Boletín nº 160 (19-08-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 3.189/2022

Don Antonio Granados Miranda, Alcalde del Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), hace saber:

Que se ha aprobado Resolución núm. 2022/000003086 de 11 de agosto, de la Alcaldía, cuyo tenor literal es el siguiente:

Ref.: Expediente GEX 151/2022

RESOLUCIÓN DE LA ALCALDIA

Visto que por Resolución de la Alcaldía número 204/2022 de 24 de enero, modificada por la Resolución número 212/2022 de 25 de enero, se aprueban la Convocatoria y las Bases del proceso selectivo para la cobertura de una plaza vacante de Técnico/a Superior de Administración General, en la Plantilla de Funcionarios de Carrera de este Ayuntamiento.

Considerando el contenido de la Resolución de esta Alcaldía núm. 2022/00002124 de 10 de junio, en la que, entre otros, se nombra al Tribunal Calificador para la resolución de dicho proceso selectivo.

Considerando la imposibilidad de asistencia por parte de la Sra. Secretaria titular y suplente a las próximas sesiones que celebre el Tribunal Calificador.

En virtud de las atribuciones conferidas por la legislación de Régimen Local vigente, esta Alcaldía, ha resuelto:

PRIMERO. Proceder a la modificación de la composición del Tribunal Calificador del proceso selectivo para la cobertura de una plaza vacante de Técnico/a Superior de Administración General, nombrado mediante Resolución de Alcaldía nº 2022/00002124 de 10 de junio, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente Resolución, quedando constituido en la forma indicada a continuación:

Presidenta:

" Titular: Alba María Pedraza Luna. TAG Diputación de Córdoba.

" Suplente: Fernando Cibantos Nieto. Secretario Ayto. de Adamuz

Vocales:

" Titular: Inmaculada Valero Pérez. TAG Ayuntamiento de Córdoba. 

" Suplente: José Antonio Ariza Baena. Secretario Interventor Ayuntamiento Villafranca de Córdoba.

" Titular: Daniel Alcalde López. Viceinterventor Ayuntamiento de Córdoba. 

" Suplente: Ana Belen Jiménez Castilla. Interventora Ayuntamiento de Almería.

" Titular: Soledad Bravo Melgar. Secretaria Ayuntamiento de Fernán-Núñez.

" Suplente: Irene Moreno Nieto. Vicesecretaria del Ayuntamiento de Posadas

" Titular: Araceli Morillo Malagón. Tesorera Ayuntamiento Priego de Córdoba. 

" Suplente: Rafael Mohedano Alcántara. TAG del Ayuntamiento de La Carlota.

Secretaria:

" Titular: María del Carmen Molina Cantero. Secretaria General del Ayuntamiento de La Carlota.

" Suplente: Francisco Javier Fernández Berrocal. Secretario-Interventor Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija.

SEGUNDO. Publicar un Anuncio de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el portal de Transparencia de la página web del Ayuntamiento de la Carlota (https://transparencia.lacarlota.es), y en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, https://sede.eprinsa.es/carlota/tablon-de-edictos, a los efectos legales oportunos.

TERCERO. Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de la Corporación en la próxima sesión que se celebre.

Lo que manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, D. Antonio Granados Miranda.

Por el Secretario Acctal. se toma razón, para su transcripción en el Libro de Resoluciones, a los efectos de garantizar su integridad y autenticidad (art. 3.2 RD. 128/2018 de 16 de marzo).

En La Carlota.

(Firmada y fechada electrónicamente)

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en la presente resolución.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, se podrá interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa en relación con el artículo 46 de la citada Ley jurisdiccional.

En el supuesto de que fuese interpuesto Recurso Potestativo de Reposición, el plazo para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del Recurso Potestativo de Reposición, o en que éste deba entenderse presuntamente desestimado. No obstante se podrá ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso estime procedente.

En La Carlota, 11 de agosto de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio Granados Miranda.

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