Boletín nº 134 (13-07-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Montilla
Nº. 2.500/2022
El Pleno de la Excma. Corporación, en sesión celebrada el día 4 de mayo de 2022, acordó la aprobación provisional de modificaciones al Reglamento General para la Contratación Laboral de los Empleados Municipales del Ayuntamiento de Montilla, que al no haberse formulado alegaciones durante el periodo de información pública, se entienden elevadas a definitivas, por lo que, en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a la publicación del texto íntegro de las modificaciones aprobados, según el siguiente tenor:
a) Modificar el artículo 5º, apartado e), donde dice: ...El proceso de selección consistirá en pruebas objetivas relacionadas con las funciones a desempeñar y en una entrevista personal. En todo caso, las pruebas y las cuestiones planteadas en la entrevista han de ser comunes a todos los candidatos o candidatas, aplicándose los mismos criterios de valoración, previamente establecidos&.., debe decir: ...El proceso de selección consistirá en pruebas objetivas relacionadas con las funciones a desempeñar y en una segunda prueba consistente en una o varias de las siguientes opciones: teóricas, prácticas, mixtas, por escrito, verbales, de ejecución de alguna habilitad o entrevista personal. En todo caso, las pruebas y las cuestiones planteadas han de ser comunes a todos los candidatos o candidatas, aplicándose los mismos criterios de valoración, previamente establecidos&..
b) Modificar el Artículo 5º, apartado f), donde dice: Los resultados de los procesos selectivos regulados en este Reglamento tendrán un periodo de vigencia de 13 meses, a modo de bolsa, para el mismo tipo de puesto y categoría profesional, desde la firma del contrato del candidato propuesto por la comisión de selección. debe decir: Los resultados de los procesos selectivos regulados en este Reglamento tendrán un periodo de vigencia de 25 meses, a modo de bolsa, para el mismo tipo de puesto y categoría profesional, desde la firma del contrato del candidato propuesto por la comisión de selección.
c) Incorporar un nuevo apartado g), del siguiente tenor: g). En aquellos procesos de selección que se considere oportuno, el proceso de selección podrá desarrollarse mediante el procedimiento de concurso en el que se valorará la experiencia profesional y la formación del candidato/a con las funciones a desempeñar, a cuyo efecto se publicarán con antelación los criterios de valoración en el proceso de selección.
Durante su exposición pública mediante tablón de Anuncios Municipal y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, no se han presentado alegaciones, por lo que el referido acuerdo provisional queda elevado a definitivo en base al artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, entrará en vigor una vez se cumplan los requisitos previstos en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local en el plazo de 15 días hábiles desde su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra esta elevación a definitivo cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Montilla, 29 de junio de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Rafael Ángel Llamas Salas.