Boletín nº 142 (25-07-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 2.746/2022

Que el Ayuntamiento-Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 30 de junio de 2022, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:

En virtud de lo anteriormente expuesto, los reunidos, con los votos a favor de PSOE-A (10) ,PP (4), IU-CA (3), Cs (1), Concejal no adscrito (1) y la abstención de CAMBIEMOS PALMA (1); que supone la mayoría exigida legalmente, acuerdan:

PRIMERO. Aprobar inicialmente la V modificación de la Ordenanza Municipal de Instalación y Uso de Terrazas y Veladores aprobada por el Ayuntamiento Pleno el 24-6-2010 (publicada en el BOP nº 125, de 5-7-2010), modificada por Acuerdos del Ayuntamiento-Pleno de 27-2-2014 (BOP nº 95, de 19-5-2014), de 15-5-2020 (BOP nº 131, de 10-7-2020) y de 9-7-2020 (BOP nº 34, de 19-2-2021) y de 25-11-2021 (BOP nº 33, de 17-2-2022),dando nueva redacción al apartado 3 del artículo 4:

Artículo 4. Elementos muebles que pueden instalarse en la terraza:

3. No podrá autorizarse ni instalarse ningún otro elemento ni, en particular, mostradores,barras, estanterías, asadores, parrillas, barbacoas, frigoríficos ni cualquier otro utensilio o mueble para la preparación, expedición, almacenamiento o depósito de las comidas o bebidas ni de los residuos de la actividad (salvo lo indicado anteriormente sobre papeleras y ceniceros y sin perjuicio de lo que se establece en el apartado siguiente), excepto en las fechas concretas de actividades que sean autorizadas mediante resolución o actividades organizadas por el Ayuntamiento de Palma del Río o sus Organismos Autónomos con motivo de celebraciones ocasionales y de actos populares, y siempre que se cumpla con la normativa de aplicación.

SEGUNDO. Someter la presente modificación de la Ordenanza Municipal de Instalación y Uso de Terrazas y Veladores, a información pública y audiencia a los interesados, mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Anuncios y en la página web del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, para que en el plazo de 30 días puedan presentarse reclamaciones y sugerencias.

En el supuesto de que no se presente ninguna reclamación o sugerencia en el plazo de información pública, la presente Modificación de la Ordenanza Municipal de Instalación y Uso de Terrazas y Veladores, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.

TERCERO. La entrada en vigor se producirá al día siguiente al de la publicación de su aprobación definitiva.

Lo que se somete a Información Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, para que en el plazo de 30 días puedan presentarse reclamaciones y sugerencias, en caso de no presentarse, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. 

Palma del Río, 13 de julio de 2022. Firmado electrónicamente por la Concejala-Delegada de Urbanismo y obras Públicas, Ana Belén Santos Navarro.

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