Boletín nº 113 (14-06-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Pozoblanco

Nº. 2.223/2022

Título: Extracto de la Resolución 2022/00001511, de 8 de junio de 2022, del Ayuntamiento de Pozoblanco, por la que se convocan subvenciones de concurrencia competitiva de la Concejalía de Juventud para el año 2022.

BDNS (Identif.) 632471

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/632471)

Primero. Beneficiarios:

Colectivos locales que desarrollen proyectos de Juventud.

Segundo. Finalidad:

La concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Pozoblanco tiene como finalidad, entre otras, la de fomentar el desarrollo de actividades de utilidad pública o interés social y consolidar el movimiento asociativo pozoalbense, estableciendo una línea de apoyo para el desarrollo de sus programas o actividades.

Tercero. Bases reguladoras:

En sesión ordinaria de Pleno, celebrada el 28 de octubre de 2013, se aprobó inicialmente la Ordenanza General reguladora de la concesión de Subvenciones por el Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco al amparo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, de fecha 7 de noviembre de 2013, y en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, no habiéndose formulado alegaciones durante el período de información pública, queda definitivamente aprobado el acuerdo y por lo tanto el texto de la Ordenanza, publicándose íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia número 245, de 27 de diciembre de 2013.

Cuarto. Cuantía:

La cuantía de la presente convocatoria se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 310.9245.489.00 por importe de 6.000,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo para presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Otros datos:

La presentación de la solicitud se hará utilizando los modelos oficiales que acompañan a la convocatoria (Anexo I, Anexo II y Anexo III), y se llevará a cabo únicamente a través del Registro Electrónico de la web del Ayuntamiento de Pozoblanco utilizando el certificado digital del colectivo solicitante, no aceptándose aquellas solicitudes que se presenten a través del Registro General del Ayuntamiento de Pozoblanco o las que utilicen un certificado digital que no sea el del colectivo solicitante. 

Las subvenciones deberán justificarse en el plazo máximo de 3 meses desde la finalización de las actividades sujetas a subvención, y en todo caso antes del 31 de marzo de 2023, debiendo presentar tantas justificaciones como subvenciones se hayan recibido, por la cuantía total del presupuesto aceptado como coste de la actividad financiada por la subvención, y debiendo justificarse cada una de las partidas en que esté dividido dicho presupuesto y en la cantidad que refleje dicha partida, por lo que todo lo no justificado será detraído de la subvención finalmente concedida. 

Pozoblanco, 8 de junio de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Santiago Cabello Muñoz.

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