Boletín nº 171 (05-09-2022)

VIII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Córdoba

Nº. 3.222/2022

Rfª. Planeamiento/IGP 4.1.5 18/2006.

Help 2021/59579.

EDICTO

El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en sesión ordinaria, celebrada el día 15 de diciembre de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:

PRIMERO. APROBAR DEFINITIVAMENTE EL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL PP MODIFICADO O-4 HUERTA SANTA ISABEL OESTE DEL PGOU de Córdoba, promovido por la Junta de Compensación, advirtiendo al promotor que, en todo caso, las obras se ejecutarán bajo las siguientes condiciones:

1º. Antes del Inicio de las obras, con el correspondiente Acta de Replanteo, se deberá aportar informe favorable o de conformidad al contenido del proyecto por parte del Departamento de Movilidad del Ayuntamiento de Córdoba en cuanto a sus competencias a compañía eléctrica Edistribución en cuanto a la red eléctrica proyectada de Media y Baja tensión y al soterramiento de una línea de Alta Tensión.

2º. Deberá darse cumplimiento al informe de la Oficina de Arqueología, emitido con fecha 8 de noviembre de 2021, que establece que antes del inicio de las obras, deberá notificarse por escrito y ante la Gerencia Municipal de Urbanismo, el inicio de los trabajos de movimientos de tierras, dentro de la modalidad de Actividad Arqueológica tipo Control Arqueológico de Movimiento de Tierras en el ámbito de la urbanización.

3º. Durante el transcurso de las obras se deberá dar cumplimiento a los condicionante expuestos en los informes sectoriales de: Emacsa, Alumbrado Público y Parques y Jardines.

3º. Las obras se ejecutarán, bajo la estricta aprobación y supervisión de los técnicos designados por esta Gerencia Municipal de Urbanismo, artículo 87 LOUA.

4º. El solicitante deberá encomendar la dirección de las obras a un técnico superior quien estará acompañado por un técnico de grado medio y un vigilante de obras, con el objeto de garantizar la correcta ejecución de las mismas.

5º. Asimismo deberá comunicar a esta Gerencia con setenta y dos horas de antelación, la fecha de comienzo de las obras, el nombre del contratista que las realice y, en su caso, el de los técnicos directores de las obras para poder ejercer el debido control e inspección de las mismas, así como suscribir conjuntamente con la Unidad Técnica del Servicio de Planeamiento y Gestión el Acta de Comprobación de Replanteo previo al comienzo de las obras.

SEGUNDO. Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia para su entrada en vigor.

TERCERO. Advertir al promotor de que en el plazo de los tres meses siguientes a la notificación del acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de urbanización, deberá constituir un depósito del 2% del presupuesto de ejecución material calculado con arreglo al coste de las obras, en concepto de control de calidad, para la realización de los ensayos correspondientes.

CUARTO. No se podrán recibir las obras de urbanización hasta tanto no se acrediten la obligaciones derivadas de los Planes Especiales de Infraestructuras.

QUINTO. Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia para su entrada en vigor y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 141.4 del Reglamento de Planeamiento.

SEXTO. Notificar al promotor y demás interesados.

Córdoba, 18 de agosto de 2022. Firmado electrónicamente por el Gerente, Luis Valdelomar Escribano.

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