Boletín nº 175 (12-09-2022)

VIII. Otras Entidades

Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí
Córdoba

Nº. 3.410/2022

BANCO DE PROYECTOS: BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA RECEPCIÓN DE PROYECTOS DE EXPOSICIONES ITINERANTES A DESARROLLAR POR LA FUNDACIÓN PROVINCIAL DE ARTES PLÁSTICAS RAFAEL BOTÍ A LO LARGO DE LOS AÑOS 2023 Y 2024.

La Presidencia de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, ha dictado la presente resolución con fecha 28 de julio de 2022:

Dado el amplio volumen de actividades que, durante el año se desarrollarán dentro del Programa de exposiciones de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, urge, la aprobación de aquellas actuaciones y/o actividades dirigidas a los municipios de la Provincia y aquellos que permitirán apoyar actividades de iniciativa ciudadana.

Por lo manifestado, a la vista del informe de la Gerencia, el informe de la Secretaria de la Fundación que consta en el expediente y en el uso de las facultades que me atribuye el artículo 17.n) y q) de los vigentes Estatutos de esta Fundación, por la presente resuelvo:

1º. Aprobar las bases LA CONVOCATORIA PARA LA RECEPCIÓN DE PROYECTOS DE EXPOSICIONES ITINERANTES A DESARROLLAR POR LA FUNDACIÓN PROVINCIAL DE ARTES PLÁSTICAS RAFAEL BOTÍ A LO LARGO DE LOS AÑOS 2023 Y 2024, cuyo literal es el siguiente:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA RECEPCIÓN DE PROYECTOS DE EXPOSICIONES ITINERANTES A DESARROLLAR POR LA FUNDACIÓN PROVINCIAL DE ARTES PLÁSTICAS RAFAEL BOTÍ A LO LARGO DE LOS AÑOS 2023 Y 2024.

La Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí realiza la presente convocatoria para la recepción de proyectos de exposiciones para su inclusión en su programa de exposiciones itinerantes cuya realización está prevista a lo largo de 2023 y 2024.

PRIMERA. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de esta convocatoria la creación de un Banco de Proyectos de exposiciones de carácter itinerante, según se establece en los Planes Anuales de Actuación aprobados por la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, de acuerdo con el artículo 12.f de sus vigentes Estatutos.

La forma de expresión de los proyectos expositivos seleccionados podrá ser pintura, escultura, fotografía, cómic o ilustración.

Los proyectos seleccionados se integrarán en el programa de exposiciones itinerantes que la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí tiene previsto desarrollar, en colaboración con municipios de la provincia de Córdoba, a lo largo de los años 2023 y 2024, en espacios expositivos de titularidad municipal.

Las exposiciones organizadas en virtud de la presente convocatoria podrán celebrarse igualmente en alguno de los espacios gestionados por la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, en el Centro de Arte Rafael Botí o en el Palacio de la Merced.

SEGUNDA. Destinatarios.

Podrán concurrir a la convocatoria las personas físicas artistas, comisarios/as, gestores culturales o asociaciones culturales privadas que estén legalmente constituidas, interesadas en la creación y difusión de la cultura contemporánea. La selección de los proyectos se realizará por concurrencia competitiva.

Los proyectos seleccionados deberán ser realizados de manera directa por quienes aparezcan como responsables en la solicitud presentada.

Solo podrá presentarse una única petición por solicitante, para la realización de un solo proyecto.

Quedan expresamente excluidos:

-Proyectos que reciban cualquier tipo de subvención o ayuda por parte de otras Delegaciones, Organismos Autónomos Locales o entidades dependientes de la Diputación de Córdoba.

-Proyectos incluidos en el programa Periféricos.

-Proyectos ejecutados con anterioridad por otras instituciones o entidades ajenas a la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí.

TERCERA. Financiación.

Los gastos derivados de la realización de los proyectos seleccionados se imputarán a las aplicaciones 3331.227.07 y 3330.224.00 del Presupuesto General de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí para los ejercicios 2023 y 2024.

La Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí destinará un máximo de 10.000 € (impuestos incluidos) por exposición para asumir, si procede, los gastos de:

-Honorarios de los comisarios/as o directores/as de los proyectos por una cuantía de 2.000 € más IVA. Dicho importe se abonará en un único plazo una vez inaugurada la primera exposición.

-Honorarios a los artistas por derechos de préstamo, exhibición o reproducción, hasta un límite de 2.000 por proyecto expositivo, y 1.000 € por artista, IVA excluido.

-Nueva producción de obra, enmarcado u otros recursos análogos, hasta un límite de 2.000 € por exposición.

-Montaje de la exposición.

-Seguro de las obras durante el periodo de transporte, almacenaje y exposición.

-Fotografiado de las obras, diseño y edición de un catálogo de la exposición.

-Transporte desde la sede de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí a las salas expositivas en las que se produzca la itinerancia.

CUARTA. Selección de proyectos.

Los proyectos que sean seleccionados, pasarán a formar parte del Programa de Exposiciones Itinerantes de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, corriendo por cuenta de ésta los gastos presupuestados en cada uno de ellos, previa aprobación por el órgano competente y con cargo a las partidas presupuestarias establecidas en el correspondiente expediente.

QUINTA. Requisitos para solicitar la aprobación y forma de acreditarlos.

Los solicitantes deberán reunir los requisitos siguientes:

a. En el caso de asociaciones culturales privadas, estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente Registro de Asociaciones, con domicilio fiscal en la provincia de Córdoba. Este requisito deberá acreditarse mediante la documentación establecida en la Base 6ª, apartado b) "Documentación", concretamente en lo que respecta a la documentación general. 

b. En el caso de exposiciones individuales, bien el comisario/a o el/la artista deben ser nacidos o residentes en Córdoba, pudiendo acreditarlo con cualquier medio permitido en Derecho.

c. En las propuestas de proyectos de exposiciones colectivas, bien el comisario/a, o al menos un tercio de los artistas incluidos en el proyecto deben ser nacidos o residentes en la provincia de Córdoba, pudiendo acreditarse este requisito con cualquier medio permitido en Derecho.

d. Estar al corriente en sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social. La acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado, la Diputación de Córdoba y la Seguridad Social se efectuará mediante la presentación de declaración responsable que se incluye en el formulario electrónico, en los supuestos previstos en el artículo 24 de Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio. La presentación de dicha declaración responsable autorizará al órgano gestor (en caso de que no se haya rechazado su consulta) para recabar los certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social. Sólo en el caso de rechazo deberá presentar dichas certificaciones o documentos en en otra documentación.

e. No estar incurso en alguna de las prohibiciones o circunstancias para poder contratar con las Administraciones Públicas. La acreditación por parte de las personas o entidades solicitantes de no estar incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario podrá realizarse mediante declaración responsable suscrita por su representante legal (Anexo I).

SEXTA. Solicitudes, documentación y plazo.

A) Solicitudes:

Las solicitudes, que se ajustarán al Anexo I, irán acompañadas de la documentación requerida en la presente Base.

La solicitud se presentará según alguno de los siguientes procedimientos:

A.1) En el caso de personas físicas:

A.1.1) Los interesados que dispongan de certificado reconocido de firma electrónica podrán presentar su solicitud en el Registro Electrónico de Fundación Provincial Rafael Botí, en los términos que expone el artículo 7º del Reglamento del Registro Electrónico de la Diputación de Córdoba.

a) El acceso a la tramitación electrónica estará disponible desde la Sede Electrónica de la Fundación Rafael Botí, en la dirección https://sede.eprinsa.es/fundacionboti y se realizarán a través del formulario electrónico habilitado al efecto, que contendrá la misma información que figurará en la solicitud y anexos de la convocatoria. El modelo será cumplimentado de acuerdo con las instrucciones y controles establecidos por la aplicación informática.

b) Las solicitudes irán firmadas electrónicamente por el/la interesado/a, proporcionando el Registro Electrónico documento de acuse de recibo de la transacción realizada en los términos que refleja el a

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