Boletín nº 139 (20-07-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Espejo

Nº. 2.781/2022

Mediante Resolución de Alcaldía Nº 2022/00000442, de fecha 15 de julio de 2022, se han aprobado las Bases y la Convocatoria para la selección de trabajador laboral temporal para la cobertura de la plaza de sepulturero, durante tiempo necesario para la cobertura definitiva de la plaza vacante en plantilla, mediante sistema de concurso oposición, cuyo bases se adjuntan a continuación:

El plazo de presentación de solicitudes, será de 15 dias hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento de Espejo de conformidad con los artículos 1233 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Córdoba en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación el presente anuncio de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Firmado electrónicamente en Espejo, por el Alcalde-Presidente Florentino Santos Santos, a 15 de julio de 2022. 

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR LA PLAZA DE SEPULTURERO POR JUBILACIÓN DE SU TITULAR DURANTE EL TIEMPO NECESARIO PARA LA COBERTURA DEFINITIVA DE LA PLAZA VACANTE EN PLANTILLA MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN.

PRIMERA. JUSTIFICACIÓN

Estas bases se aprueban ante la necesidad de cubrir con el carácter de urgente, necesario e inaplazable, la plaza de Sepulturero próxima a quedar vacante por jubilación de su titular, que venía ocupando dicha plaza como personal laboral fijo, vinculado al correcto funcionamiento del cementerio municipal, y sobrevenida con posterioridad a la aprobación de la plantilla de personal del año 2022.

Se pretende cubrir el puesto de manera urgente e inmediata, dado que no existe personal que pueda desempeñar las funciones sin desatender las que ya tenga encomendadas, resultando necesaria la cobertura del puesto para no desatender el servicio y prestarlo en condiciones óptimas, ante la jubilación de la persona titular del puesto de sepulturero.

Resultando que uno de los fines esenciales de esta Entidad Local es la prestación de los servicios incardinados en el ejercicio de las competencias propias en materia de cementerios, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.2 K) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

SEGUNDA. OBJETO

Es objeto de esta convocatoria regular las bases que han de regir la selección de trabajador laboral temporal, para la cobertura de la plaza de sepulturero existente en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Espejo, próxima a quedar vacante como consecuencia de la jubilación del titular de la plaza, siendo el periodo de duración de contrato desde la fecha de su firma, tras la finalización del presente proceso selectivo, hasta que sea cubierta la plaza, una vez que sea incluida en la Oferta de Empleo Público del próximo año 2023 y hasta que finalice el proceso de selección para su cobertura definitiva, y tome posesión de la plaza la persona seleccionada.

La realización del proceso de selección, se ajustará a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empelado Público, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigente en materia de Régimen Local.

La modalidad de contrato a utilizar es la del contrato de sustitución de persona trabajadora, regulado en el artículo 15.3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, siendo la persona sustituida el trabajador que desempeña la plaza de Sepulturero prevista en la Plantilla de Personal del Ayuntamiento de Espejo, con la categoría de personal laboral fijo.

La duración del contrato coincidirá con el periodo que dure el proceso de selección para su cobertura definitiva, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, en concordancia con lo Dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta del Real Decreto Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una dificultad perturbadora añadida para la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término referente a personas como opositor, aspirante, funcionario, etc., debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.

TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Para ser admitidos en el proceso selectivo, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

e) Estar en posesión del Título de Graduado en ESO, certificado de escolaridad o equivalente.

A los efectos de equivalencia de titulaciones académicas, las personas solicitantes deberán hacer referencia, en la solicitud de participación, a la normativa en la que se establece dicha equivalencia y aportar fotocopias de los títulos o certificaciones académicas acreditativas de que cumplen los requisitos exigidos o, en su caso, de las resoluciones individualizadas pertinentes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o la credencial que lo acredite, en su caso, la homologación.

Los requisitos anteriores deberán poseerse a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de toma de posesión.

CUARTA. SOLICITUDES, DOCUMENTACIÓN Y PLAZOS

4.1 Las solicitudes requiriendo tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Espejo, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o en cualquiera de las formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la no admisión del aspirante al proceso selectivo.

Las solicitudes presentadas en las Oficinas de Correos, de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 16.4 de la Ley 39/2015, se presentarán en dichas Oficinas en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de solicitudes. Solo en este caso se entenderán que las solicitudes han tenido entrada en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Espejo en la fecha que fueron entregadas en la mencionada Oficina de Correos.

4.2 Para ser admitido/a en el proceso selectivos los aspirantes deberán presentar la siguiente documentación:

4.2.1 Solicitud de participación, según modelo ANEXO I incluido en las presentes bases.

4.2.2 Autobaremación según modelo ANEXO II incluido en las presentes bases.

4.2.3 Resguardo de abono de la tasa por derechos de examen. El importe a ingresar es de diez euros (10 €) y se efectuar en el número de cuenta- ES25 0237 0028 1091 5064 8901- de la entidad CAJASUR, debiendo indicar el nombre y apellidos del solicitante y el concepto Tasas puesto Sepultu

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