Boletín nº 214 (09-11-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 4.202/2022

BASES DE CONVOCATORIA GENERAL PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD, MEDIANTE PROCESO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BAENA CORRESPONDIENTES A LA OEP EXTRAORDINARIA DE ESTABILIZACIÓN CORRESPONDIENTE AL AÑO 2022.

1ª. Objeto de la convocatoria

Esta convocatoria tiene por objeto regular las bases aplicables a los procesos selectivos que se detallan en sus anexos para la estabilización del empleo temporal como personal laboral en el Excmo. Ayuntamiento de Baena, que incluye las plazas vacantes en la OEP Extraordinaria de Estabilización 2022 al amparo de lo previsto en el Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y en la Disposición Adicional Sexta de la citada Ley, y que se concretan en:

Personal laboral

Denominación de la plaza

Grupo /Subgrupo

Plazas

CÓDIGO PUESTO

ADMINISTRATIVO

C/C1

3

4,76,95

TAQUILLERO PISCINA

C/C2

2

110

FIJO DISCONTINUO

OFICIAL 2º JARDINERÍA

AP

2

53,54

PEÓN DE MANTENIMIENTO

AP

1

114

OFICIAL 2º/AYUDANTE

AP

1

68

TRABAJADORA SOCIAL

A/A2

4

88,90,91,92

TRABAJADORA SOCIAL ETF

A/A2

1

98

MONITOR PERSONAL TORREPAREDONES

C/C2

1

84

SEPULTURERO

C/C2

1

64

LIMPIADORA

AP

2

115,116

TEC.PREVEN ADICCIONES Y

SUBVENCIONES

A/A2

1

102

CONSERJES

AP

2

111,112

ORIENTADORA LABORAL

DESARROLLO

A/A2

1

7

CONDUCTOR

C/C2

1

119

LIMPIADORA CONSERJE

AP

2

60,63

MONITOR NATACIÓN SOCORRISTA

C/C2

3

107,108

MONITOR NATACIÓN FISIOTERAPEUTA

C/C2

1

109

AGENTE DE APARCAMIENTO

AP

3

77

ASESORA JURÍDICA CIM-TÉCNICO DE IGUALDAD

A/A1

1

100

PSICÓLOGO ETF

A/A1

1

97

EDUCADORA SOCIAL ETF

A/A2

1

99

EDUCADORA SOCIAL

A/A2

1

101

ARQUITECTO TÉCNICO

A/A2

1

42

MONITOR SOCIOCULTURAL

C/C2

2

93,94

LIMPIADORA

AP

1

117

FIJO DISCONTINUO

OFICIAL 1º ELECTRICISTA

C/C2

1

70

MONITOR BANDA MÚSICA

C/C2

1

87

CONCURSO-OPOSICIÓN

2ª. Legislación aplicable

Las bases de esta convocatoria se regirán por lo dispuesto en:

-Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

-Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

-Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

-Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.

-Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

-Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

-Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

-Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía.

-Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

-Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Respectivamente, las Leyes 3/2017, de 27 de junio, y 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018, señalan que en los procesos selectivos de estabilización se cumplirán los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad. En la misma línea, primero el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y, después, la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, establecen unas reglas generales en la articulación de estos procesos de selección que garantizan el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Para este procedimiento, que con carácter previo se ha negociado en el ámbito de la Mesa General de Negociación del Excmo. Ayuntamiento de Baena, se establece que el sistema de selección será el concurso y el concurso-oposición según anexo correspondiente, conforme a la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, que autoriza una convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración cuando las plazas hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.

3ª. Requisitos de las personas aspirantes

Para poder participar en este proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos, conforme a lo establecido en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

e) Estar en posesión del título oficial previsto en los anexos, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Se entiende que la persona aspirante está en condiciones de obtenerlo cuando se haya abonado la correspondiente tasa de expedición del título académico.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de homologación o convalidación correspondiente.

Los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la contratación como personal laboral fijo.

4ª Forma y plazo de presentación de solicitudes

Las personas aspirantes deberán dirigir sus solicitudes, manifestando que reúnen todos los requisitos exigidos, a la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Baena, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el modelo normalizado de solicitud habilitado al efecto en la dirección web: https:/www.baena.es.

Las bases de la convocatoria se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el tablón de edictos de la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Baena, así como la correspondiente reseña en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cada solicitud deberá ir acompañada de la fotocopia del título académico oficial o, en su caso, justificante de abono de la tasa para la expedición del título, así como de la documentación acreditativa de los méritos conforme al baremo previsto en esta convocatoria y justificante del abono de la tasa por derechos de examen.

Quienes estén en posesión de certificado digital, podrán realizar la presentación de la solicitud por vía telemática en la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Baena, cuya dirección es:

https://www.baena.es

Quienes no opten por la vía telemática, podrán cumplimentar electrónicamente el modelo de solicitud en la página https://www.baena.es, pero deberán entregarlo impreso y firmado en la Oficina de Registro del Excmo. Ayuntamiento de Baena, sita en Plaza de la Constitución 1, en horario de atención al público o por cualquiera de las formas previstas en la normativa sobre procedimiento administrativo común.

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de solicitudes. Sólo en este caso se entenderá que las solicitudes han tenido entrada en el Registro del Excmo. Ayuntamiento de Baena, en la fecha en que fueron entregadas en la Oficina de Correos.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión de la persona aspirante.

En ningún caso la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.

Para ser admitido a esta convocatoria bastará que los aspirantes manifiesten en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base 3ª, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

Las personas con discapacidad podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y medios necesarios para la realización de las pruebas selectivas, con el fin de garantizar la igualdad de oportunidades y condiciones con el resto de aspirantes, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de aspirantes. Para ello, deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la que han de reflejar las necesidades que tengan para acceder al proceso de selección y adjuntarán dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que han dado origen al grado de minusvalía reconocido, en cumplimiento de la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

5ª. Admisión de aspirantes

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de Baena dictará resolución declarando aprobados los listados provisionales de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincial de Córdoba y en el tablón de edictos de la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Baena.

Los aspirantes excluidos y los omitidos en ambos listados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren dichos defectos, quedarán definitivamente excluidos de la convocatoria.

El listado provisional se entenderá automáticamente elevado a definitiva si no se presentaran reclamaciones, o no se apreciarán errores de oficio. Si hubiera reclamaciones, serán estimadas o desestimadas, en su caso, en una nueva resolución por la que se apruebe el listado definitivo, que se hará público en el tablón de edictos de la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Baena. Si por circunstancias sobrevenidas se produce modificación del Tribunal se hará también pública en dicho tablón de edictos.

6º. Tribunal de Selección

El Tribunal tendrá la siguiente composición:

-Presidencia: A designar por la Alcalía-Presidencia.

-Vocal-Secretario: El de la Corporación o persona en quien delegue.

-Vocales: Tres, a designar por la Alcalía-Presidencia.

A cada uno de los miembros del Tribunal y Secretaría se le asignará un suplente.

La composición del Tribunal será predominantemente técnica, con un nivel de titulación igual o superior a la exigida, y en ella se velará por los principios de especialidad, imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

No podrá formar parte de este Tribunal el personal de elección o de designación política, el personal funcionario interino y el personal eventual. La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos Vocales y Secretario. El Tribunal ajustará su actuación a las normas legales sobre funcionamiento de órganos colegiados. En todo caso, se reunirá, previa convocatoria de su Secretario, por orden de su Presidente, con antelación suficiente al inicio del proceso de baremación. Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos de los presentes. Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, con excepción del Secretario, que carecerá de esta última cualidad.

Quienes forman el Tribunal deberán abstenerse de intervenir, y las personas aspirantes podrán promover la recusación en los casos de los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria en todo lo no previsto en estas bases y disposiciones vigentes que regulen la materia.

7ª. Convocatoria y notificaciones

Las comunicaciones y notificaciones derivadas de la convocatoria se publicarán en el tablón de edictos de la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Baena.

8ª. Sistema de selección

Conforme a lo previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, relacionado, a su vez, con el artículo 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la selección de las personas para las plazas convocadas se llevará a cabo a través del sistema de concurso o concurso oposición según se detalla en cada anexo.

El concurso, cuya calificación final no podrá ser superior a 100 puntos, consistirá en la valoración por el Tribunal de Selección, con arreglo al baremo que se detalla a continuación, de los méritos alegados y acreditados por las personas participantes, referidos al día de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

a) Experiencia profesional.

Se valorará la experiencia profesional, con un máximo de 90 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

1) Experiencia profesional adquirida como personal laboral temporal incluido el Indefinido No Fijo de Plantilla en el ámbito de la Administración Local convocante en la misma categoría de la plaza convocada o en puestos de trabajo con funciones homólogas y del mismo Grupo/Subgrupo de la correspondiente categoría de la plaza convocada, en la que se incluirá la experiencia desarrollada en puestos de superior categoría siempre que el acceso al mismo se haya producido como consecuencia y desde el ejercicio del mismo puesto base al que pertenece la convocatoria pública a razón de 0,026 puntos por día.

2) Experiencia profesional adquirida como personal laboral temporal, incluido el indefinido no fijo, en plazas o puestos cuyos contenidos funcionales sean homólogos a los encomendados a la categoría de la plaza a la que se aspira en el ámbito de las Administraciones Públicas o entidades del sector público: 0,009 puntos por día.

En los supuestos de este apartado, que son incompatibles entre sí en el mismo periodo de tiempo, no se valorará las relaciones de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o administrativos de prestación de servicios, ni los trabajos como personal eventual.

Los servicios prestados a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente, excepto que la reducción obedezca a alguno de los supuestos previstos en la normativa sobre reducción de jornada por motivos de lactancia, cuidados de familiares y demás supuestos motivados por la conciliación de la vida familiar y laboral.

b) Antigüedad en las Administraciones Públicas.

Se valorará, con un máximo de 6 puntos, la antigüedad en las Administraciones Públicas, a razón de 0,003 puntos por día.

c) Asistencia e impartición de cursos de formación o perfeccionamiento.

Se valorará, hasta un máximo de 4 puntos, la asistencia e impartición de cursos de formación o perfeccionamiento organizados, impartidos u homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública, el Instituto Nacional de Administración Pública, el Servicio Andaluz de Empleo, el Servicio Público de Empleo Estatal, las Universidades, los Colegios Profesionales, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), la Administración convocante y las Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua de las Administraciones Públicas o presentes en la respectiva Mesa General de Negociación, siempre que estén relacionados directamente con las funciones propias de las plazas objeto de convocatoria o se trate de materias con contenidos o competencias transversales en el ejercicio de tales funciones; o en su caso, en las materia de Prevención de Riesgos Laborales, Igualdad de Género o protección de datos.

La valoración a otorgar por la asistencia e impartición será la siguiente:

- 0,050 por hora sin pruebas de aptitud, con un máximo de 200 horas.

- 0,055 por hora con pruebas de aptitud, con un máximo de 182 horas.

En todos los casos sólo se valorarán por una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se repita su participación.

En los casos en los que la duración del curso se exprese en créditos (ECTS) sin indicar su correlación en el número de horas del mismo, se utilizará la equivalencia de 25 horas un crédito, salvo que se justifique por el aspirante cualquier otra asignación de horas.

No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización ni las horas de duración. Asimismo, no se valorará los derivados de procesos selectivos y los diplomas o certificados relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.

El proceso de valoración consistirá en sumar las horas lectivas de los cursos, una vez diferenciadas en función de las pruebas de aptitud, hasta que sumen el máximo evaluable de puntos asignado a este apartado.

9ª. Acreditación de los méritos alegados

Los méritos alegados en el impreso de solicitud deberán ser justificados y acreditados mediante la presentación de los documentos siguientes:

a) Para la experiencia profesional: Certificado de la Administración en la que se acredite el tiempo de desempeño de la plaza o del puesto y la relación jurídica que se ha mantenido o mantiene. En el supuesto de experiencia profesional adquirida fuera del ámbito de la Administración Local convocante, habrá de adjuntarse igualmente un informe de la vida laboral de la persona aspirante.

b) Para la antigüedad: Certificado de la Administración en la que se hayan prestado los servicios alegados expedido por la autoridad competente.

c) Para los cursos de formación y perfeccionamiento: Fotocopia del título o certificado del curso donde conste la entidad que lo organiza, imparte u homologa, la materia y el número de horas lectivas recibidas o impartidas.

10ª Relación de personas seleccionadas

Una vez finalizada la baremación de los méritos, el Tribunal hará pública en el tablón de edictos de la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Baena, la relación provisional de personas seleccionadas, con indicación de la puntuación obtenida en la fase de concurso, desglosada conforme a los apartados del baremo de méritos. Esa relación se ordenará por orden alfabético.

