Boletín nº 189 (30-09-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 3.530/2022

DON LOPE RUIZ LÓPEZ, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE IZNÁJAR (CÓRDOBA), HACE SABER:

Que por acuerdo Pleno adoptado en sesión ordinaria de 27 de noviembre de 2020, se acordó aprobar definitivamente, con el quórum de la mayoría absoluta de los miembros de sus miembros, la modificación de las condiciones particulares de uso de los edificios pertenecientes al catálogo del Patrimonio catalogado con el nivel de protección ambiental, y aprobar definitivamente el artículo 8.31del Plan General de Ordenación Urbanística de Iznájar.

El citado acuerdo pleno se transcribe, a continuación, para general conocimiento de conformidad con la normativa urbanística de aplicación.

PRIMERO: Modificar las condiciones particulares de uso de los edificios pertenecientes al catálogo del Patrimonio catalogado con el nivel de protección ambiental, y aprobar definitivamente el artículo 8.31 del Plan General de Ordenación Urbanística de Iznájar, en los siguientes términos:

Artículo 8.31. Condiciones particulares de uso.

1. Uso característico:

-Edificios catalogados con nivel de protección Monumental e Integral: El existente (Dotacional, SIPS en 1ª y 2ª categoría).

-Edificios catalogados con nivel de protección Estructural y Ambiental: Residencial vivienda unifamiliar y plurifamiliar.

2. Uso complementario: Ninguno.

3. Usos compatibles:

-Industrial, talleres y pequeñas industrias compatibles en planta baja.

-Terciario, excepto 3ª categoría en edificio exclusivo.

-Dotacional, Docente situado en planta baja.

-Dotacional, SIPS en 1ª categoría.

-Dotacional, garajes en 1ª categoría.

4. Usos alternativos:

-Edificios catalogados con nivel de protección Ambiental:

-Dotacional, SIPS en 2ª categoría.

-Dotacional, docente en edificio exclusivo.

-Terciario, 3ª categoría en edificio exclusivo.

5. Usos prohibidos: Los no considerados anteriormente.

SEGUNDO: Modificar la dotación de garajes en la zona Alta o Histórica, exceptuando la obligatoriedad de reserva de plazas de garaje las parcelas y edificaciones del suelo urbano con frente de fachada inferior a 8 metros, y aprobar definitivamente el artículo 8.59 del Plan General de Ordenación Urbanística de Iznájar, en los siguientes términos:

Artículo 8.59. Dotación de garajes.

1. En edificios plurifamiliares que alberguen dos (2) o más viviendas se dispondrá como mínimo una plaza de aparcamiento por cada cien (100) metros cuadrados de edificación de uso residencial, y en todo caso, por cada unidad de vivienda.

2. El resto de los usos cumplirán, en cuanto a dotación de garajes, las condiciones establecidas para los mismos en las Condiciones de Uso definidas en el Título Quinto de estas Normas.

3. Zona Alta o Histórica: Se exceptuarán de la obligatoriedad de reserva de plazas de garaje las parcelas y edificaciones del suelo urbano con frente de fachada inferior a 8 m.

TERCERO: Realizar el depósito e inscripción del instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Unidad Registral de la Delegación Territorial de Córdoba, de conformidad con el artículo 40 de la LOUA, y artículo 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea su Registro Autonómico.

CUARTO: Publicar el acuerdo de aprobación definitiva de los artículos 8.31. Condiciones particulares de uso y 8.59. Dotación de garajes, y el texto articulado de sus normas urbanísticas en el Boletín Oficial de la Provincia, con indicación de haber procedido a su depósito en los oportunos Registros Administrativos.

Por el Ayuntamiento de Iznájar se ha procedido a la inscripción de la presente modificación en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos en los siguientes términos:

-Elemento urbanístico inscrito:

Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística relativa a Ajuste de las Ordenanzas.

Término municipal: Iznájar.

Nº de Registro: 9.152.

Libro de Registro: Iznájar.

Sección: Instrumentos de planeamiento.

En Iznájar, a 19 de septiembre de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Lope Ruiz López.

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