Boletín nº 144 (27-07-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Granjuela

Nº. 2.757/2022

EDICTO SOBRE APROBACIÓN INICIAL DEL PLAN DE DESPLIEGUE DE INSTALACIÓN DE RED PÚBLICA DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS BASADA EN FIBRA ÓPTICA HASTA EL HOGAR (FTTH) EN EL MUNICIPIO DE LA GRANJUELA.

Mediante Resolución de Alcaldía, de fecha 14 de julio de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones -LGTel-, en relación con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, se acordó admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan de Despliegue de Fibra óptica presentado por don José Ignacio Aguirre Álvarez, con DNI 50.854.825-P, en representación de la mercantil AVATEL TELECOM SA.

En base a lo acordado en dicha Resolución de Alcaldía, se somete el citado Plan de Despliegue a un período de información pública por un plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio pertinente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de forma que el citado expediente podrá examinarse por cualquier persona y formularse las alegaciones que procedan. A tales efectos, queda a disposición de los interesados el expediente administrativo tramitado para que pueda ser examinado en la Secretaría municipal durante el período de información pública, en horario de atención al público, de lunes a viernes, de de 9:00 a 13:00 horas.

En caso de no presentarse alegaciones, el citado Plan de Despliegue se entenderá definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso al respecto, debiendo anunciarse dicha publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Asimismo, y en aras de mayor difusión, se publicará dicho Plan en el Portal de Transparencia de este Ayuntamiento.

La Granjuela, 14 de julio de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Maximiano Izquierdo Jurado.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad