Boletín nº 149 (03-08-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 2.995/2022

Título: Decreto de aprobación de la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a incentivar la creación de empresas y empleo estable en el término municipal de Palma del Río.

BDNS (Identif.) 641895

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/641895)

Primero. Beneficiarios:

1. Podrán solicitar la subvención las personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica, legalmente constituidas, que desarrollen una actividad económica en el término municipal de Palma del Río, y que cumplan los siguientes requisitos generales y específicos, según la línea por la que se opte:

REQUISITOS GENERALES:

-Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias estatal y frente a la Seguridad Social.

-Estar al corriente de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Palma del Río.

-No estar incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

-Tener su domicilio fiscal y social en el término municipal de Palma del Río.

-Encontrarse dado de alta en el censo de Actividades Económicas de la AEAT en la actividad que le corresponda.

-En el caso de las personas físicas deberán también estar afiliados y en alta, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) o en la Mutua profesional correspondiente.

REQUISITOS ESPECÍFICOS:

-En el supuesto que se opte a la ayuda definida en la Línea 1, el solicitante deberá ser persona jurídica, así como haber iniciado su actividad económica dentro del periodo de los doce meses anteriores a la fecha de cierre de la correspondiente convocatoria. Se tomará como fecha de inicio de actividad la de alta en el censo de Actividades Económicas de la AEAT.

-Para optar a las ayudas descritas en la Línea 2, el solicitante deberá ser persona física o jurídica y tener algún contrato de trabajo en vigor con carácter indefinido realizado dentro del periodo de los doce meses anteriores a la fecha de cierre de la correspondiente convocatoria. Se considerarán válidos los contratos transformados de temporal a fijo dentro del citado periodo.

-En el caso de la ayuda definida en la Línea 3, el solicitante deberá ser persona física o jurídica que inicie su actividad en algunos de los polígonos industriales de Palma del Rio dentro del periodo de los doce meses anteriores a la fecha de cierre de la correspondiente convocatoria. Se tomará como fecha de inicio de actividad en los polígonos la reflejada en la última declaración censal simplificada de alta y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT. Para la presente línea se encuentran excluidos aquellos solicitantes que desarrollen actividad de promoción inmobiliaria.

-Y en el supuesto que opten a la ayuda definida en la Línea 4, el solicitante deberá ser persona física, así como haber iniciado su actividad económica dentro del periodo de los doce meses anteriores a la fecha de cierre de la correspondiente convocatoria. Se tomará como fecha de inicio de actividad la de alta en el RETA o en la Mutua profesional correspondiente.

2. Quedan excluidas las sociedades civiles sin personalidad jurídica y no tributen por el impuesto de sociedades, las comunidades de bienes, así como cualquier otro tipo de agrupación de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica.

3. También serán excluidas aquellas entidades con personalidad jurídica en las que alguno de los socios pertenezcan a otra entidad distinta y también hayan presentado solicitud de ayuda para la misma linea o cualquier otra linea. Si se produce éste supuesto, será admitida la primera solicitud presentada, excluyéndose las posteriores.

4. Será incompatible presentar solicitud como persona física y como socio integrante de una entidad con personalidad jurídica. Si se produce éste supuesto, será admitida la primera solicitud presentada, excluyéndose las posteriores.

5. Podrá presentarse un màximo de una solicitud de ayuda por solicitante, y cada solicitante sólo podrá optar por una línea de ayuda, por lo que las solicitudes presentadas con posterioridad a cualquier linea serán excluidas.

Segundo. Objeto:

1. El objeto de las ayudas es impulsar y fomentar la actividad económica en la localidad, otorgando liquidez a las empresas y autónomos para la reactivación y recuperación económica y la generación y mantenimiento del empleo estable en la localidad.

Con el establecimiento de estas ayudas se persigue también que las empresas yentidades empleadoras creen nuevas oportunidades para mujeres víctimas de violencia de género, contribuyendo al fomento de la igualdad de oportunidades para este colectivo especialmente vulnerable.

2. Para tal fin se establecen las siguientes Líneas de Subvenciones:

Línea 1. Ayuda para la creación de empresas en la localidad.

Línea 2. Ayuda para la creación de empleo estable.

Línea 3. Ayuda para las empresas que se instalen en los Polígonos Industriales de Palma del Río.

Línea 4. Ayuda para el fomento del auto-empleo en la localidad.

Tercero. Bases Reguladoras:

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a incentivar la creación de empresas y empleo estable en el término municipal de Palma del Río, aprobadas por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 26 de mayo de 2022, y publicadas en el Boletín Oficial de Córdoba nº 144, de fecha 27 de julio de 2022, que se puede consultar en la web del Ayuntamiento http://www.palmadelrio.es/.

Cuarto. Importe:

Línea 1. Ayuda para la creación de empresas en la localidad.

Crédito asignado: 30.000,00 €.

Importe máximo por beneficiario: 1.000,00 €.

Línea 2. Ayuda para la creación de empleo estable.

Crédito asignado: 30.000,00 €.

Importe máximo por beneficiario: 1.000,00 €.

Línea 3. Ayuda para las empresas que se instalen en los Polígonos Industriales de Palma del Río.

Crédito asignado: 30.000,00 €.

Importe máximo por beneficiario: 5.000,00 €.

Línea 4. Ayuda para el fomento del autoempleo en la localidad.

Crédito asignado: 30.000,00 €.

Importe máximo por beneficiario: 1.000,00 €.

Quinto. El plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días contados a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Sexto. Otros datos:

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación prevista en las bases reguladoras.

Palma del Río, 29 de julio de 2022. Firmado electrónicamente por el Concejal de Régimen Interior, José María Parra Ortiz.

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