Boletín nº 214 (09-11-2022)

IV. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos
Consejería de Política Industrial y Energía
Delegación Territorial en Córdoba

Nº. 3.967/2022

RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS Y DE POLÍTICA INDUSTRIAL Y ENERGÍA EN CÓRDOBA, POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, PARA EL PROYECTO DE LINEA AÉREA DE ALTA TENSIÓN Y CENTRO DE SECCIONAMIENTO A UBICAR EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ALMODÓVAR DEL RÍO, (CÓRDOBA), PROMOVIDA POR LA SOCIEDAD LA REDONDA SOLAR SL.

EXP. AT 051/2020.

EXP. AMBIENTAL: AAU/CO/0067/21.

ANTECEDENTES

PRIMERO: Alcance.

En Almodóvar del Río (Córdoba), en el Paraje Gil Pérez, Polígono 14, parcela 21, Referencia Catastral:

14005A01400210000KQ, se han proyectado, sobre una superficie compartida, tres instalaciones que constituirán infraestructura de evacuación de varias plantas solares fotovoltaicas con conexión en el nudo de la red de transporte SE Almodóvar 220 KV. Estas instalaciones son:

PRIMERA. La Subestación Eléctrica Almodóvar Renovables promovida por ADRIANA ENERGÍA SL, constituida fundamentalmente por dos transformadores 220/30 KV:

-Transformador 1, de 50 MVA de potencia, para la evacuación conjunta de las plantas solares fotovoltaicas:

PSFV ALMOD I, de 25 MW, promovida por ADRIANA ENERGÍA SL.

PSFV SILVERIO 1, de 20 MW, promovida por RIC ENERGY, SL.

-Transformador 2, de 73 MVA de potencia, para la evacuación de la planta solar fotovoltaica:

FV CARBO, de 69 MW, promovida por EN EL GREEN POWER ESPAÑA SL.

SEGUNDA. La Subestación Eléctrica Guadalcázar y Almodóvar promovida por LA REDONDA SOLAR SL, constituida fundamentalmente por un transformador, 220/30 KV, de 70 MVA de potencia:

-Transformador 1, de 70 MVA de potencia, para la evacuación conjunta de las plantas solares fotovoltaicas:

PSFV ISF ALMODOVAR DEL RÍO, de 20 MW, promovida por ENERGÍA DIODOS SL.

PSFV GUADALCÁZAR, de 36 MW, promovida por ALMODÓVAR SOLAR SL.

PSFV ALMODÓVAR, de 14 MW, promovida por LA REDONDA SOLAR.

TERCERA. El Centro de Seccionamiento Almodóvar del Río y Línea 220 KV de doble circuito, promovido por LA REDONDA SOLAR SL. En esta instalación, a 220 KV de tensión, se integra la evacuación de todas las plantas fotovoltaicas mencionadas. La salida del Centro de Seccionamiento es una línea de doble circuito, de 60 metros de longitud, que hace entrada (30 metros) y salida (30 metros) sobre la línea existente LAAT 220 KV ACUAES BREÑA II, que conduce al nudo de la red de transporte Almodóvar del Río 220 KV gestionado por RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA SA. (REE)

El alcance de la presente resolución se circunscribe a la instalación TERCERA del desglose anterior, que comprende la línea de doble circuito, que hace entrada (30 metros) y salida (30 metros) sobre la línea existente LAAT 220 KV ACUAES BREÑA II SL, y Centro de Seccionamiento Almodóvar del Río.

SEGUNDO. Solicitud.

Con fecha 20 de noviembre de 2020, tuvo entrada en el registro telématico, escrito presentado por la mercantil, LA REDONDA SOLAR SL, CIF B87.726.881, domiciliada a efecto de notificaciones en calle Sorni 21, puerta 8, 46004 Valencia, mediante el que solicitó Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción, para el proyecto de la Línea Aérea, 220 KV, de doble circuito, que hace entrada y salida sobre la existente línea ACUAES BREÑA II, y del Centro de Seccionamiento Almodóvar del Río.

TERCERO: Información Pública.

De acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud, de 20 de noviembre de 2020, de Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción, para la Línea Aérea, 220 KV, de doble circuito, entrada y salida sobre la existente línea ACUAES BREÑA II, y del Centro de Seccionamiento Almodóvar del Río, se sometió al trámite de información pública mediante publicación del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, número 53, de 19 de marzo de 2021.

