Boletín nº 212 (07-11-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Doña Mencía

Nº. 4.016/2022

Expdte: 2261/2021.

Asunto: Publicación aprobación definitiva PERI ARI-SUNCod-9 Almazara Calle Obispo Cubero.

Don Salvador Cubero Priego, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Doña Mencía, previo su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados y en el Registro Municipal de Instrumentos Urbanísticos de Doña Mencía, HACER SABER:

Que el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria, celebrada el 13 de julio de 2022, al punto 3 de su orden del día, adoptó el siguiente acuerdo:

«VISTO: el expediente tramitado para la aprobación del siguiente instrumento de ordenación urbanística:

-Objeto: Plan Especial de Reforma Interior del Área de Reforma Interior denominada ARI-SUNCod-9 Almazara Calle Obispo Cubero (PERI ARI-SUNCod-9) delimitada en suelo urbano no consolidado por el PGOU de Doña Mencía.

-Promotores: Totalidad de propietarios que componen la unidad de ejecución.

-Equipo redactor: CityLab360 SCA, integrada por Francisco Javier Carmona Ruiz (Arquitecto colegiado nº 431 en el COACo), Antonio Jesús Fernández López (Arquitecto colegiado nº 363 en el COACo), y José Carlos Rico Córdoba (Arquitecto colegiado nº 336 en el COACo), así como por EMASIG, José Mª Marín García (Licenciado en Ciencias Ambientales).

Consta en el citado expediente:

-Informe Ambiental Estratégico (IAE) emitido en fecha 26/01/2022 por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Córdoba, y publicado en BOJA número 22, de 2 de 2022.

-INFORME PREVIO A APROBACIÓN DE PLANEAMIENTO DE DESARROLLO emitido en formato electrónico por el SAU, UNIDAD TERRITORIAL GUADAJOZ, con CSV 89BB B0AF DE96 38AD BBD2 verificable en ww.dipucordoba.es/tramites (Validación de Documentos).

-Resolución número 2022/00000125, de aprobación inicial.

-Información pública por un plazo de un mes desde la publicación del anuncio de aprobación inicial en el Boletín Oficial de la Provincia número 73, de 19 de abril de 2021, en el Diario Córdoba de del 13/04/2022, y en el Tablón de Edictos de la sede electrónica municipal (dirección electrónica:

https://sede.eprinsa.es/dmencia).

-Certificación del resultado del período de la información pública acreditativa de la no presentación durante el mismo de alegación o reclamación alguna.

-Comunicación de la apertura y duración del período de información pública a los propietarios y demás interesados directamente afectados por el Plan Especial, a los efectos de que puedan formular las alegaciones u observaciones que estimen pertinentes, no habiéndose formulado alegación u observación alguna por los mismos.

-INFORME EN EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA emitido por la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio Delegación Territorial en Córdoba.

-INFORME: Plan Especial de Reforma Interior del ARI-SUNCod-9 Almazara Calle Obispo Cubero del PGOU de Doña Mencía (Córdoba) emitido por COMISIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO HISTÓRICO EN CÓRDOBA.

-Documento para aprobación definitiva.

-INFORME PREVIO A APROBACIÓN DE PLANEAMIENTO DE DESARROLLO emitido en formato electrónico por el SAU, UNIDAD TERRITORIAL GUADAJOZ, con CSV 97DC 50E7 8048 3FA9 580A verificable en ww.dipucordoba.es/tramites (Validación de Documentos), en el que se concluye: En función del análisis efectuado, cabe concluir que el Plan Especial de Reforma Interior del ARI-SUNCod-9 ALMAZARA CALLE OBISPO CUBERO se ajusta en su contenido documental y determinaciones a las exigencias de la legislación urbanística y del planeamiento de rango superior, y los ajustes introducidos en él, tras el proceso de participación pública y como consecuencia de los informes sectoriales recibidos, no constituyen modificaciones sustanciales, por lo que se informa favorablemente a los efectos de su aprobación definitiva (LOUA 32.1.2ª).

CONSIDERANDO: que, conforme a cuanto antecede, el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación definitiva por el Pleno de la Corporación, de conformidad con lo previsto en los artículos 31de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y 22.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

ACUERDA:

PRIMERO. Aprobar definitivamente el siguiente instrumento de ordenación urbanística:

-Objeto: Plan Especial de Reforma Interior del Área de Reforma Interior denominada ARI-SUNCod-9 Almazara Calle Obispo Cubero (PERI ARI-SUNCod-9) delimitada en suelo urbano no consolidado por el PGOU de Doña Mencía.

-Promotores: Totalidad de propietarios que componen la unidad de ejecución.

-Equipo redactor: CityLab360 SCA, integrada por Francisco Javier Carmona Ruiz (Arquitecto colegiado nº 431 en el COACo), Antonio Jesús Fernández López (Arquitecto colegiado nº 363 en el COACo), y José Carlos Rico Córdoba (Arquitecto colegiado nº 336 en el COACo), así como por EMASIG, José Mª Marín García (Licenciado en Ciencias Ambientales).

SEGUNDO. Proceder a la inscripción del instrumento de ordenación urbanística definitivamente aprobado en el Registro Municipal de Instrumentos Urbanísticos de Doña Mencía y solicitar la inscripción del mismo en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de Bienes y Espacios Catalogados.

TERCERO: Proceder, previo su depósito e inscripción en los registros autonómico y municipal, a la publicación del presente acuerdo de aprobación definitiva junto con la normas urbanísticas del instrumento aprobado en el Boletín Oficial de la Provincia, y a la publicación íntegra del instrumento definitivamente aprobado en el Portal de Transparencia y Buen Gobierno Ayuntamiento de este Ayuntamiento:

(https://transparencia.donamencia.es/)».

RECURSOS

Contra el anterior acuerdo que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

-Recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

-Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según lo dispuesto en el artículo 10.1 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la presente publicación, tal y como establece el artículo 46.1 de Ley 29/1998 citada.

En el supuesto de que se interponga recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en tanto aquél no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición, tal y como disponen los artículos 123.2 y 124 de la Ley 39/2015 y 46 de la Ley 29/1998.

En el caso de la desestimación presunta del recurso de reposición, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo mencionado, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba arriba indicados, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con la normativa invocada anteriormente, se produzca el acto presunto tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998 citada.

NORMAS URBANÍSTICAS

De conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el 41.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, a continuación se transcriben las Normas Urbanísticas del Plan Especial de Reforma Interior aprobado:

«TÍTULO I

ORDENANZAS REGULADORAS DEL

ARI SUNCod9/AR-SUNC-9

CAPÍTULO 1

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Ámbito de aplicación

El presente Plan Especial de Reforma Interior ordena el suelo clasificado como urbano no consolidado, identificado como ARI SUNCod9/AR-SUNC-9 Almazara en Calle Obispo Cubero.

La delimitación y ámbito del mismo se establecen en los planos correspondientes de información y ordenación.

Artículo 2. Vigencia y Modificación

1. El Plan Especial de Reforma Interior entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación, en el Boletín Oficial correspondiente, de la aprobación definitiva y de las presentes ordenanzas urbanísticas. A partir de entonces tendrá vigencia indefinida, sin perjuicio de las posibles modificaciones que pudieran derivarse de su desarrollo.

2. Será necesario tramitar una modificación, co

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