Boletín nº 171 (05-09-2022)

VIII. Otras Entidades

Empresa Sociedad de Desarrollo de Puente Genil SL (Sodepo SL)
Puente Genil (Córdoba)

Nº. 3.259/2022

ACUERDO ENTRE EL COMITÉ DE EMPRESA DE SODEPO Y LA EMPRESA PARA LA MODIFICACIÓN TEMPORAL DEL CONVENIO COLECTIVO.

Con fecha 20 de abril de 2015, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP núm. 74) el Convenio Colectivo de la empresa pública municipal Sodepo.

En su artículo 27 (Plus de desplazamiento), recoge: En caso de que la prestación del servicio conlleve la utilización de vehículo propio para desplazarse fuera del casco urbano, el/la trabajador/a devengará la cuantía correspondiente a kilometraje que venga establecida en la correspondiente legislación fiscal, y cuyo importe se fija en el anexo de las tablas salariales. A tal efecto se computará ida y vuelta desde el domicilio social (actualmente en avenida de la Estación) al centro de trabajo.

Así mismo, en el artículo 28 (Plus de transporte Servicio Cementerio), regula que para compensar el gasto ocasionado al trabajador/a con motivo del traslado hasta su centro de trabajo (Cementerio Municipal), se establece una compensación económica a tanto alzado, cuya cuantía queda fijada en las tablas salariales y que para el presente año está en 25 € mensuales.

Con motivo de la crisis energética provocada por diversos acontecimientos internacionales, como la invasión a Ucrania de Rusia y otros, se debe proceder a regular el concepto de plus de desplazamiento desde el domicilio social de Sodepo (avenida de la Estación) al lugar o lugares de trabajo ubicados en las diversas aldeas y núcleos diseminados, recogidos en la presente relación y el plus que le sería de aplicación:

ALDEAS - DISEMINADOS

PLUS IDA Y VUELTA

1

BOCA RIGÜELO

3,75 €

2

CALLEJON ALTO

1,60 €

3

CAMINO CASTILLO ANZUR

1,35 €

4

CARRETERA AGUILAR

3,00 €

5

CARRETERA MONTALBÁN

3,00 €

6

CORDOBILLA

3,25 €

7

CUESTA MÁLAGA

1,90 €

8

EL PALOMAR

3,20 €

9

HUERTA LA POZA

4,00 €

10

HUERTAS DEL CRISTO

2,65 €

11

HUERTOS FAMILIARES

0,90 €

12

ISLA DEL OBISPO

2,60 €

13

LA MINA

4,15 €

14

LOS ARENALES

3,00 €

15

PUERTO ALEGRE

2,20 €

16

RANCHO CHICO

3,10 €

17

RESTAURANTE MEZQUITA

1,90 €

18

RIBERA ALTA

2,65 €

19

RIBERA BAJA

2,60 €

20

SOTOGORDO

4,30 €

21

UBR CAÑADA DE LA PLATA

1,25 €

22

URB LAS PALOMAS

1,90 €

23

URB RIBERA SAN LUIS

2,30 €

En relación al plus de transporte Servicio Cementerio, regulado en el artículo 28 de convenio fijado en 25 € mensuales, se propone pase a 32,90 € mensuales.

La vigencia del presente plus de desplazamiento (artículo 27bis) y plus de transporte (artículo 28bis) serán hasta el 31 de diciembre de 2022.

Por el comité de empresa de Sodepo y por parte de la empresa Sodepo SL, se acuerda incluir, con carácter temporal, hasta 31 de diciembre de 2022, los

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