Boletín nº 192 (05-10-2022)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 3.614/2022

El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión celebrada el día 21 de septiembre de 2022, aprobó la modificación del Plan Provincial de Cooperación a las obras y servicios municipales 2020-2023, bienio 2022-2023 atendiendo a la petición efectuada por el Ayuntamiento de Fuente Obejuna en el siguiente sentido:

PRIMERO. Modificar la actuación Sustitución, Pavimentación y Redes de Abastecimiento de Aguas y Saneamiento de calle Iglesia en Aldea de Posadilla, solicitada por el Ayuntamiento de Fuente Obejuna en el Plan Provincial Plurianual de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal para el cuatrienio 2020-2023, acordando el cambio del sistema de ejecución a contratación por la entidad local, así como el incremento del presupuesto de la actuación por importe de 75.575,66 €, que se financiará por la Diputación Provincial con la cantidad de 67.037,00 € y por el Ayuntamiento con el importe de 8.538,66 €, quedando como sigue:

DENOMINACIÓN ACTUACIÓN

1ER BIENIO

2º BIENIO

TOTAL

ACTUACIÓN

SISTEMA

EJECUCIÓN

SUBVENCIÓN

APORTACIÓN

LOCAL

SUBVENCIÓN

APORTACIÓN

LOCAL

SUSTITUCIÓN, PAVIMENTACIÓN Y REDES DE ABASTECIMIENTO DE AGUAS Y SANEAMIENTO DE C/ IGLESIA EN ALDEA DE POSADILLA

67.037,00 €

8.538,66 €

75.575,66 €

CONTRATACIÓN ENTIDAD LOCAL

En definitiva, las actuaciones del Plan Provincial Plurianual de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal para el cuatrienio 2020-2023 para el Ayuntamiento de Fuente Obejuna son las siguientes:

DENOMINACIÓN

ACTUACIÓN

1 ER BIENIO

2º BIENIO

TOTAL

ACTUACIÓN

SISTEMA

EJECUCIÓN

SUBVENCIÓN

APORTACIÓN

LOCAL

SUBVENCIÓN

APORTACIÓN

LOCAL

2 FASE CENTRO DE USOS MÚLTIPLES

748.660,53

0,00 €

748.660,53

DIPUTACIÓN

SUSTITUCIÓN, PAVIMENTACIÓN Y REDES DE ABASTECIMIENTO DE AGUAS Y SANEAMIENTO DE C/ IGLESIA EN ALDEA DE POSADILLA

67.037,00 €

8.538,66 €

75.575,66 €

CONTRATACIÓN ENTIDAD LOCAL

SEGUNDO. Autorizar al Ayuntamiento de Fuente Obejuna a ejecutar por el sistema de Contratación, debiendo cumplir las siguientes condiciones:

a) La ejecución de las obras se ajustará a la normativa vigente, en especial a lo dispuesto en la normativa que regula la Contratación en el Sector Público, y en el RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas sobre Seguridad y Salud en las obras de construcción. La dirección y coordinación de seguridad y salud se llevará a cabo por técnico legalmente capacitado y que libremente designe la Entidad Local, debiendo asimismo comunicar dicha designación a esta Diputación Provincial.

b) La Entidad Local deberá efectuar la licitación y adjudicación de las obras conforme al proyecto aprobado, por un presupuesto máximo igual a la cantidad aprobada, ya que cualquier exceso sobre esta cantidad correrá a cargo exclusivo de la Entidad Local. Una vez efectuada la adjudicación, se remitirá el correspondiente acuerdo a la Diputación Provincial. En ningún caso podrán fraccionarse las obras a licitar y, por consiguiente, fragmentar el contrato a celebrar.

c) La supervisión de los Proyectos, los documentos técnicos redactados y la ejecución de las obras corresponden a los Servicios Técnicos de esta Diputación Provincial que, en su momento, designarán al técnico supervisor, debiendo la Entidad Local comunicar, en todo caso, el inicio y finalización de la actuación, así como cualquier incidencia de interés que acontezca en la obra (tales como Modificados, etc).

d) El pago de las aportaciones que financian las obras se podrá realizarse con carácter anticipado a la realización y/o justificación de la actuación, una vez supervisado el Proyecto por los Servicios Técnicos de la Diputación Provincial, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de estos Criterios.

e) La justificación de la asignación económica otorgada deberá aportarse a la finalización de las actuaciones, debiendo de remitir la documentación que se especifica en el artículo 14 de los Criterios de Elaboración y Aprobación del mencionado Plan Provincial.

f) Toda la documentación técnica remitida por las Entidades Locales será supervisada por los Servicios Técnicos de la Diputación Provincial de Córdoba.

g) El Ayuntamiento asume la responsabilidad exclusiva del cumplimiento de los plazos legales de abono a los contratistas adjudicatarios de las correspondientes certificaciones de obra.

TERCERO. Seguir la tramitación establecida en el artículo 32 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y en su consecuencia, publicar el citado acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de posibles alegaciones o reclamaciones, durante el plazo de 10 días.

Este documento lo

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