Boletín nº 212 (07-11-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 4.180/2022

Título: CONCESIÓN DE AYUDAS DESTINADAS A PALIAR EL IMPACTO DE LA CRISIS ENERGÉTICA Y LA ELEVADA SUBIDA DEL PRECIO DE LA ENERGÍA DERIVADA DE LA MISMA, SOBRE EMPRESARIOS Y AUTÓNOMOS DEL MUNICIPIO DE MONTORO.

BDNS (Identif.) 656776

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/656776)

PRIMERO. Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto la regulación de las subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Montoro destinadas a financiar gastos derivados del pago de los gastos de suministro eléctrico de empresas y autónomos del municipio correspondiente a los meses de junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2022.

SEGUNDO. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en las presentes bases las personas físicas o jurídicas, que cumplan los siguientes requisitos:

-Que tengan su domicilio fiscal de la actividad en el municipio de Montoro y radique en el mismo el centro de trabajo afectado.

-Que acrediten recibos de electricidad correspondientes al establecimiento en el que desarrolla su actividad empresarial que será el que conste en la correspondiente Declaración censal de actividad. En caso de contar con más de un establecimiento abierto sólo se subvencionará el recibo de un solo local.

-Que el titular de los recibos de electricidad sea, en caso de persona física, el empresario individual y en caso de persona jurídica, lo sea dicha persona jurídica (sociedad, cooperativa&).

-En el caso de actividades que se encuentren ubicadas en el domicilio particular del empresario sólo será subvencionable la cuantía correspondiente al número de metros que ocupan el espacio en el que se desarrolla la actividad, lo que habrá de acreditarse mediante la aportación del modelo de Declaración Responsable, acompañada del último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles.

-En el caso de varias personas físicas y/o jurídicas que desarrollan su actividad en el mismo establecimiento, solo podrá solicitar la ayuda la persona física o jurídica titular del recibo.

-Quedan expresamente excluidas de las presentes ayudas las asociaciones, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal, las congregaciones e instituciones religiosas, así como las comunidades de bienes, herencias yacentes y demás entidades carentes de personalidad jurídica.

TERCERO. Bases reguladoras.

La ordenanza general de subvenciones a empresas del Excmo. Ayuntamiento de Montoro cuyo texto se puede consultar en el siguiente enlace:

http://www.montoro.es/sites/default/filesordenanza_subvenciones_a_empresas.texto_consolidado.pdf

y el Decreto nº 1837/2022, de fecha 2 de noviembre de 2022, publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Montoro.

CUARTO. Cuantía, abono de la subvención y justificación.

Se establecen ayudas por un importe máximo de 500,00 €, a conceder a cada uno de los beneficiarios, hasta agotar el crédito existente en la aplicación presupuestaria 4330.470.01 COMERCIO-AYUDAS DESARROLLO EMPRESARIAL del Presupuesto del ejercicio 2022.

Debido al carácter excepcional y urgente de la convocatoria y la necesidad de actuar lo antes posible para contribuir a paliar los efectos que sobre las economías de los autónomos y de las PYMES ha ocasionando la elevada subida del precio de la energía derivada de la misma se establece el abono del 100% de la subvención, transfiriendose en concepto de pago anticipado.

La justificación se realizará junto con la solicitud de ayuda, debiendo aportar las facturas del consumo de suministro eléctrico y los documentos acreditativos del pago.

En ningún caso se realizará el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente de sus obligaciones fiscales y con la seguridad social, circunstancia que deberá de ser acreditada en el momento de la solicitud mediante la aportación de los certificados correspondientes.

QUINTO. Financiación.

Esta convocatoria cuenta con una asignación de hasta 100.000,00 € que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 4330.470.01 COMERCIO-AYUDAS DESARROLLO EMPRESARIAL del Presupuesto del ejercicio 2022.

QUINTO. Compatibilidades.

Las subvenciones reguladas en esta convocatoria serán compatibles con otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad siempre y cuando la suma de todas ellas no supere el importe de la acción subvencionada.

SEXTO. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletínn Oficial de la Provincia de Córdoba. La presente convocatoria se publicará en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento.

SÉPTIMO. Otros datos.

La solicitud deberá ser acompañada de la documentación prevista en las bases reguladoras publicadas en la sede electrónica y sus anexos correspondientes.

Montoro, 2 de noviembre de 2022. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, María Dolores Amo Camino.

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