Boletín nº 148 (02-08-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Rambla

Nº. 2.914/2022

DON JORGE JIMÉNEZ AGUILAR, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de la ciudad de La Rambla, hace saber:

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 29 de junio de 2022, acordó:

1º. Derogar las normas de fiscalización recogidas en la INSTRUCCIÓN DE FISCALIZACIÓN PREVIA LIMITADA DEL AYUNTAMIENTO DE LA RAMBLA aprobada mediante acuerdo plenario día 25 de octubre de 2017 (BOP nº 242, de 26-12-2017) y su modificación aprobada mediante acuerdo plenario de fecha 28 de noviembre de 2018 (BOP nº13, de 21.1.2019).

2º. Aprobar el nuevo marco regulador de la fiscalización previa consistente en la comprobación de los requisitos recogidos en el artículo 13 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el Régimen Jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local y los previstos en Resolución de 2 de junio de 2008, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008, por el que se da aplicación a la previsión de los artículos 152 y 147 de la Ley General Presupuestaria, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos (BOE nº 143, de 13 de junio de 2008), si bien y dada su trascendencia se proponen comprobaciones adicionales.

El texto íntegro del acuerdo adoptado puede consultarse en la página web del Ayuntamiento de La Rambla:

https://www.larambla.es/larambla/tablon-de-edictos

En la ciudad de La Rambla, a 27 de julio de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Jorge Jiménez Aguilar.

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