Boletín nº 162 (23-08-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cabra

Nº. 3.230/2022

EXTRACTO CONVOCATORIA DE AYUDA AL ALQUILER PARA PERSONAS ENTRE 16 Y 40 AÑOS. 2022

BDNS(Identif.): 644731

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/644731)

1. Objeto y finalidad

Sufragar los gastos de acceso y disfrute de una vivienda en régimen de alquiler, de personas entre 16 y 40 años. Se trata por tanto de atraer población a través de este incentivo entre los jóvenes, así como contribuir a los gastos de las jóvenes familias egabrenses. 

2. Dotación económica

La financiación de esta subvención se realizará con cargo al crédito consignado en la partida presupuestaria indicada a continuación, en la cuantía total máxima de  120.000 €

AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDAS: JUVENTUDPartida presupuestaria: 3371.48201

3. Beneficiarios 

Los beneficiarios (personas entre 16 y 40 años) podrán acogerse a una de estas dos líneas:

Línea 1. Personas, que cumpliendo los requisitos se empadronen en Cabra.

Línea 2. Personas ya empadronadas en Cabra con anterioridad a la fecha de Publicación en el BOP de Córdoba de este texto.

4. Cuantía a subvencionar

La cuantía por solicitante, común a ambas líneas, será del 75% del total de los meses justificados, con un máximo de 200 € mensuales, es decir, 2.400€ anuales.

5. Requisitos para solicitar la subvención

Los requisitos que deben reunir los solicitantes para la obtención de la subvención vienen recogidos en la base 6ª de las bases reguladoras.Solo se concederá una subvención por unidad de convivencia.Ningún miembro de la unidad de convivencia podrá estar en dos solicitudes simultáneamente.

6. Plazo y lugar de presentación de solicitudesEl plazo de presentación comenzará desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria hasta el 31 de octubre de 2022.Las solicitudes debidamente cumplimentadas se presentarán presencialmente en el Registro del Ayuntamiento de Cabra y también a través de la web

7. Plazo de resolución y notificación

El plazo máximo para resolver las ayudas solicitadas será hasta el día 31 de diciembre de 2022.La resolución de concesión se comunicará al interesado en el plazo máximo de dos meses tras su aprobación en la Junta de Gobierno Local.El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legítima al interesado para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

8. Posibilidades de reformulación de solicitudes

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley General de Subvenciones, no se prevé la posibilidad de reformulación de las solicitudes.

9. Régimen de compatibilidad

Estas ayudas son compatibles con cualquier otra ayuda recibida por el mismo concepto de cualquier otra administración pública. En el caso de que la suma de las ayudas recibidas superara el importe del 100 % del alquiler objeto de la subvención el beneficiario deberá comunicarlo al Ayuntamiento el cual podrá iniciar expediente reintegro por el exceso de ayuda concedida.

10. Recursos

La resolución pondrá fin al procedimiento y agotará la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

11. Criterios de valoración de las solicitudes

Las ayudas objeto de la presente convocatoria se conceden bajo el régimen de concurrencia no competitiva, se otorgarán a quienes hubieran acreditado cumplir los requisitos necesarios para ser personas beneficiarias y se distribuirán según se reciban las peticiones hasta finalizar las dotaciones presupuestarias.

12. Notificación y publicaciones:

La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo en lo previsto en el capítulo II de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Los incentivos concedidos al amparo de las presentes bases, serán publicados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cabra, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de un extracto de la resolución por la que se ordena su publicación indicando el lugar donde se encuentra expuesto el contenido íntegro. De igual forma, se publicará en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Cabra y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

13. Formularios de solicitud:

Las solicitudes deberán cumplimentarse en los formularios que se adjuntan como ANEXO I a la presente convocatoria.También podrá encontrarlos en laWeb del Ayuntamiento en la siguiente dirección 

14. Bases reguladoras

Bases de ayuda al alquiler para personas entre 16 y 40 años, publicadas en el BOP  nº 141 de fecha de 22 de julio de 2022. 

Cabra (Córdoba), 1 de agosto de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Fernando Priego Chacón.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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