Boletín nº 114 (15-06-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Añora

Nº. 2.097/2022

Habiéndose hecho público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, de fecha 12 de abril de 2022 (nº 70), el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de Ordenanza reguladora de la Tasa por la prestación del Servicio de Residencia Municipal de Mayores Fernando Santos de Añora, y no habiéndose formulado reclamaciones, al amparo de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Ley 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se entiende definitivamente aprobado dicho acuerdo, adoptado por el Ayuntamiento Pleno, el día 28 de marzo de 2022, publicándose ahora en el Anexo al presente anuncio el texto íntegro de dicha Ordenanza.

Contra el anterior acuerdo se podrá interponer recurso contencioso administrativo, en la forma establecida en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no obstante, con carácter previo y potestativo podrá interponer recurso de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento, en la forma y plazo establecido en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RESIDENCIA MUNICIPAL DE MAYORES FERNANDO SANTOS DE AÑORA (CÓRDOBA).

BASE IMPONIBLE, TIPO DE GRAVAMEN Y CUOTA TRIBUTARIA

ARTÍCULO 8: La base imponible dependerá del tipo de plaza que ocupe el residente durante su estancia en la Residencia Fernando Santos, estableciéndose las siguientes:

A. Plaza privada (no concertada) de residente válido: 900 €/mes.

B. Plaza privada (no concertada) de residente asistido: 1.250,00 €/mes.

Cuando a las plazas privadas (válidas o asistidas) se les reconozca la situación de dependencia, en los grados y niveles establecidos, para la obtención de la prestación económica vinculada al servicio (u otro servicio similar), la base imponible de la plaza ocupada, a partir de ese momento, será la que cada año determine la Junta de Andalucía como precio de la plaza asistida.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Añora, 1 de junio de 2022. Firmado electrónicamente por el Presidente del Organismo Autónomo Residencia Municipal de Mayores Fernando Santos de Añora, Bartolomé Madrid Olmo.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad