Boletín nº 213 (08-11-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montilla

Nº. 4.214/2022

EXP. GEX: 2022/10334.

Edicto de publicación

El Pleno del Ayuntamiento de Montilla, en sesión ordinaria, celebrada el día 2 de noviembre de 2022, en relación al expediente de Aprobación y Modificación de Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2023, ha aprobado inicialmente los siguientes acuerdos:

-Modificar la Ordenanza Fiscal de General de Gestión, Inspección y Recaudación de ingresos de derecho público del Ayuntamiento de Montilla.

-Modificar la Ordenanza Fiscal por la que se regula el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

-Modificar la Ordenanza Fiscal por la que se regula el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

-Modificar la Ordenanza Fiscal por la que se regula el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

-Modificar la Ordenanza Fiscal por la que se regula la Tasa por recepción y expedición de documentos.

-Derogar la Ordenanza Fiscal de la Tasa por Autorizaciones administrativas y Licencias de actividades y Procedimiento de comunicación previa o declaración responsable, y aprobar la Ordenanza Fiscal de la Tasa por Legalización de establecimientos instalados o abiertos al público sin haber obtenido licencia municipal o presentado declaración responsable.

-Modificar la Ordenanza Fiscal por la que se regula el establecimiento de Tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local.

-Modificar la Ordenanza Fiscal por la que se regula el establecimiento de la Tasa por la entrada de vehículos a través de la vía pública en edificios, solares, y en general, propiedades particulares y reservar de espacios para aparcamiento, carga y descarga y actuaciones similares.

Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas durante el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

El texto íntegro de las ordenanzas modificadas está a disposición de los interesados en el Tablón de edictos de la sede electrónica del Ayuntamiento www.montilla.es.

En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el periodo de exposición pública, los referidos acuerdos plenarios se considerarán definitivos, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 17.

Montilla, 3 de noviembre de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Rafael Ángel Llamas Salas.

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