Boletín nº 207 (28-10-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Luque

Nº. 4.001/2022

Expediente: 1985/2022.

Asunto: Resolución de Alcaldía.

DECRETO

VISTO que por Acuerdo del Pleno Extraordinario, celebrado el día 5 de julio de 2019, por el Ayuntamiento de Luque, la Corporación adoptó por unanimidad la creación de la Junta de Gobierno Local que celebrará sesión ordinaria cada 15 días, delegando las funciones que establece el artículo 21.1. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local en los apartados o), q), siempre que de forma expresa lo acuerde la Alcaldía en los respectivos expedientes.

Considerando lo dispuesto en el artículo 112.2 y 3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, establece 2. en defecto de previsión expresa en el Reglamento orgánico de la entidad, Ia Junta de Gobierno Local celebrará sesión ordinaria cada quince días como mínimo. 3. Corresponde al Alcalde o Presidente fijar, mediante Decreto, el día y hora en que deba celebrarse sesión ordinaria.

En consecuencia, con ello, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 112.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

VENGO EN RESOLVER

PRIMERO. Modificar la periodicidad de la celebración de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local en lunes alternos. Cuando el día de celebración de la sesión coincida en fiesta de carácter oficial, la misma se pospondrá al siguiente día hábil.

SEGUNDO. Que la hora de celebración será fijado por Alcaldía en el decreto de la convocatoria.

TERCERO. Notificar personalmente la presente resolución a los concejales integrantes de la Junta de Gobierno Local, sin perjuicio de publicar anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba para público conocimiento. Del mismo modo proceder a publicar la Resolución en el tablón de anuncios, sede electrónica y página web municipal, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por la Alcaldesa-Presidenta. 

CUARTO. Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que celebre.

Luque, 19 de octubre de 2022. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Felisa Cañete Marzo.

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