Boletín nº 173 (07-09-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Monturque
Nº. 3.366/2022
ELECCIÓN CARGO DE JUEZ DE
PAZ TITULAR Y SUSTITUTO
Doña María Teresa Romero Pérez, Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento, hago saber:
Que estando cumplido el mandado del cargo de Juez de Paz Titular y vacante el cargo de Juez de Paz Sustituto, corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que las personas que estén interesadas, y reúnan las siguientes condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía:
1º. Ser español.
2º. Ser mayor de edad.
3º. No estar incluido en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 LO. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que literalmente dice "Están incapacitados para el ingreso en la carrera judicial los impedidos físicamente o psíquicamente para la función judicial, los condenados por delito doloso mientras no hayan obtenido la rehabilitación; los procesados o inculpados por delito doloso mientras no sean absueltos o se dicte sentencia de sobreseimiento, y los que no están en el ejercicio pleno de sus derechos civiles".
4ª. No estar incurso en causa de incompatibilidad prevista en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, (con la excepción prevista en el artículo 14.2 del Reglamento de los Jueces de Paz), salvo que una vez elegido para el cargo, se proceda al cese en la actividad incompatible.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la Corporación y en la sede electrónica del Ayuntamiento www.monturque.es
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Monturque, 31 de agosto de 2022. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, María Teresa Romero Pérez.