Boletín nº 123 (28-06-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba

Nº. 2.372/2022

Expediente GEX 2022/628.

Asunto: Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal General del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba.

ANUNCIO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba, adoptado en fecha 20 de abril de 2022, de aprobación de la Ordenanza fiscal general, cuyo texto íntegro, que figura como anexo al presente anuncio, se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Montalbán de Córdoba, 17 de junio de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Miguel Ruz Salces.

ORDENANZA FISCAL GENERAL

DEL AYUNTAMIENTO DE MONTALBÁN DE CÓRDOBA

Índice

TÍTULO I. Disposiciones Generales.

Artículo 1. Habilitaciones normativas.

Artículo 2. Objeto de la Ordenanza.

Artículo 3. Atribución de la potestad reglamentaria.

Artículo 4. Ámbitos Territorial y Temporal.

Artículo 5. Interpretación, Conflicto en la aplicación de la norma tributaria y Simulación.

Artículo 6. Competencias.

TÍTULO II. Los Tributos.

CAPÍTULO 1. Derechos, garantías y obligaciones de los obligados tributarios.

Artículo 7. Derechos y garantías de los obligados tributarios.

Artículo 8. Obligaciones de los sujetos pasivos.

CAPÍTULO 2. Disposiciones generales en cuanto a los tributos.

Artículo 9. Domicilio fiscal.

Artículo 10. Variaciones de las circunstancias determinantes de la cuantía o exigencia de la deuda.

CAPÍTULO 3. La deuda tributaria.

Artículo 11. Modos de extinción de la deuda tributaria.

Sección 1ª. El pago.

Artículo 12. Régimen del Pago. Plazos y efectos del incumplimiento.

Artículo 13. Formas de ingreso de las deudas que deban ser pagadas al Ayuntamiento.

Artículo 14. Régimen de Recaudación a través de Entidades Financieras.

Artículo 15. Forma y medios de Pago.

Artículo 16. Domiciliación de Pagos. Régimen.

Sección 2ª. Aplazamiento y fraccionamiento de deudas.

Artículo 17. Régimen común de aplazamiento y fraccionamiento de Deudas.

Sección 3ª. La prescripción.

Artículo 18. Régimen y órgano competente para su declaración.

Sección 4ª. La compensación.

Artículo 19. Régimen y órgano competente para su declaración.

Artículo 20. Procedimiento de Compensación a instancia de parte.

Sección 5ª. La condonación.

Artículo 21. Supuestos y efectos.

CAPÍTULO 4. Devolución de Ingresos.

Artículo 22. Devoluciones de Ingresos.

CAPÍTULO 5. Insolvencia del deudor.

Artículo 23. Baja provisional por insolvencia.

CAPÍTULO 6. Garantías de la deuda tributaria.

Artículo 24. Régimen de las garantías de la Deuda Tributaria Municipal.

TÍTULO III. La Aplicación de los Tributos.

CAPÍTULO 1. Disposiciones generales en la aplicación de los tributos.

Artículo 25. Ámbito de la aplicación de los tributos.

Artículo 26. Obligaciones de colaboración e información.

Artículo 27. Consultas tributarias escritas.

Artículo 28. Iniciación de los procedimientos tributarios.

CAPÍTULO 2. Procedimientos de gestión tributaria.

Artículo 29. Padrones Cobratorios.

Artículo 30. Altas y Bajas en Padrones.

CAPÍTULO 3. Procedimientos de Inspección Tributaria.

Artículo 31. La Inspección Tributaria.

CAPÍTULO 4. Actuaciones y procedimiento de recaudación.

Artículo 32. La Recaudación.

Artículo 33. Períodos de Recaudación.

Artículo 34. Clasificación de las liquidaciones.

Artículo 35. Recaudación en período ejecutivo.

Artículo 36. La Providencia de Apremio.

Artículo 37. Continuidad del procedimiento de Apremio. Garantías para su suspensión.

Artículo 38. Actuaciones en el procedimiento ejecutivo.

TÍTULO IV. La Potestad Sancionadora.

Artículo 39. La potestad sancionadora.

Artículo 40. Concepto y clases de infracciones tributarias.

Artículo 41. Tipos de infracciones tributarias en el orden municipal.

Artículo 42. Clases de sanciones tributarias.

Artículo 43. Criterios de graduación de las sanciones pecuniarias.

TÍTULO V. La Revisión Tributaria.

Artículo 44. Anulación de actos por nulidad de pleno derecho y revocación de los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones.

Artículo 45. Rectificación.

Artículo 46. Recurso de Reposición.

Artículo 47. Interrupción de Plazos de Otros Recursos.

Artículo 48. Recurso Contencioso-Administrativo.

Artículo 49. Recurso sobre Recaudación.

TÍTULO VI. Notificaciones Tributarias.

Artículo 50. Notificaciones en materia tributaria.

Artículo 51. Lugar de práctica de las notificaciones.

Artículo 52. Personas legitimadas para recibir las notificaciones.

Artículo 53. Práctica de la notificación por medios electrónicos.

Disposición Final.

ORDENANZA FISCAL GENERAL

DEL AYUNTAMIENTO DE MONTALBÁN DE CÓRDOBA

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Habilitaciones normativas

La presente Ordenanza se dicta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 106.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como con lo establecido en los artículos 12 y 15 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, y en el artículo 7 y Disposición Adicional Cuarta de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria.

Artículo 2. Objeto de la Ordenanza

Esta Ordenanza Fiscal General contiene las normas comunes, tanto sustantivas como procedimentales que, en materia de liquidación, gestión, inspección, recaudación, revisión y régimen sancionador, complementan al citado Real Decreto Legislativo 2/2004 y a la mencionada Ley 58/2003, así como a la normativa de desarrollo de las mismas, mereciendo destacar por su importancia, al Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria; al Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación; Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General en materia de Revisión en Vía Administrativa, Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario y a las Ordenanzas y resoluciones específicamente reguladoras de cada uno de los distintos ingresos, de las que serán supletorias la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las normas que la integran, ya de carácter sustantivo como procesales, se considerarán como parte integrante de las Ordenanzas Fiscales reguladoras de cada exacción en lo no previsto especialmente en ellas, sin perjuicio del sistema de fuentes del derecho aplicable en materia tributaria.

Artículo 3. Atribución de la potestad reglamentaria

La potestad reglamentaria del Ayunt

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