Boletín nº 160 (19-08-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba
Nº. 3.176/2022
Expediente nº: 2022/6047
Bases para la Selección por Concurso de Funcionario Interino
Procedimiento: Convocatoria y Proceso de Selección de una plaza de Administrativo por Concurso Personal Funcionario Interino
Asunto: Anuncio de la resolución de aprobación de las bases y la convocatoria
Documento firmado por: El Alcalde
Por Resolución de Alcaldía nº 2022/00001075 de 11 de agosto de 2022, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir UNA (1) plaza de Administrativo funcionario interino para este Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba, mediante sistema de concurso, con el siguiente tenor literal:
Vista la Providencia de la Alcaldía de 10 de agosto de 2022, por la que ordena redactar las bases de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Visto el informe de secretaría de fecha 10 de agosto de 2022,
Examinada la documentación que acompaña al expediente tramitado como consecuencia de la anterior.
De conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO
PRIMERO. Convocar la provisión de UNA plaza de personal funcionario interino del Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba con las siguientes características:
Grupo |
C |
Subgrupo |
C1 |
Escala |
Administración General |
Subescala |
Administrativa |
Clase |
Administrativo/a |
Denominación |
Administrativo |
Nº de vacantes |
1 |
Funciones encomendadas |
Gestión de cursos FPE y justificación económica de subvención. |
Sistema de selección |
Concurso |
SEGUNDO. Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria de selección para la plaza vacante arriba referenciada en los términos en que figuran en el expediente.
TERCERO. Publicar el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el Tablón de edictos de este Ayuntamiento.
BASES PARA LA SELECCIÓN POR CONCURSO DE FUNCIONARIO INTERINO
PRIMERA. Objeto de la Convocatoria
Es objeto de las presentes bases la cobertura de la vacante de una plaza de Administrativo a media jornada, de la plantilla de personal funcionario de esta Corporación con carácter de interinidad, dado que concurren las siguientes razones: La ejecución de programas de carácter temporal, siendo necesaria su cobertura para la gestión de los cursos de formación profesional para el empleo que viene impartiendo el Ayuntamiento de Villafranca, no siendo posible su cobertura por funcionario de carrera dada la acumulación de tareas del personal administrativo con que cuenta este ayuntamiento, siendo urgente su cobertura debido a que los cursos ya se están desarrollando y la persona que venía ocupando el puesto ha renunciado al mismo, cuyas características son:
Grupo |
C |
Subgrupo |
C1 |
Escala |
Administración General |
Subescala |
Administrativa |
Clase |
Administrativo/a |
Denominación |
Administrativo |
Nº de vacantes |
1 |
Funciones encomendadas |
Gestión de cursos FPE y justificación económica de subvención. |
Sistema de selección |
Concurso |
SEGUNDA. Condiciones de Admisión de Aspirantes
Para poder participar en el proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación de Bachiller o equivalente a efectos de acceso al empleo público.
TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias
Las solicitudes (Anexo I) para tomar parte en el correspondiente proceso de selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las