Boletín nº 210 (03-11-2022)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 4.174/2022

Título: CORRECCIÓN DEL EXTRACTO DEL ACUERDO DE PLENO DE 19-10-2022 DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN EXCEPCIONAL DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA PARA PALIAR LAS CONSECUENCIAS ECONÓMICAS DE LA GUERRA DE UCRANIA (+ MUNICIPALISMO).

BDNS 654448

EXTRACTO RESOLUCIÓN DE 02-11-2022 DEL PLENO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA POR EL QUE SE MODIFICA LA BASE PRIMERA DEL PLAN EXCEPCIONAL DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES (+ MUNICIPALISMO)

BDNS (Identif.) 654448

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/654448)

PRIMERO. Se aprueba la modificación de la Base Primera del Plan Excepcional de Subvenciones a Entidades Locales de la provincia de Córdoba para paliar las consecuencias económicas de la gueraa de Ucrania (+MUNICIPALISMO) que queda redactada de la siguiente forma:

PRIMERA. OBJETO Y FINALIDAD

Este Plan Excepcional tiene por objeto regular a través de las presentes normas la financiación total o parcial de los gastos corrientes en bienes y servicios de los Municipios y Entidades Locales Autónomas de la provincia que como consecuencia de la crisis económica han experimentado un gran aumento, con la finalidad de cooperar con la efectivdad de los servicios mínimos de competencia municipal en la totalidad del territorio provincial.

Los gastos que se financiarán se corresponderán con los establecidos en el Capítulo 2 de la clasifiación económica del gasto, determinados en la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructuta presupuestaria de las Entidades Locales, exceptuando los comprendidos en el artículo 23 "Indemnizaciones por razón del servicio", efectuados en el período del 01/01/2022 al 31/12/2022.

SEGUNDO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia la modificación acordada e iniciar un trámite extraordinario de consultas con todos los municipios interesados, durante 5 días hábiles a partir del día siguiente de su publicación.

TERCERO. El presente trámite extraordinario de consultas quedará referido exclusivamente a aquellos municipios que resulten interesados, y que, en consecuencia, deseen presentar su aceptación exigible al Plan Provincial, en su nueva redacción, esto es, Capítulo 2 de la clasificación económica del gasto, excepto el artículo 23 "Indemnización por razón del servicio", según Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre.

CUARTO. No será necesaria la nueva presentación de aceptación por el resto de municipios que mantengan su propuesta inicial, al quedar igualmente integrados en la modificación de la base Primera que incluye todo el Capítulo 2 (excepto artículo 23) de la clasificación económica del gasto incluidos en el Plan inicialmente aprobado.

Córdoba, 2 de noviembre de 2022. Firmado electrónicamente por la Vicepresidenta 2ª y Diputada Delegada de Hacienda y Gobierno Interior, Felisa Cañete Marzo.

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