Boletín nº 202 (20-10-2022)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 3.961/2022

Extracto del Acuerdo de 11 de octubre de 2022, de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, por el que se aprueba la Convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro "Diversidad Funcional 2022" así como la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

BDNS (Identif.) 653859

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/653859)

Primero. Beneficiarios:

Podrán solicitar la subvención regulada en la presente convocatoria entidades privadas sin ánimo de lucro para la contratación por tiempo indefinido de personas discapacitadas en la provincia de Córdoba.

Segundo. Finalidad:

Iniciativa generadora de empleo local dirigida a la adaptación de las entidades privadas sin ánimo de lucro a la nueva Reforma Laboral, mediante el apoyo a dichas entidades para la contratación por tiempo indefinido prioritariamente de personas discapacitadas de difícil inserción al mercado laboral en la provincia de Córdoba, con el objeto de mejorar las condiciones de trabajo, la calidad del empleo y el dinamismo de nuestro tejido productivo.

Tercero. Bases reguladoras:

Bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro Diversidad Funcional 2022, publicadas en la Sede Electrónica de la Diputación de Córdoba.

Cuarto. Cuantía:

La cuantía de las subvenciones será de 8.000 € por beneficiario, concediéndose un total de 20 subvenciones para esta convocatoria. Serán beneficiarios de la subvención los que obtengan en sus solicitudes mayor puntuación priorizando en primer lugar las personas discapacitadas de difícil inserción al mercado laboral, según los criterios de valoración establecidos en la base 14 de esta Convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, a su vez se publicará en el tablón de anuncios de la Diputación de Córdoba el texto completo de la Convocatoria.

Sexto. Otros datos:

Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:

a) Fotocopia del acuerdo adoptado por el órgano competente en el que se designe la persona física que representa la entidad o apoderamiento correspondiente, en el supuesto de personas jurídicas y que la solicitud la presente el representante legal de la entidad.

b) Declaración responsable (incluida en la solicitud anexo I).

c) Presupuesto de gastos e ingresos de la contratación (anexo II).

d) Certificado de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria. No es necesaria la aportación de dicha documentación por parte de los beneficiarios si no se rechaza su consulta en la solicitud telemática, realizando la verificación de estos datos el Departamento de Empleo, a través de la Plataforma de Intermediación. Sólo en caso de rechazo se deberá aportar dicha certificación en el apartado "otra documentación".

e) Certificado de estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social. No es necesaria la aportación de dicha documentación si concurre el mismo supuesto que en el apartado anterior. Certificado de estar al corriente Seguridad Social. No siendo necesaria la aportación de dicha documentación por parte de los beneficiarios, si no se rechaza en la solicitud telemática, realizando la verificación de estos datos por el Departamento de Empleo por la Plataforma de Intermediación. Sólo en caso de rechazo deberá aportar dicha certificación en otra documentación.

f) Contrato de trabajo debidamente registrado de la persona que se hubiera contratado (sólo en caso de haberse formalizado con anterioridad a la solicitud).

g) Certificado de discapacidad de la persona contratada (solo en caso de haberse formalizado el contrato con anterioridad a la solicitud).

Córdoba, 17 de octubre de 2022. Firmado electrónicamente por el Diputado delegado de Presidencia, Asistencia Económica a Municipios y Mancomunidades y Protección Civil, Rafael Llamas Salas.

Aviso jurídico

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