La publicación del listado podrá comprender conjuntamente todas las plazas convocadas, o bien realizarse por plaza concreta.

En caso de empate en la puntuación final el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en cada apartado del baremo del concurso por el mismo orden en que aparecen regulados en esta convocatoria; en caso de persistir la igualdad, se acudirá al mérito de la experiencia profesional en cada uno de los subapartados por el orden en que se encuentran relacionados, y, finalmente, de mantenerse aún el empate, se acudirá a la mayor puntuación alcanzada en la experiencia laboral en el ámbito de la Administración Local convocante en la misma categoría de la plaza convocada durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el 31 diciembre de 2020. De persistir el empate se dilucidará conforme a una entrevista que el Tribunal determinará para comprobar la adecuación de los méritos alegados por las personas empatadas a las funciones propias de la/s plaza/s objeto de cobertura.

La oposición a los actos de trámite que integran este proceso podrá alegarse por las personas interesadas para su consideración en la resolución del Tribunal por la que se pone fin a las actuaciones de éste.

El Tribunal no podrá proponer un número superior de aspirantes al de plazas vacantes convocadas. Cuando haya propuesto la contratación de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, a fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, el órgano convocante, antes de su contratación, podrá requerir al Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a las personas propuestas para su posible contratación como personal laboral fijo.

La relación de personas aprobadas será elevada a la señora Alcaldesa Presidente, para que formule las correspondientes contrataciones laborales fijas. Contra dicho acuerdo del Tribunal, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de 1 mes ante el Presidente del Organismo.

11ª. Presentación de documentación

Las personas propuestas presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Baena, dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la base 3ª:

a. Copia del DNI en caso de no haber prestado la autorización en la solicitud para su comprobación a través del Sistema de Verificación de Datos o, de no poseer la nacionalidad española, del documento nacional correspondiente al país del que sean nacionales o de su pasaporte, acompañado del original para su autenticación.

b. Copia del título exigido para la plaza o del justificante de haber abonado los derechos de su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá aportarse asimismo la documentación que acredite su homologación o convalidación.

c. Informe médico sobre capacidad funcional del aspirante.

d. Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de la Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los aspirantes que no posean nacionalidad española deberán presentar además de la declaración relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e. Declaración responsable de no tener otro empleo público en el momento de la toma de posesión de la plaza, así como de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, las personas seleccionadas no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser contratadas y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

12ª. Recursos

La presentación de la solicitud por parte de las personas aspirantes constituye el sometimiento expreso a las bases reguladoras, que tienen consideración de ley reguladora de esta convocatoria.

Esta convocatoria es definitiva en vía administrativa y contra la misma puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que las hubiera dictado en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Córdoba en el plazo de dos meses, contados en ambos casos a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que este se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante, los/as interesados/as podrán interponer cualesquiera otros recursos si lo estiman pertinente.

ANEXO I

1. Normas particulares.

1.1. Objeto de la convocatoria: 3 plazas de ADMINISTRATIVO.

1.2. Códigos RPT: 4,76,95.

1.3. Plantilla Laboral.

1.4. Titulación académica: título de Bachiller, Técnico de grado medio o equivalente.

1.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

1.6. El importe de la tasa de examen: 10,20 €.

1.7. El Tribunal tendrá la categoría de 2ª.

ANEXO II

2. Normas particulares.

    2.1. Objeto de la convocatoria: 2 plazas de TAQUILLERO PISCINA. FIJO DISCONTINUO.

    2.2. Códigos RPT: 110.

    2.3. Plantilla Laboral.

    2.4. Titulación académica: Graduado Escolar, FP 1º grado o equivalente.

    2.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

    2.6. El importe de la tasa de examen: 10,20 €.

    2.7. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

    ANEXO III

    3. Normas particulares.

      3.1. Objeto de la convocatoria: 2 plazas de OFICIAL 2 JARDINERÍA.

      3.2. Códigos RPT: 53,54.

      3.3. Plantilla Laboral.

      3.4. Titulación académica: Certificado Escolar o equivalente.

      3.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

      3.6. El importe de la tasa de examen: 5,10 €.

      3.7. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

      ANEXO IV

      4. Normas particulares.

      4.1. Objeto de la convocatoria: 1 plazas de PEÓN DE MANTENIMIENTO.

      4.2. Códigos RPT: 114.

      4.3. Plantilla Laboral.

      4.4. Titulación académica: Certificado Escolar o equivalente.

      4.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

      4.6. El importe de la tasa de examen: 5,10 €.

      4.7. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

      ANEXO V

      5. Normas particulares.

        5.1. Objeto de la convocatoria: 4 plazas de TRABAJADOR/A SOCIAL.

        5.2. Códigos RPT: 88, 90, 91,92.

        5.3. Plantilla Laboral.

        5.4. Titulación académica: Diplomatura Trabajo Social o asimilado.

        5.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        5.6. El importe de la tasa de examen: 20,40 €.

        5.7. El Tribunal tendrá la categoría de 1ª.

        ANEXO VI

        6. Normas particulares.

        6.1. Objeto de la convocatoria: 1 plaza de TRABAJADOR/A SOCIAL ETF.

        6.2. Códigos RPT: 98.

        6.3. Plantilla Laboral.

        6.4. Titulación académica: Diplomatura Trabajo Social o asimilado.

        6.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        6.6. El importe de la tasa de examen: 20,40 €.

        6.7. El Tribunal tendrá la categoría de 1ª.

        ANEXO VII

        7. Normas particulares.

        7.1. Objeto de la convocatoria: 1 plaza de MONITOR PERSONAL TORREPAREDONES.

        7.2. Códigos RPT: 84.

        7.3. Plantilla Laboral.

        7.4. Titulación académica: Graduado Escolar, ESO o equivalente.

        7.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        7.6. El importe de la tasa de examen: 10,20 €.

        7.7. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

        ANEXO VIII

        8. Normas particulares.

        8.1. Objeto de la convocatoria: 1 plaza de SEPULTURERO.

        8.2. Códigos RPT: 64.

        8.3. Plantilla Laboral.

        8.4. Titulación académica: Graduado Escolar, ESO o equivalente.

        8.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        8.6. El importe de la tasa de examen: 10,20 €.

        8.7. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

        ANEXO IX

        9. Normas particulares.

        9.1. Objeto de la convocatoria: 2 plazas de LIMPIADORA.

        9.2. Códigos RPT: 115,116.

        9.3. Plantilla Laboral.

        9.4. Titulación académica: Certificado Escolar o equivalente.

        9.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        9.6. El importe de la tasa de examen: 5,10 €.

        9.7. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

        ANEXO X

        10. Normas particulares.

        10.1. Objeto de la convocatoria: 1 plaza de TÉCNICO PREVENCIÓN ADICCIONES Y SUBVENCIONES.

        10.2. Códigos RPT:102.

        10.3. Plantilla Laboral.

        10.4. Titulación académica: Diplomatura o equivalente.

        10.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        10.6. El importe de la tasa de examen: 20,40 €.

        10.7. El Tribunal tendrá la categoría de 1ª.

        ANEXO XI

        11. Normas particulares.

        11.1. Objeto de la convocatoria: 2 plazas de CONSERJES.

        11.2. Códigos RPT:111,112.

        11.3. Plantilla Laboral.

        11.4. Titulación académica: Certificado Escolar o equivalente.

        11.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        11.6. El importe de la tasa de examen: 5,10 €.

        11.7. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

        ANEXO XII

        12. Normas particulares.

        12.1. Objeto de la convocatoria: 1 plaza de ORIENTADORA LABORAL DESARROLLO.

        12.2. Códigos RPT: 7.

        12.3. Plantilla Laboral.

        12.4. Titulación académica: Diplomatura o equivalente.

        12.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        12.6. El importe de la tasa de examen: 20,40 €.

        12.7. El Tribunal tendrá la categoría de 1ª.

        ANEXO XIII

        13. Normas particulares.

        13.1. Objeto de la convocatoria: 1 plaza de CONDUCTOR.

        13.2. Códigos RPT:51, 119.

        13.3. Plantilla Laboral.

        13.4. Titulación académica: Graduado Escolar o equivalente.

        13.5. Requisito específico: Estar en posesión del permiso de conducción tipo C.

        13.6. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        13.7. El importe de la tasa de examen: 10, 20 €.

        13.8. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

        ANEXO XIV

        14. Normas particulares.

        14.1 Objeto de la convocatoria: 2 plazas de LIMPIADORA CONSERJE.

        14.2. Códigos RPT: 60,63.

        14.3. Plantilla Laboral.

        14.4. Titulación académica: Certificado de Escolaridad o equivalente.

        14.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        14.6. El importe de la tasa de examen: 5,10 €.

        14.7. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

        ANEXO XV

        15. Normas particulares.

        15.1. Objeto de la convocatoria: 3 plazas de MONITOR/A NATACIÓN SOCORRISTA.

        15.2. Códigos RPT: 107,108.

        15.3. Plantilla Laboral.

        15.4. Titulación académica: Graduado Escolar o equivalente.

        15.5. Requisito específico: Titulo de Socorrista y Monitor de Natación.

        15.6. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        15.7. El importe de la tasa de examen: 10,20 €.

        15.8. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

        ANEXO XVI

        16. Normas particulares.

        16.1. Objeto de la convocatoria: 1 plaza de MONITOR/A NATACIÓN FISIOTERAPEUTA.

        16.2. Códigos RPT: 109.

        16.3. Plantilla Laboral.

        16.4. Titulación académica: Graduado Escolar o equivalente.

        16.5. Requisito específico: Titulo de Socorrista y Monitor de Natación.

        16.6. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        16.7. El importe de la tasa de examen: 10, 20 €.

        16.8. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

        ANEXO XVII

        17. Normas particulares.

        17.1. Objeto de la convocatoria: 3 plazas de AGENTE APARCAMIENTOS.

        17.2. Códigos RPT:77.

        17.3. Plantilla Laboral.

        17.4. Titulación académica: Certificado Escolar o equivalente.

        17.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        17.6. El importe de la tasa de examen: 5.10 €.

        17.7. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

        ANEXO XVIII

        18. Normas particulares.

        18.1. Objeto de la convocatoria: 1 plaza de ASESORA JURÍDICA CIM-TÉCNICO/A DE IGUALDAD.

        18.2. Códigos RPT: 100.

        18.3. Plantilla Laboral.

        18.4. Titulación académica: Licenciado en Derecho o equivalente.

        18.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        18.6. El importe de la tasa de examen: 20,40 €.

        18.7. El Tribunal tendrá la categoría de 1ª.

        ANEXO XIX

        19. Normas particulares.

        19.1. Objeto de la convocatoria: 1 plaza de PSICÓLOGO ETF.

        19.2. Códigos RPT: 97.

        19.3. Plantilla Laboral.

        19.4. Titulación académica: Licenciado en Psicología o equivalente.

        19.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        19.6. El importe de la tasa de examen: 20,40 €.

        19.7. El Tribunal tendrá la categoría de 1ª.

        ANEXO XX

        20. Normas particulares.

        20.1. Objeto de la convocatoria: 1 plaza de EDUCADORA SOCIAL ETF.

        20.2. Códigos RPT: 99.

        20.3. Plantilla Laborales.

        20.4. Titulación académica: Educador social o asimilado.

        20.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        20.6. El importe de la tasa de examen: 20,40 €.

        20.7. El Tribunal tendrá la categoría de 1ª.

        ANEXO XXI

        21. Normas particulares.

        21.1. Objeto de la convocatoria: plaza de EDUCADORA SOCIAL.

        21.2. Códigos RPT: 101.

        21.3. Plantilla Laborales.

        21.4. Titulación académica: Educador social o asimilado.

        21.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        21.6. El importe de la tasa de examen: 20,40 €.

        21.7. El Tribunal tendrá la categoría de 1ª.

        ANEXO XXII

        22. Normas particulares.

        22.1. Objeto de la convocatoria: 1 plaza de ARQUITECTO TÉCNICO.

        22.2. Códigos RPT: 42.

        22.3. Plantilla Laborales.

        22.4. Titulación académica: Arquitectura Técnica o asimilado.

        22.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        22.6. El importe de la tasa de examen: 20,40 €.

        22.7. El Tribunal tendrá la categoría de 1ª.

        ANEXO XXIII

        23. Normas particulares.

        23.1. Objeto de la convocatoria: 2 plazas de MONITORA SOCIOCULTURAL.

        23.2. Códigos RPT: 93,94.

        23.3. Plantilla Laborales.

        23.4. Titulación académica: Graduado Escolar, FP 1º grado o equivalente.

        23.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        23.6. El importe de la tasa de examen: 10,20 €.

