Boletín nº 216 (11-11-2022)

IV. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos
Consejería de Política Industrial y Energía
Delegación Territorial en Córdoba

Nº. 3.980/2022

RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS Y DE POLÍTICA INDUSTRIAL Y ENERGÍA EN CÓRDOBA, POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, PARA EL PROYECTO DE LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA 220/30 KV, 70 MVA, GUADALCÁZAR Y ALMODÓVAR A UBICAR EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ALMODÓVAR DEL RÍO, (CÓRDOBA), PROMOVIDA POR LA SOCIEDAD LA REDONDA SOLAR SL.

EXPDTE. AT 022/2021.

EXPDTE. AMBIENTAL: AAU/CO/0067/21.

ANTECEDENTES

PRIMERO: Alcance

En Almodóvar del Río, (Córdoba), en el Paraje Gil Pérez, Polígono 14, parcela 21, Referencia Catastral:

14005A01400210000KQ, se han proyectado, sobre una superficie compartida, tres instalaciones que constituirán infraestructura de evacuación de varias plantas solares fotovoltaicas con conexión en el nudo de la red de transporte SE Almodóvar 220 KV. Estas instalaciones son:

PRIMERA. La Subestación Eléctrica Almodóvar Renovables promovida por ADRIANA ENERGÍA SL, constituida fundamentalmente por dos transformadores 220/30 KV:

-Transformador 1, de 50 MVA de potencia, para la evacuación conjunta de las plantas solares fotovoltaicas:

PSFV ALMOD I, de 25 MW, promovida por ADRIANA ENERGÍA SL.

PSFV SILVERIO 1, de 20 MW, promovida por RIC ENERGY SL.

-Transformador 2, de 73 MVA de potencia, para la evacuación de la planta solar fotovoltaica:

FV CARBO, de 69 MW, promovida por ENEL GREEN POWER ESPAÑA SL.

SEGUNDA. La Subestación Eléctrica Guadalcázar y Almodóvar promovida por LA REDONDA SOLAR SL, constituida fundamentalmente por un transformador, 220/30 KV, de 70 MVA de potencia:

-Transformador 1, de 70 MVA de potencia, para la evacuación conjunta de las plantas solares fotovoltaicas:

PSFV ISF ALMODOVAR DEL RÍO, de 20 MW, promovida por ENERGÍA DIODOS SL.

PSFV GUADALCÁZAR, de 36 MW, promovida por ALMODÓVAR SOLAR SL.

PSFV ALMODÓVAR, de 14 MW, promovida por LA REDONDA SOLAR.

TERCERA. El Centro de Seccionamiento Almodóvar del Río, promovido por LA REDONDA SOLAR SL. En esta instalación, a 220 KV de tensión, se integra la evacuación de todas las plantas fotovoltaicas mencionadas. La salida del Centro de Seccionamiento es una línea de doble circuito, de 60 metros de longitud, que hace entrada y salida sobre la línea existente LAAT 220 KV ACUAES BREÑA II, que conduce al nudo de la red de transporte Almodóvar del Río 220 KV gestionado por RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA SA. (REE)

El alcance de la presente resolución se circunscribe a la instalación SEGUNDA del desglose anterior, La Subestación Eléctrica Guadalcázar y Almodóvar promovida por LA REDONDA SOLAR SL.

SEGUNDO. Solicitud

Con fecha 10 de diciembre de 2020, tuvo entrada en el registro telemático, escrito presentado por la mercantil, LA REDONDA SOLAR SL, CIF B87.726.881, domiciliada a efecto de notificaciones en calle Sorni 21, puerta 8, 46004 Valencia, mediante el que solicitó Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción, para el Proyecto de la Subestación Eléctrica 220/30, 70 MVA, Guadalcázar y Almodóvar, a ubicar en el término municipal de Almodóvar del Río, (Córdoba).

TERCERO: Información Pública

De acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud, de 10 de diciembre de 2020, de Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción, para la Subestación Eléctrica 220/30 KV, 70 MVA Guadalcázar y Almodóvar, se sometió al trámite de información pública mediante publicación del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, número 98, de 25 de mayo de 2021.

De conformidad con lo previsto en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, durante el periodo de información pública la documentación relativa a la actuación, estuvo disponible para su consulta en la página web de la Transparencia de la Junta de Andalucía.

