Boletín nº 113 (14-06-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 2.250/2022

Título: EXTRACTO DEL ACUERDO Nº 597/22, DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA, DE FECHA 6 DE JUNIO DE 2022 POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A EMPRESAS Y AUTÓNOMOS DE LA DELEGACIÓN DE CULTURA DEL AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA.

BDNS (Identif.) 632836

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/632836)

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios las personas físicas que sean profesionales inscritos en el régimen especial de trabajadores autónomos a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes y las personas jurídicas con ánimo de lucro, que desarrollen una actividad económica o empresarial relacionada con el objeto de la convocatoria, siempre que tengan su domicilio o sede en el municipio de Córdoba o que el proyecto objeto de la subvención se realice en el mismo.

Segundo. Objeto.

Proyectos que tengan por objeto la realización de producciones, proyectos o actividades en el ámbito de la cultura, en concreto las artes escénicas (teatro, danza y circo), artes plásticas y de la imagen, música, literatura, patrimonio histórico artístico, publicaciones y otras actividades culturales complementarias con la programación de la Delegación de Cultura. La actividad o el proyecto debe desarrollarse en el término municipal de Córdoba.

Tercero. Bases Reguladoras.

Las bases de la convocatoria, se consultarán en la página https://cultura.cordoba.es/

Cuarto. Cuantía.

La cantidad destinada a la convocatoria será de 100.000,00 euros ampliable a otros 150.000,00 euros adicionales, y la cuantía de la subvención obtenida por los beneficiarios vendrá determinada en función de la puntuación que el proyecto presentado obtenga de acuerdo con los criterios establecidos en la Base Undécima, sin que en ningún caso pueda ser superior a 20.000 euros, ni superar el importe del proyecto presentado.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Otros datos.

De conformidad con las bases de la convocatoria, la presentación de las solicitudes será obligatoriamente por medios electrónicos, a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/cordoba) o en otros registros electrónicos, bien en el formulario normalizado que puede descargar en la página https://cultura.cordoba.es/, bien a través del trámite específico previsto en la sede en caso de que esté habilitado.

Los proyectos o actividades deberán haber sido realizados o realizarse en el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022. No podrán obtener otra subvención los proyectos realizados entre el 1 de enero y el 12 de octubre de 2022 que obtuvieron financiación en la convocatoria del ejercicio 2021.

Córdoba, 10 de junio de 2022. Firmado electrónicamente por la Teniente de Alcalde de Promoción, Cultura y Patrimonio Histórico, Antonia Aguilar Rider.

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