Boletín nº 217 (14-11-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba

Nº. 4.231/2022

Expediente GEX 2022/235.

Asunto: Modificación de la Oferta de Empleo Público del año 2022.

ANUNCIO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Don Miguel Ruz Salces, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba, hace saber:

Mediante Resolución de la Alcaldía número 2022/00001374, de 4 de noviembre de 2022, se ha resuelto modificar la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2022, aprobada mediante Resolución de la Alcaldía número 2022/00000083, de 8 de febrero de 2022, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 30, de 14 de febrero de 2022, quedando la misma como se detalla a continuación:

PERSONAL FUNCIONARIO

Grupo

Subgrupo

Nº de vacantes

Denominación

Sistema de acceso

A

A1

1

Arquitecto/a

Libre

A

A2

1

Técnico Medio de Gestión Administrativa

Libre

C

C1

1

Administrativo de Secretaría-Contratación

Libre

C

C1

1

Encargado de Biblioteca

Promoción interna

PERSONAL LABORAL

Categoría laboral

Nº de vacantes

Denominación

Sistema de acceso

C2

1

Responsable de Vías Públicas y Jardines

Libre

C2

1

Cocinero/a Escuela Infantil

Libre

C2

1

Encargado de Cementerio Municipal

Libre

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Córdoba, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Montalbán de Córdoba, 4 de noviembre de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Miguel Ruz Salces.

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