Boletín nº 127 (04-07-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba

Nº. 2.478/2022

ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA

Aprobado definitivamente el expediente de crédito suplemento de crédito financiado con cargo a bajas de otras aplicaciones, se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

BAJAS DE CRÉDITOS

ALTAS DE CRÉDITOS

CAPÍTULO I. GASTOS DE PERSONAL

CAPÍTULO II. COMPRA DE BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS

215.000

CAPÍTULO III. GASTOS FINANCIEROS

CAPÍTULO IV. TRANSFERENCIAS CORRIENTES

CAPÍTULO VI. INVERSIONES REALES

250.000

35.000

CAPÍTULO VII. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

CAPÍTULO VIII. VARIACIÓN ACTIVOS FINANCIEROS

CAPÍTULO IX. VARIACIÓN PASIVOS FINANCIEROS

CAPÍTULO XI. VARIACIÓN ACTIVOS FINANCIEROS

TOTAL

250.000

250.000

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Villafranca de Córdoba, 27 de junio de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Francisco Palomares Sánchez.

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