Boletín nº 120 (23-06-2022)

VIII. Otras Entidades

Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba (IMDEEC)

Nº. 2.357/2022

La Presidenta del Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba (IMDEEC), dictó Resolución Nº2022/8536 de fecha 15 de junio, las del siguiente tenor literal:

"En uso de las competencias que me atribuyen los Estatutos del IMDEEC y visto el Informe de la Adjuntía de Dirección del IMDEEC con CSV:

38adc2a69265b99aa77bc629b085ee2982e3640e, y tras el oportuno trámite de fiscalización previa

RESUELVO:

PRIMERO. Autorizar el inicio de expediente para el NOMBRAMIENTO DE 1 TÉCNICO/A FUNCIONARIO INTERINO POR EXCESO O ACUMULACIÓN DE TAREAS, (ARTÍCULO 10.1.d. DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2015, DE 30 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO) DEPENDIENTE DE LA ADJUNTÍA DE DIRECCIÓN PARA APOYO A LOS DEPARTAMENTOS DE PROMOCIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO Y DE PROGRAMAS Y DESARROLLO SOCIAL, por importe total 44.993,30 €, todo ello con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias por los siguientes importes y ejercicios:

Aplicación Presupuestaria

2022

2023

0 9200 12001 Sueldo del Grupo A2

6.938,55 €

3.660,73 €

0 9200 12100 Complementarias Funcionarios C. Destino

3.122,22 €

1.675,34 €

0 9200 12101 Complementarias Funcionarios C. Específico

8.603,85 €

4.616,70 €

0 9200 12102 Complementarias Funcionarios Otros Complementos

3.687,34 €

1.978,57 €

0 9200 16000 Seguridad Social

7.140,00 €

3.570,00 €

TOTAL

29.491,96 €

15.501,34 €

SEGUNDO: Convocar las pruebas selectivas mediante CONCURSO de méritos para la provisión de funcionario con carácter INTERINO por exceso o acumulación de tareas (artículo 10 1.d TREBEB), TÉCNICO con categoría A2.

TERCERO: Crear una LISTA DE RESERVA BOLSA, que quedará integrada por los 25 candidatos que hayan obtenido mayor puntuación tras el primero seleccionado en dicho proceso, y que servirá de base para el nombramiento de empleados públicos en régimen de interinidad. Dicha lista tendrá una vigencia de 5 años contados desde el nombramiento del Técnico A2 que resulte de esta convocatoria.

CUARTO: Aprobar las BASES de selección para la provisión de un Técnico A2, funcionario con carácter INTERINO por exceso o acumulación de tareas y de creación de listas de reserva-bolsa, declarando la tramitación de urgencia de este expediente, por lo que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, se reducirán a la mitad todos los plazos que en las mismas se contienen.

QUINTO: Publicar la convocatoria y el texto íntegro de estas BASES en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el Tablón de Anuncios electrónico único del Ayuntamiento de Córdoba, sin perjuicio de que de forma complementaria se pueda publicar además en la página web del IMDEEC.

ANEXO

BASES QUE HABRÁN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO DE UN FUNCIONARIO INTERINO POR EXCESO O ACUMULACIÓN DE TAREAS (ART.10 1.D TREBEB), TÉCNICO CATEGORÍA A2, DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DESARROLLO ECONÓMICO Y EMPLEO DE CÓRDOBA (IMDEEC) Y LA CREACIÓN DE LISTA DE RESERVA-BOLSA PARA LA COBERTURA DE NECESIDADES TRANSITORIAS. TRAMITACIÓN URGENTE.

Primera. Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto la necesaria y urgente provisión como funcionario interino de por exceso o acumulación de tareas (artículo 10 1.d TREBEB), Técnico categoría A2.

Las retribuciones serán las correspondientes a la categoría de TECNICO categoría A2 de conformidad con el Convenio Colectivo vigente del Ayuntamiento de Córdoba, al que está adherido el IMDEEC desde 2012.

Segunda. Funciones

Bajo la dependencia directa de la Adjuntía de Dirección del IMDEEC y con el apoyo del personal adscrito a los Departamentos de Promoción de Desarrollo Económico y de Programas y Desarrollo Social, tendrá entre sus funciones las siguientes:

-Gestión expedientes de contratación administrativa.

-Gestión de expedientes de subvenciones concedidas al IMDEEC.

-Gestión de expedientes de Convocatorias de Incentivos del IMDEEC.

-Realización de los estudios e informes que le sean demandados

-Tramitación de cualquier expediente administrativo en general.

-Cualesquiera otras afines al puesto que le sean encomendadas.

Tercera. Requisitos

-Estar en posesión del título universitario de Grado o equivalente. En el caso de equivalencia, la misma deberá de ser reconocida como tal por la administración competente en cada caso concreto y debidamente acreditada en tal sentido por el/la aspirante, debiendo citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.

-Tener nacionalidad de los Estados miembros de la Unión Europea, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público en lo referente al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

-Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes sin que se establezcan exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, salvo en los casos que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

-Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

-No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de la Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a la que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

-No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa aplicable. Este requisito deberá poseerse en el momento de la toma de posesión.

Los requisitos establecidos deberán poseerse en el momento de finalización del plazo para presentar las instancias y mantenerse durante todo el procedimiento.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad