Boletín nº 215 (10-11-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Cabra
Nº. 4.243/2022
EL ALCALDE DE ESTA CIUDAD, HACE SABER:
Que el día 4 de noviembre de 2022, se ha dictado resolución de esta Alcaldía número 2022/00002654, relativa a la corrección de error en la Oferta de Empleo Público para la Estabilización de Empleo Temporal del Ayuntamiento de Cabra, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 99/2022, de fecha 25 de mayo de 2022, cuyo tenor literal se transcribe a continuación:
Decreto sobre detección de error en los documentos comprensivos de la Oferta de Empleo Público de las plazas objeto de estabilización conforme a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (Gex 2022/9056), para proceder a su corrección".
Visto el informe emitido por la Secretaría General de este Ayuntamiento, del siguiente tenor literal:
"Informe de Secretaría sobre detección de error en los documentos comprensivos de la Oferta de Empleo Público de las plazas objeto de estabilización conforme a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público".
ANTECEDENTES DE HECHO:
PRIMERO: El día 12 de mayo, se emite documento técnico e informe jurídico comprensivos de las plazas objeto de estabilización conforme a la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y el 18 de mayo, informe de esta Secretaría basado en estos documentos.
El informe jurídico en su punto 3, literalmente decía:
3. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE CABRA.
La Oferta de Empleo Público para la Estabilización del Empleo Público Temporal del Ayuntamiento de Cabra, con respecto a las plazas de personal funcionario y laboral que cumple con los requisitos legales es la siguiente:
A) Estabilización del empleo temporal a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 20/2021. No se incluye ninguna plaza.
B) Estabilización de empleo temporal de larga duración (Disposición Adicional 6ª y 8ª de la Ley 20/2021).
PERSONAL FUNCIONARIO
Código |
Denominación |
Número |
Escala/sub/ clase |
6 |
ARQUITECTO/A TÉCNICO/A |
1 |
A2 |
18 |
PORTERO/A |
1 |
E/AP |
PERSONAL LABORAL
Código |
Denominación |
Número |
Grupo Clasif. |
77,78 |
TRABAJADOR/A SOCIAL |
2 |
II |
21 |
MONITOR/A TEATRO |
1 |
III |
22 |
MONITOR/A DANZA |
1 |
III |
23 |
MONITOR/A PIANO |
1 |
III |
24 |
MONITOR/A GUITARRA, MYM Y LENGUAJE MUSICAL |
1 |
III |
71 |
ADMINISTRATIVO |
1 |
III |
27 |
TÉCNICO/A JUVENTUD |
1 |
IV |
28 |
TÉCNICO/A INFORMACIÓN SEXUAL |
1 |
IV |
4,5,17,20,26,55,6 8,69,70,72,73,83 |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO |
12 |
IV |
19,66 |
OFICIAL DE 1ª |
2 |
IV |
74 |
OFICIAL DE 1ª FONTANERO/A |
1 |
IV |
75 |
OFICIAL DE 1ª ESPECTÁCULOS |
1 |
IV |
79 |
PEÓN ESPECTÁCULOS |