Boletín nº 193 (06-10-2022)

VIII. Otras Entidades

Instituto Municipal de Turismo de Córdoba (IMTUR)

Nº. 3.675/2022

Que el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día veintidós de septiembre de dos mil veintidós, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

Nº 209/22. IMTUR. 18. DICTAMEN DEL CONSEJO RECTOR DEL IMTUR DE FECHA 27/07/22, SOBRE EXPEDIENTE DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO, CON CARGO AL REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA, POR IMPORTE DE 445.616,03 € PARA HACER FRENTE A LAS NECESIDADES PRESUPUESTARIAS EN LOS CAPÍTULOS II Y III DE GASTOS.

Se conoce el expediente tramitado al efecto, los informes obrantes en el mismo, incluido el emitido con fecha 31/08/22, por la Adjunta a la Secretaría General del Pleno, así como el Dictamen del Consejo Rector del IMTUR de fecha 27/07/22, sobre expediente de Suplemento de Crédito, con cargo al Remanente Líquido de Tesorería, por importe de 445.616,03 € para hacer frente a las necesidades presupuestarias en los Capítulos II y III de gastos.

Sometido el asunto a votación, resultó un empate de 13 votos a favor de los representantes de los grupos municipales Popular (9) y Ciudadanos Córdoba (4), 13 votos en contra de los representantes de los grupos municipales Socialista (8), VOX (2), Podemos (2), y 1 del Concejal no adscrito y 3 abstenciones de los representantes del grupo municipal IU Andalucía.

Sometido, nuevamente a votación, de conformidad con lo previsto en el artículo 84 del vigente Reglamento Orgánico Municipal, resultó un nuevo empate de 13 votos a favor de los representantes de los grupos municipales Popular (9) y Ciudadanos Córdoba (4), 13 votos en contra de los representantes de los grupos municipales Socialista (8), VOX (2), Podemos (2), y 1 del Concejal no adscrito; el Excmo. Ayuntamiento Pleno con el voto de calidad del Sr. Presidente del Pleno, adoptó los siguientes

ACUERDOS:

PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación del Presupuesto del año 2022 del Instituto Municipal de Turismo de Córdoba mediante la concesión de un SUPLEMENTO DE CRÉDITO por importe de 445.616,03 € para hacer frente a las necesidades presupuestarias en los Capítulos II y III de gastos, tenidos en cuenta los créditos disponibles hasta el día 17/06/2022 en las distintas aplicaciones presupuestarias así como las necesidades de crédito determinadas por los Directores de Área o Responsables de los Gastos con proyección a 31/12/2022. Esto es:

Pro.

Eco.

Descripción

Suplemento

4320

22609

Actividades culturales y turísticas

38.368,08

4320

23010

Del personal directivo

233,67

4320

23100

Locomoción miembros Órganos de Gobierno - Desplazamientos

500,40

4321

22200

Servicios de telecomunicaciones

12.545,00

4321

22602

Publicidad y propaganda

15.000,00

4321

22706

Estudios y trabajos técnicos

8.847,74

4321

35900

Gastos financieros

3.000,00

4322

22699

Otros gastos diversos

25.152,00

4322

22700

Limpieza y aseo

4.533,59

4322

22706

Estudios y trabajos técnicos

6.554,00

4322

22799

Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales

3.904,67

4323

23020

Dietas personal no directivo

550,65

4325

22602

Publicidad y propaganda

12.976,91

4325

22699

Otros gastos diversos

15.300,00

4325

22706

Estudios y trabajos técnicos

40.240,20

4325

22799

Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales

3.000,00

4325

23020

Dietas personal no directivo

6.191,98

4325

23120

Locomoción personal no directivo

8.000,00

4325

23300

Otras indemizaciones

4.000,00

4326

22601

Atenciones protocolarias y representativas

7.494,50

4326

22602

Publicidad y propaganda

105.700,00

4326

22609

Actividades culturales y turísticas

123.181,50

4326

23120

Locomoción personal no directivo

241,31

4327

22609

Actividades culturales y turísticas

99,83

Dicho Suplemento de Crédito está financiado en igual cuantía por el Remanente Líquido de Tesorería puesto de manifiesto con ocasión de la Liquidación del Presupuesto del IMTUR para el año 2021.

SEGUNDO. Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamación y publicidad establecidas para la aprobación de los presupuestos, según determina el artículo 177.2. del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, así como en el artículo 38.2 del RD 500/90, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título Sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de Presupuestos, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.

LA PRESIDENTA DEL

INSTITUTO MUNICIPAL DE TURISMO DE CÓRDOBA

Fdo. Mª Isabel Albás Vives

P.A. Alcaldía nº 5210/2019 18/06/2019

Córdoba, 29 de septiembre de 2022. Firmado electrónicamente por la Teniente Alcalde Des. Econon. Turismo, Igualdad, Part. Ciud. y Solid, Isabel Albás Vives.

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