Boletín nº 173 (07-09-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villanueva del Rey

Nº. 3.387/2022

Con fecha 2 de septiembre por el Sr. Alcalde se ha dictado Resolución 249/2022 que copiada literalmente dice así:

"DECRETO

Visto que se ha puesto en conocimiento, mediante comunicación de vecino colindante, de la situación en que se encuentra el inmueble sito en calle Benavente número 3, de Villanueva del Rey.

Visto el Informe emitido por el Servicio de Arquitectura y Urbanismo -Unidad Territorial Guadiato Norte- emitido con fecha 19 de febrero de 2021 (Rfa VN(26/21) U73), en el que se concluye que el inmueble se encuentra en estado de ruina física inminente pudiendo provocar desprendimientos parciales o totales de los muros y la cubierta hacia la vía pública, si no se actúa sobre la misma y se procede a la demolición.

Considerando que según consta en el Registro de la Propiedad los propietarios del inmueble sito en calle Benavente número 3 de esta localidad, son don Nicolás Sánchez Pérez y doña Josefa Gómez González, ambos fallecidos en 1996 y 2013, respectivamente.

Considerando que según consta en la Cédula catastral los propietarios del inmueble sito en calle Benavente número 3 de esta localidad son: Herederos de doña Isabel Villalobos Gámez.

Desconociendo este Ayuntamiento la identidad de los propietarios actuales y considerando lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que dispone:

"Cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien, intentada ésta, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Asimismo, previamente y con carácter facultativo, las Administraciones podrán publicar un anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del interesado o del Consulado o Sección Consular de la Embajada correspondiente..."

De conformidad con lo establecido en el artículo 146.4 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía y en el artículo 20.1 del Reglamento de Disciplina Urbanística aprobado por Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, por el presente

HE RESUELTO

PRIMERO. Determinar que el inmueble sito en calle Benavente número 3 de esta localidad, se encuentra en estado de ruina física inminente.

SEGUNDO. Acordar el vallado perimetral con una zona de seguridad.

TERCERO. Requerir a la propiedad del inmueble citado para que, bajo su responsabilidad y en el plazo de 10 días, procedan a la ejecución de las actuaciones recogidas en el Informe emitido por el Servicio de Arquitectura y Urbanismo - Unidad Territorial Guadiato Norte- emitido con fecha 19 de febrero de 2021 (Rfa VN(26/21) U73, pasado el cual, la Administración Municipal puede acudir, previo requerimiento, a la ejecución subsidiaria (artículo 102 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre), repercutiendo los costes en el titular del inmueble y las multas coercitivas que procedan, en su caso.

El presupuesto estimado para las obras de demolición y el vallado del inmueble, IVA incluido, asciende a la cantidad de 10.500,00 €, incluido beneficio industrial, gastos generales e IVA.

En consecuencia, y como norma general, se exigirá proyecto de derribo (con visado colegial de acuerdo con establecido en artículo 2.d) del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre Visado Colegial obligatorio), pero dado el caso de la inminencia de la ruina y el peligro de derrumbe hace imposible el cumplimiento de este requerimiento conforme al artículo 137.2 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.

CUARTO. Dado que los propietarios son desconocidos, que se notifique la presente Resolución mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Villanueva del Rey, con indicación de los recursos procedentes.

QUINTO. Dar traslado de la presente resolución a la Arquitecto Municipal y al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que se celebre.

Y para que así conste lo mando y firmo en Villanueva del Rey. Fechado y sellado electrónicamente".

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Villanueva del Rey, a 2 de septiembre de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Andrés Morales Vázquez.

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