deberá acreditarse mediante contrato de trabajo e informe de vida laboral, debiendo asimismo aportarse cuantos documentos justifiquen la efectiva prestación de tales funciones.

Máxima puntuación: 30 puntos.

4. COMISIÓN EVALUADORA.

4.1. El tribunal calificador estará integrado por cinco miembros, designados por el Consejo de Administración, de los cuales uno será el presidente, tres actuarán como vocales y otro como secretario; todos ellos con voz y voto.

Su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El Consejo de Administración podrá solicitar el auxilio de personal técnico cualificado de los Servicios

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