        23.7. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

        ANEXO XXIV

        24. Normas particulares.

        24.1. Objeto de la convocatoria: 1 plaza de LIMPIADOR/A FIJO DISCONTINUO.

        24.2. Códigos RPT: 117.

        24.3. Plantilla Laborales.

        24.4. Titulación académica: Certificado Escolar o equivalente.

        24.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        24.6. El importe de la tasa de examen: 5,10 €.

        24.7. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

        ANEXO XXV

        25. Normas particulares.

        25.1. Objeto de la convocatoria: 1 plaza de OFICIAL 1º ELECTRICISTA.

        25.2. Códigos RPT: 70.

        25.3. Plantilla Laborales.

        25.4. Titulación académica: Graduado Escolar, FP 1º grado o equivalente.

        25.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        25.6. El importe de la tasa de examen: 10,20 €.

        25.7. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

        ANEXO XXVI

        26. Normas particulares.

        26.1. Objeto de la convocatoria: 1 plaza de OFICIAL 2º AYUDANTE.

        26.2. Códigos RPT: 68.

        26.3. Plantilla Laboral.

        26.4. Titulación académica: Certificado Escolar o equivalente.

        26.5. Sistema de Selección: Concurso. Turno Libre.

        26.6. El importe de la tasa de examen: 5,10 €.

        26.7. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

        ANEXO XXVII

        27. Normas particulares.

        27.1. Objeto de la convocatoria: 1 PLAZA DE MONITOR BANDA MÚSICA.

        27.2. Código RPT: 87.

        27.3. Plantilla Laboral.

        27.4. Titulación académica: Graduado Escolar o equivalente.

        27.5. Sistema de Selección: Concurso-Oposición. Turno Libre.

        27.6. El importe de la tasa de examen: 10,20 €.

        27.7. El Tribunal tendrá la categoría de 3ª.

        27.8. Requisito específico: Estar posesión del permiso de conducir tipo B.

        27.9. Fase de Concurso-Oposición. Desarrollo de los ejercicios:

        FASE OPOSICIÓN

        PRIMER EJERCICIO. Obligatorio y eliminatorio. Sobre el temario establecido en el programa el Tribunal planteara 25 preguntas tipo test. Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar la puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.

        Para la resolución de este cuestionario tipo test y a la hora de proceder a la calificación del mismo, cada error descontará un 25% de la puntuación de una pregunta correcta. Las preguntas dejadas en blanco no puntuarán ni negativa ni positivamente.

        FASE CONCURSO

        El concurso, cuya calificación final no podrá ser superior a 4 puntos, consistirá en la valoración por el Tribunal de Selección, con arreglo al baremo que se detalla a continuación, de los méritos alegados y acreditados por las personas participantes, referidos al día de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

        a) Experiencia profesional.

        Se valorará la experiencia profesional, con un máximo de 2 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

        1) Experiencia profesional adquirida como personal laboral temporal incluido el Indefinido No Fijo de Plantilla en el ámbito de la Administración Local convocante en la misma categoría de la plaza convocada o en puestos de trabajo con funciones homólogas y del mismo Grupo/Subgrupo de la correspondiente categoría de la plaza convocada, en la que se incluirá la experiencia desarrollada en puestos de superior categoría siempre que el acceso al mismo se haya producido como consecuencia y desde el ejercicio del mismo puesto base al que pertenece la convocatoria pública a razón de 0,026 puntos por día.

        2) Experiencia profesional adquirida como personal laboral temporal, incluido el indefinido no fijo, en plazas o puestos cuyos contenidos funcionales sean homólogos a los encomendados a la categoría de la plaza a la que se aspira en el ámbito de las Administraciones Públicas o entidades públicas: 0,009 puntos por día.

        En los supuestos de este apartado, que son incompatibles entre sí en el mismo periodo de tiempo, no se valorará las relaciones de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o administrativos de prestación de servicios, ni los trabajos como personal eventual.

        Los servicios prestados a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente, excepto que la reducción obedezca a alguno de los supuestos previstos en la normativa sobre reducción de jornada por motivos de lactancia, cuidados de familiares y demás supuestos motivados por la conciliación de la vida familiar y laboral.

        b) Antigüedad en las Administraciones Públicas.

