Boletín nº 116 (17-06-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Victoria

Nº. 2.216/2022

Aprobado provisionalmente por el Pleno de este Ayuntamiento de La Victoria, en sesión ordinaria, celebrada el día 9 de mayo de 2022, el expediente 14/2022 de Modificación de Créditos, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con cargo al Remanente de Tesorería para Gastos Generales resultante de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2021, y no habiéndose presentado reclamaciones contra el mismo durante el plazo de exposición al público, que finalizó el pasado día 7 de junio, de conformidad con lo estipulado en el artículo 169.1 por remisión del artículo 177.2 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Localces, RD 2/2004 de 5 de marzo, queda aprobado definitivamente, expresándose a continuación con el siguiente resumen por capítulos:

Altas en Aplicaciones de Gastos

a. Crédito Extraordinario:

Aplicación

Descripción

Crédito

Extraodinario

Prog

Econ.

943

46100

TRANSFERENCIAS CORRIENTES DIPUTACIÓN

1000

TOTAL

1000

b. Suplemento de Crédito:

Aplicación

Descripción

Suplemento

de Crédito

Prog

Econ.

241

62201

PFEA 2021 MATERIALES QUIOSCO HUERTO REDONDO

3000

241

63103

PFEA 2021 MATERIALES C/ DUQUE DE RIVAS

6000

241

63105

PFEA 2021 MATERIALES C/ ESLAVA-CERVANTES

4000

334

22609

ACTIVIDADES CULTURALES

5000

934

43000

GESTIÓN DE LA DEUDA Y DE LA TESORERÍA-DEUDA SEGURIDAD SOCIAL

5600

TOTAL

23600

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería para Gastos Generales, en los siguientes términos:

Alta en Aplicación de Ingresos

Aplicación

Descripción

Bajas o

anulaciones

870.00

Para Gastos Generales

24600

TOTAL

24600

Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 169.3 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Localces, RD 2/2004, de 5 de marzo.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recuso no suspenderá por sí sola efectividad del acto o acuerdo impugnado.

La Victoria, 8 de junio de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José Abad Pino. 

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