De conformidad con lo previsto en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, durante el periodo de información pública la documentación relativa a la actuación, estuvo disponible para su consulta en la página web de la Transparencia de la Junta de Andalucía.

Durante el trámite de información pública no se produjeron alegaciones.

CUARTO. Consultas.

Consultas a administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados por la instalación para aportación de la conformidad u oposición al proyecto, de acuerdo a lo indicado en el artículo 127 del Real Decreto 1995/2000, de 1 de diciembre.

1. Sociedad Mercantil Estatal Aguas de las Cuencas de España SA (ACUAES)

Con fecha 17 de agosto de 2022, se remitió a la Sociedad Mercantil de Aguas de las Cuencas de España SA (ACUAES), separata del proyecto de la Línea Aérea 220 KV, D/C, y el Centro de Seccionamiento, solicitando su conformidad u oposición al mismo.

El 14 de septiembre de 2022, ACUAES respondió a lo solicitado, manifestando que no formula oposición respecto a los aspectos técnicos contenidos en la separata. Esta manifestación ha de entenderse en el marco de las facultades de gestión otorgadas a esta sociedad por la Administración General del Estado a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico sobre las instalaciones eléctricas asociadas a La Breña II.

En este sentido, ACUAES advierte de un error en la atribución de titularidad de las instalaciones a las que pretende conectarse el particular, promotor fotovoltaico. El proyecto incluye el Seccionamiento y la Línea Entrada/Salida de 30 metros cada tramo, que conectará sobre la Línea 220 KV ACUAES Breña II existente. Esta última línea, está integrada en la infraestructura hidráulica de interés general de la Presa y Embalse La Breña II, cuya naturaleza jurídica es la de dominio público del Estado, y por tanto, es la Administración General del Estado, a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y no ACUAES, la titular de la misma.

Se ha iniciado un trámite de autorización y/o concesión ante el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que habilite la referida conexión y el uso de las instalaciones de titularidad estatal.

Trasladada la respuesta de ACUAES al promotor del proyecto, éste ha mostrado su conformidad con los términos de la citada comunicación mediante un escrito de 20 de septiembre de 2022.

2. Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF)

Con fecha 17 de agosto de 2022, se remitió a ADIF separata del proyecto de la Línea Aérea 220 KV, D/C, y el Centro de Seccionamiento, solicitando su conformidad u oposición al mismo.

El 21 de septiembre de 2022, se obtuvo respuesta a lo solicitado por parte del Administrador de Infraestructura Ferroviaria, según la cual, las obras planeadas en el proyecto no afectarían a Zonas de Afección del Ferrocarril, por lo que no precisan Autorización sectorial, teniendo que ajustarse el proyecto a lo establecido en la Ley 38/2015 de Sector Ferroviario y su Reglamento en lo referente a compatibilidad y delimitación con las Zonas de Dominio Público, Protección y Línea Límite de Edificación.

Trasladada la respuesta de ADIF al promotor del proyecto, éste ha mostrado su conformidad con los términos de la citada comunicación mediante un escrito de 27 de septiembre de 2022.

3. Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG)

Con fecha 17 de agosto de 2022, se remitió a CHG separata del proyecto de la Línea Aérea 220 KV, D/C, y el Centro de Seccionamiento, solicitando su conformidad u oposición al mismo.

El 22 de agosto de 2022 el organismo de cuenca respondió indicando que la instalaciones correspondientes a Centro de Seccionamiento y Línea 220 KV. están fuera de la Zona de Policía de cauces públicos, no requiriéndose, por tanto, autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Trasladada la respuesta de CHG al promotor del proyecto, éste ha mostrado su conformidad con los términos de la citada comunicación mediante un escrito de 7 de septiembre de 2022.

4. E-Distribución Redes Digitales SLU

Con fecha 17 de agosto de 2022, se remitió a E-Distribución Redes Digitales SLU, separata del proyecto de la Línea Aérea 220 KV, D/C, y el Centro de Seccionamiento, solicitando su conformidad u oposición al mismo. No se ha obtenido respuesta concluido el plazo para responder a lo solicitado.

5. Empresa Provincial de Aguas de Córdoba SA (EMPROACSA)

Con fecha 17 de agosto de 2022, se remitió a EMPROACSA separata del proyecto de la Línea Aérea 220 KV, D/C, y el Centro de

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