Boletín nº 147 (01-08-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 2.970/2022
DON VALERIANO LAVELA PÉREZ, SECRETARIO GENERAL DEL PLENO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA,
CERTIFICO: Que el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día veintiocho de julio de dos mil veintidós, adoptó entre otros el siguiente acuerdo, que se transcribe en su parte dispositiva:
Nº 182/22. SEGURIDAD CIUDADANA. 8. DICTAMEN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, VIVIENDA, MOVILIDAD Y SEGURIDAD, DE 20/07/22, SOBRE APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DEL ART. 4.1 A) DEL REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DE CÓRDOBA.
Leído el punto del Orden del Día, se conoce el expediente tramitado al efecto, los informes obrantes en el mismo, incluido el emitido con fecha 15/07/22 por la Adjunta a la Secretaría General del Pleno, así como el Dictamen de la Comisión Permanente de Urbanismo y Ordenación del Territorio, Vivienda, Movilidad y Seguridad, de 20/07/22, sobre aprobación inicial de la modificación del art. 4.1 a) del Reglamento de Honores y Distinciones del Cuerpo de Policía Local de Córdoba.
Sometido el asunto a votación, el Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, ACUERDA:
PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación del artículo 4.1 a) Reglamento de Honores y Distinciones del Cuerpo de la Policía Local de Córdoba, quedando redactado del siguiente modo:
Art. 4. Medalla a la Dedicación al Servicio Policial. 1. Se otorgará a los que estando en situación de activo en la plantilla del Cuerpo de Policía Local, acrediten haber prestado servicios de forma ininterrumpida, durante el período que se indica:
a. Primera categoría: treinta años de servicio.
b. Segunda categoría: veinticinco años de servicio.
c. Tercera categoría: veinte años de servicio".
SEGUNDO. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento.
TERCERO. Someter la modificación del reglamento aprobado inicialmente a información pública y audiencia de los interesados por un plazo de treinta días a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Durante dicho plazo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 de la vigente Ley de Régimen Local y con el Reglamento de Participación Ciudadana y otras normas de aplicación, los interesados podrán examinar el expediente y formular reclamaciones y sugerencias.
Y para que conste, surta sus efectos donde corresponda y se proceda a su debida comunicación, publicación y ejecución, conforme a lo dispuesto en el artículo 122.5 apartado d) de la Ley de Bases de Régimen Local y a reserva de lo dispuesto en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, expido la presente certificación de orden y con el Vº Bº del Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento. Firmado en Córdoba, fecha y firma electrónicas.
Córdoba, 29 de julio de 2022. Vº Bº. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, José Mª Bellido Roche. Firmado electrónicamente por el Secretario General del Pleno, Valeriano Lavela Pérez.