Boletín nº 135 (14-07-2022)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 2.696/2022

En el Boletín Oficial de la Provincia número 98, de 24 de mayo de 2022, fue insertado el anuncio nº 1.808/2022, exponiendo al público a efectos de reclamaciones, del acuerdo provisional adoptado por el Pleno de la Diputación de Córdoba en relación al expediente de Modificación de la Ordenanza Reguladora de los precios públicos por la venta de ganado, plantas y otros productos y subproductos en el Centro Agropecuario Provincial.

Este acuerdo fue adoptado inicialmente por el Pleno de esta Diputación en sesión celebrada el día 18 de mayo de 2022. Transcurrido el plazo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local -LRBRL- sin que se hayan presentado reclamaciones al acuerdo citado, conforme a lo establecido en el citado artículo, queda adoptado definitivamente, insertándose a continuación el texto íntegro del acuerdo adoptado, en relación a la modificación de la Ordenanza, modificación que será aplicable a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

PRIMERO: La aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza reguladora de los precios públicos por la venta de ganado, plantas y otros productos y subproductos en el Centro Agropecuario Provincial, referida a los aspectos que se detallan a continuación para cada uno de los artículos afectados que así mismo se exponen:

-Artículo 1º. Concepto.

Se trata de actualizar la normativa a la que se hace referencia, por lo que su redacción quedaría como se expresa a continuación:

De conformidad con lo previsto en el artículo 148, en relación el artículo 41, ambos del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, esta Diputación Provincial establece el precio público por la venta de ganado, plantas y otros productos y subproductos en el Centro Agropecuario Provincial, que se regirá por la presente Ordenanza y por lo previsto en los artículos 41 a 47 del citado Texto Refundido.

(&)

-Artículo 3º. Cuantía.

Se incluyen las nuevas tarifas por la venta de ganado, con el detalle que se expone a continuación:

-OVINO

CATEGORÍA

PRECIO UNIDAD (€)

Borregos

55

Ovejas reproductoras raza pura

60

Ovejas desecho

25

Semental ovino reproductor raza pura

120

-CAPRINO

CATEGORÍA

PRECIO UNIDAD (€)

Cabritos

38

Cabra reproductora raza pura

60

Cabra desecho

15

Semental caprino reproductor raza pura

110

-PORCINO IBÉRICO PURO

CATEGORÍA

PRECIO UNIDAD (€)

Primalas reproductoras

180

Primales reproductores

280

Desecho

20

A los precios indicados les será de aplicación el tipo de IVA vigente.

Así mismo, se ha de actualizar la referencia a la Delegación de competencias en la Junta de Gobierno, para el establecimiento o modificación de las tarifas del precio público, debiendo quedar el párrafo con la siguiente redacción:

Las revisiones en la cuantía de los precios públicos regulados en esta Ordenanza, así como de otros nuevos que pudieran implantarse, corresponderán a la Junta de Gobierno, de acuerdo con lo previsto en el artículo 47 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

-Artículo 4º. Obligación de pago.

Se actualiza el párrafo segundo de este artículo para recoger la previsión de que la recaudación de los precios públicos se lleve a cabo por el Instituto de Cooperación con la Hacienda Local, de acuerdo con lo regulado por la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de ingresos de derecho público de la Diputación Provincial de Córdoba, una vez habilitadas las aplicaciones necesarias para ello.

2. El pago de dicho precio público ha de ser previo a la entrega de los productos pudiéndose llevar a cabo la recaudación por el Instituto de Cooperación con la Hacienda Local.

(&)

-Disposición Final.

Se ha de modificar su contenido para recoger la fecha del acuerdo de Pleno y su entrada en vigor.

La presente Ordenanza cuya modificación definitiva ha sido acordada por el Pleno de la Corporación celebrado con fecha 18 de mayo de 2022, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

SEGUNDO: Someter el expediente a la tramitación prevista en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, elevándose el acuerdo provisional que recaiga a definitivo, en el supuesto de que no se presenten reclamaciones o sugerencias al mismo durante el periodo de exposición pública, debiéndose publicar el acuerdo definitivo, incluyendo el provisional elevado automáticamente a tal categoría, y el texto íntegro de la Ordenanza o de su modificación, en el Boletín Oficial de la Provincia, sin que entre en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Córdoba, 8 de julio de 2022. Firmado electrónicamente por la Diputada Delegada de Hacienda, Felisa Cañete Marzo.

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