        Se valorará, con un máximo de 1 puntos, la antigüedad en las Administraciones Públicas, a razón de 0,003 puntos por día.

        c) Asistencia e impartición de cursos de formación o perfeccionamiento.

        Se valorará, hasta un máximo de 1 punto, la asistencia e impartición de cursos de formación o perfeccionamiento organizados, impartidos u homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública, el Instituto Nacional de Administración Pública, el Servicio Andaluz de Empleo, el Servicio Público de Empleo Estatal, las Universidades, los Colegios Profesionales, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), la Administración convocante, Diputaciones Provinciales y las Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua de las Administraciones Públicas o presentes en la respectiva Mesa General de Negociación, siempre que estén relacionados directamente con las funciones propias de las plazas objeto de convocatoria o se trate de materias con contenidos o competencias transversales en el ejercicio de tales funciones; o en su caso, en las materia de Prevención de Riesgos Laborales, Igualdad de Género o protección de datos.

        La valoración a otorgar por la asistencia e impartición será la siguiente:

        - 0,050 por hora sin pruebas de aptitud, con un máximo de 200 horas.

        - 0,055 por hora con pruebas de aptitud, con un máximo de 182 horas.

        En todos los casos sólo se valorarán por una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se repita su participación.

        En los casos en los que la duración del curso se exprese en créditos (ECTS) sin indicar su correlación en el número de horas del mismo, se utilizará la equivalencia de 25 horas un crédito, salvo que se justifique por el aspirante cualquier otra asignación de horas.

        No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización ni las horas de duración. Asimismo, no se valorará los derivados de procesos selectivos y los diplomas o certificados relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.

        El proceso de valoración consistirá en sumar las horas lectivas de los cursos, una vez diferenciadas en función de las pruebas de aptitud, hasta que sumen el máximo evaluable de puntos asignado a este apartado.

        La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de la puntuación final de la fase de oposición y de concurso. En caso de empate en la puntuación final, se resolverá de acuerdo al siguiente orden de prelación:

        -Mayor puntuación total obtenida en la fase de oposición.

        -Mayor puntuación total en el apartado de experiencia profesional.

        El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas un número superior de aspirantes al de plazas.

        27.9. Programa de Temas:

        1. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978. PRINCIPIOS GENERALES.

        2. DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LOS ESPAÑOLES.

        3. LA CORONA. ATRIBUCIONES SEGÚN LA CONSTITUCIÓN.

        4. EL MUNICIPIO. ORGANIZACIÓN Y COMPETENCIAS.

        5. EL ALCALDE Y EL PLENO. RÉGIMEN.

        6. RÉGIMEN DE SESIONES Y ACUERDOS DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO LOCAL.

        7. EL REGISTRO DE DOCUMENTOS.

        8. NOTIFICACIONES Y PUBLICACIÓN DE ACUERDOS.

        9. ACTAS Y CERTIFICACIONES.

        10. EL ACTO ADMINISTRATIVO. CONCEPTO.

        11. LA MÚSICA. EL RITMO Y EL SONIDO.

        12. NOTACIÓN MUSICAL. COMPASES: CLASES. LAS CLAVES. MATIZ Y DINÁMICA.

        13. INTERVALOS: TIPOS Y CLASES. ARMADURA DE LAS TONALIDADES.

        14. CÍRCULOS DE QUINTAS. DISTINTOS TIPOS DE ESCALAS.

        15. ARMONÍA. ACORDES TRÍADAS. CIFRADO DE LOS ACORDES.

        16. CADENCIAS. INVERSIÓN Y POSICIÓN DE LOS ACORDES.

        17. TRANSPOSICIÓN. TRANSPORTE ESCRITO Y LEÍDO. INSTRUMENTOS TRANSPOSITORES. AFINACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS TRANSPOSITORES.

        18. LA ORQUESTA. INSTRUMENTOS Y CONSTITUCIÓN DE LA ORQUESTA MODERNA. 19. LA ORQUESTA DE CÁMARA. INSTRUMENTOS DE CUERDA, MADERA, METAL Y PERCUSIÓN.

        20. LA MÚSICA EN EL NIÑO. TÉCNICAS PARA LA REALIZACIÓN DE INSTRUMENTOS INFANTILES.

        Baena, 3 de noviembre de 2022. Firmado electrónicamente por la Delegada de Personal, Lidia María Pozo Horcas.

        Aviso jurídico

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