Boletín nº 129 (06-07-2022)
VIII. Otras Entidades
Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba (IMDEEC)
Nº. 2.573/2022
Título: EXTRACTO DEL ACUERDO DEL CONSEJO RECTOR DEL IMDEEC Nº 25/2022 PTO 4º DE 30/06/2022 Y BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE INCENTIVOS A AUTÓNOMOS, EMPRESAS Y ENTIDADES QUE REALICEN PLANES DE FORMACIÓN E INSERCIÓN LABORAL QUE LLEVEN APAREJADA CONTRATACIÓN DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DESEMPLEO 2022. -FORMA Y CONTRATA 2022-
BDNS (Identif.) 636906
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b. y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/636906)
BDNS (Identif.) 636908
Extracto del Certificado de acuerdo del Consejo Rector de la Agencia Pública Administrativa Local "Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba - IMDEEC" nº 25/2022 punto 4º, de fecha 30 de junio de 2022, por el que se aprueba la Convocatoria de Incentivos a autónomos, empresas y entidades que realicen planes de formación e inserción laboral que lleven aparejada contratación de personas en situación de desempleo 2022. -FORMA Y CONTRATA 2022- y sus Bases reguladoras.
Primero. Objeto:
Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, la Convocatoria de Incentivos a autónomos, empresas y entidades que realicen planes de formación e inserción laboral que lleven aparejada contratación de personas en situación de desempleo 2022. -FORMA Y CONTRATA 2022- dirigida a impulsar y apoyar iniciativas cuyo objetivo principal sea la financiación de planes de formación especializada para la mejora de la competitividad, la innovación o la aplicación de las TICs para empresas o personas autónomas o asociaciones empresariales o la contratación indefinida de personas en situación desempleo, al objeto de mejorar la competitividad de las beneficiarias de la Convocatoria.
Esta iniciativa abarca una doble perspectiva:
-Hacer frente a las necesidades formativas más inmediatas de la empresa y su adaptación a la nueva situación frente al presente incierto generado por la pandemia y la actual situación acaecida en el mundo.
-Optimizar y adecuar la inserción de personas trabajadoras que se encuentran en situación de desempleo a la demanda real de la empresa, facilitando de este modo su contratación.
La Convocatoria pretende ofrecer un instrumento eficaz, destinado por un lado, a atender las necesidades reales de las empresas y de la sociedad, y, por otro, al mantenimiento del empleo y a la mejora de la ocupabilidad de las personas en situación de desempleo, con el fin último de contribuir a mejorar la calidad de vida de la población cordobesa.
Teniendo como objetivo general, establecer las condiciones de concesión de incentivos para el fomento de la formación especializada, la inserción o contratación laboral, a desarrollar por persona autónoma, empresas o entidades, a fin de disminuir la tasa de desempleo del municipio de Córdoba y generar nuevas oportunidades de empleo.
Segundo. Beneficiarios:
Podrán ser susceptibles de recibir subvención en la Convocatoria, personas autónomas, empresas o entidades, las Solicitantes, que cumplan con las siguientes características:
1. En el caso de Plan de formación especializada para la mejora de la competitividad, la innovación o la aplicación de las TICs para empresas o personas autónomas o asociaciones empresariales: Por un lado, las personas físicas (empresario/a individual, comunidad de bienes, sociedad civil, emprendedor de responsabilidad limitada ERL, SPJP), o las empresas, con personalidad jurídica, que se encuentren legalmente constituidas (1), ubicadas, con centro de trabajo y que ejerzan su actividad económica en el término municipal de Córdoba o, por otro lado, las asociaciones empresariales, que se encuentren legalmente constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del Derecho de Asociación Sindical, en el ámbito empresarial o de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, con domicilio social y que ejerzan su actividad económica en el término municipal de Córdoba.
2. En el caso de Proyectos de mejora de la competitividad; las personas físicas (empresario/a individual, comunidad de bienes, sociedad civil, emprendedor de responsabilidad limitada ERL, SPJP), y las empresas, con personalidad jurídica, que se encuentren legalmente constituidas (1), ubicadas, con centro de trabajo y que ejerzan su actividad económica en el término municipal de Córdoba.
3. En el caso de Proyectos de carácter social; las empresas de inserción, las empresas de economía social, las asociaciones y las entidades sin ánimo de lucro y las organizaciones empresariales o sindicales, que se encuentren legalmente constituidas (1), ubicadas y con centro de trabajo en el término municipal de Córdoba.
Tercero. Diario Oficial:
Se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Cuarto. Bases Reguladoras:
(Ver Anexo Adjunto)
Córdoba, 1 de julio de 2022. Firmado electrónicamente por la Presidenta del Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba IMDEEC, Blanca Torrent Cruz.