Boletín nº 114 (15-06-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Pedroche
Nº. 2.092/2022
SUMARIO
Acuerdo del Pleno, de fecha 25 de marzo de 2022, del Ayuntamiento de Pedroche por la que se aprueba definitivamente expediente de modificación de la Ordenanza municipal reguladora de protocolo de actuación en las fiestas en honor de Nuestra Señora La Virgen de Piedrasantas y Fiestas de los Piostros.
TEXTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza municipal reguladora de protocolo de actuación en las fiestas en honor de Nuestra Señora La Virgen de Piedrasantas y Fiestas de los Piostros, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
ACUERDO
Primero. Aprobar inicial y provisionalmente, en la misma forma en que se somete a su consideración, la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de protocolo de actuación en las fiestas en honor de Nuestra Señora La Virgen de Piedrasantas y Fiestas de los Piostros, cuyo texto íntegro se transcribe a continuación.
Modificación del PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN LAS
FIESTAS EN HONOR DE NUESTRA SEÑORA LA VIRGEN DE PIEDRASANTAS
Y FIESTAS DE LOS PIOSTROS
4. Durante la sesión del Pleno, en un primer momento, el Alcalde-Presidente informará de quién ha sido designado como Mayordomo de la Virgen de Piedrasantas como representante del Ayuntamiento.
5. En un segundo momento se dará cuenta del número de solicitantes por parte de los vecinos y vecinas de Pedroche.
a. En el caso de haber un solo solicitante, se le otorgaría directamente el cargo de Mayordomo.
b. En el caso de haber dos solicitantes y ninguno por parte de la Corporación Municipal, se otorgaría directamente el cargo de Mayordomos a los dos solicitantes.
c. En otros casos, se decidiría mediante sorteo entre las solicitudes presentadas por los vecinos y vecinas de Pedroche, utilizando el método que se estime más oportuno:
c.1. Se elegirá un cargo de Mayordomo en el caso de existir solicitud por parte de algún componente de la Corporación Municipal.
c.2. Se elegirán dos cargos de Mayordomos en el caso de no existir solicitud por parte de la Corporación Municipal.
Segundo. Someter, el anterior acuerdo a exposición pública, por plazo de treinta (30) días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas; significando que si, al término de dicho período, no se hubiesen presentado aquéllas, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo Acuerdo Plenario.
Tercero. Publicar, una vez transcurrido dicho plazo, el texto íntegro de referida modificación en el Boletín Oficial de la Provincia, para general conocimiento y a efectos de su entrada en vigor.
Cuarto. Facultar al Sr. Alcalde- Presidente para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la plena efectividad del acuerdo adoptado.
Segundo. Someter, el anterior acuerdo a exposición pública, por plazo de treinta (30) días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas; significando que si, al término de dicho período, no se hubiesen presentado aquéllas, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo Acuerdo Plenario.
Tercero. Publicar, una vez transcurrido dicho plazo, el texto íntegro de referida modificación en el Boletín Oficial de la Provincia, para general conocimiento y a efectos de su entrada en vigor.
Cuarto. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la plena efectividad del acuerdo adoptado».
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Pedroche, 1 de junio de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Santiago Ruiz García.