Boletín nº 193 (06-10-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palenciana

Nº. 3.636/2022

Por Resolución de Alcaldía nº 2022/00000734, de fecha 27 de septiembre de 2022, se aprobó la Resolución que literalmente se transcribe:

«DECRETO DE ALCALDÍA

DON GONZALO ARIZA LINARES, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE PALENCIANA (CÓRDOBA).

Visto que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.

Visto que al titular de esta Alcaldía le restan por disfrutar once semanas del permiso por paternidad reconocida legalmente en la legislación laboral española, y durante su disfrute no podrá ejercer las funciones inherentes a su cargo, por cuanto que ya disfrutó de las seis primeras semanas de obligado disfrute tras el parto que tuvo lugar el día 4 de abril de 2022.

Considerando que la Primera Teniente de Alcalde se encuentra de baja por enfermedad y que el Segundo Teniente de Alcalde no puede desatender su profesión para dedicarse en exclusiva a ocupar temporalmente el cargo de Alcalde, resulta conveniente designar al Tercer Teniente de Alcalde como sustituto para el desempeño de las funciones del Alcalde durante la citada baja paternal.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

RESUELVO

PRIMERO. Delegar en don Francisco Velasco Linares, Tercer Teniente de Alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo de ausencia de este Alcalde correspondiente a las once semanas restantes de baja por paternidad, reconocidas conforme a la legislación laboral española computándose a partir del día 29 de septiembre de 2022 y finalizando el día 16 de diciembre de 2022, reservándose esta Alcaldía la competencia de presidir las sesiones de los órganos colegiados a los que asista durante la baja paternal.

SEGUNDO. La sustitución se desempeñará con la obtención de las retribuciones reconocidas mediante acuerdo plenario, de fecha 20 de septiembre de 2022, por el desempeño del cargo del Tercer Teniente de Alcalde en régimen de dedicación parcial.

TERCERO La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros. No obstante, esta Alcaldía se reserva la competencia de presidir las sesiones de los órganos colegiados a los que asista durante la baja paternal.

CUARTO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

QUINTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.

SEXTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.

SÉPTIMO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.

Dado en Palenciana por el Sr. Alcalde-Presidente, a (Fecha y Firma Digital)».

Lo que remito para su publicación, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

En Palenciana, a 27 de septiembre de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Gonzalo Ariza Linares.

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