Durante el trámite de información pública no se produjeron alegaciones.

CUARTO. Informe Ambiental Vinculante

Con fecha de 22 de noviembre de 2021, se remitió a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Córdoba, documentación relativa a tres proyectos de infraestructuras de evacuación a ubicar sobre la misma explanación en el Polígono 14, parcela 21 del término municipal de Almodóvar del Río, (Córdoba): La Subestación Eléctrica 220/30 KV, 50 + 73 MVA, Almodóvar Renovables, promovido por ADRIANA ENERGÍA SL. La Subestación Eléctrica Guadalcázar y Almodóvar, 220/30 KV, 70 MVA y El Centro de Seccionamiento Almodóvar del Río, los últimos promovidos por LA REDONDA SOLAR SL, a los efectos de lo establecido en el artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, respecto al Informe Ambiental Vinculante. Este organismo, competente en materia de medio ambiente, abrió el expediente de Autorización Ambiental Unificada, AAU/CO/0067/21, asociado a las instalaciones mencionadas.

A fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 31 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, y en el articulo 19 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, el expediente fue sometido al tramite de información publica mediante su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucia nº 9, de 14 de enero de 2022, con corrección de error material en Boletín Oficial de la Junta de Andalucia nº 17, de fecha 26 de enero de 2022, no habiéndose recibido ninguna alegación en el plazo establecido a tal efecto.

El 09 de agosto de 2022, la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Córdoba, emitió el Informe Ambiental Vinculante, de carácter favorable, en el que se consideran viables desde el punto de vista ambiental los proyectos de la Subestación Eléctrica 220/30 KV, 50 + 73 MVA, Almodóvar Renovables, la Subestación Eléctrica Guadalcázar y Almodóvar 220/30 KV, 70 MVA, y el Centro de Seccionamiento Almodóvar del Río, recogiéndose, en anexos a dicho informe, un análisis de la incidencia ambiental del proyecto y las medidas correctoras establecidas como resultado de la evaluación de impacto ambiental.

QUINTO. Informe de Compatibilidad Urbanística

De acuerdo a lo indicado en el entonces vigente, artículo 42.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), según la redacción dada a éste por el Decreto Ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, en relación a Actuaciones de Interés Público en terrenos con el régimen del suelo no urbanizable, con fecha 17 de mayo de 2021, se solicitó del Ayuntamiento de Almodóvar del Río (Córdoba), que dentro del plazo establecido, procediera a emitir un informe de compatibilidad urbanística del proyecto referenciado. El 28 de mayo de 2021, se obtuvo respuesta del Ayuntamiento de Almodóvar del Río (Córdoba). Junto a la misma, se encuentra el Informe de Compatibilidad Urbanística, de sentido favorable, que indica que: ..El acto descrito de SUBESTACIÓN ELÉCTRICA 220/30 KV, 63/70 MVA GUADALCÁZAR Y ALMODÓVAR, sita en el Paraje de "Gil Pérez", PAR 21 POL 14 del T.M. de Almodóvar del Río (Córdoba), se considera urbanísticamente compatible sin perjuicio del resultado de la tramitación de los instrumentos de prevención ambiental. & Estas actuaciones requerirán, tras las autorizaciones que procedan, de acuerdo con el resto de normas de aplicación, el otorgamiento de la correspondiente licencia urbanística municipal.

A partir de 18 de diciembre de 2021, con la entrada en vigor del Decreto-Ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la activación económica de Andalucía, se modifica el artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, que requería la obtención de Informe de Compatibilidad Urbanística de carácter vinculante para el procedimiento de autorización de instalaciones energéticas. Desde dicho día desaparece la referencia a este requerimiento urbanístico que era necesario incluir en los procedimientos energéticos.

La disposición transitoria quinta del Decreto-Ley 26/2021, de 14 de diciembre, trata de la actuación a seguir respecto a los aspectos urbanísticos, para los procedimientos de autorización de instalaciones energéticas que estuvieran en tramitación en el momento de la entrada en vigor de dicho Decreto-Ley. Se indica que en los casos en que se hubiera evacuado el Informe de Compatibilidad Urbanística, dicho informe habrá de ser tenido en cuenta durante el procedimiento de autoriz

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