Boletín nº 221 (18-11-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 4.259/2022

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada con fecha veintisiete de octubre de dos mil veintidós, ha adoptado acuerdo de aprobación, para delegar en Junta de Gobierno Local el establecimiento de precios públicos mediante acuerdos de establecimiento que en su parte dispositiva contiene el siguiente tenor literal:

...\...

PROPUESTA DE LA ALCALDÍA SOBRE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL PLENO EN JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.

Con la finalidad de hacer realidad los principios de eficacia y desconcentración previstos en el artículo 103 de la Constitución Española, se considera conveniente realizar propuesta para que ciertas materias que son competencia del Pleno de la Corporación sea de la Junta de Gobierno Local quien las desarrolle, pasando a dar lectura a la presente, sin perjuicio de que sea susceptible de modificación en aras de dar la agilidad debida, en virtud de lo establecido en el artículo 22.4 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del régimen Local, en su redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización, Sostenibilidad de la Administración Local. Visto que con fecha 25 de agosto de 2022, se acordó aprobar la propuesta de Alcaldía sobre delegación de competencias de Pleno en Junta de Gobierno Local según documento del expediente 21628/2022 y certificado expedido por la Sra. Secretaria General donde se recoge: &

Delegar en Junta de Gobierno [&] 7. Modificación de los precios públicos. Visto que no se delega el establecimiento de precios públicos mediante acuerdos de imposición conforme al artículo 47 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

SE PROPONE AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO LA ADOPCIÓN DEL SIGUIENTE ACUERDO: Delegar en Junta de Gobierno Local el establecimiento de precios públicos mediante acuerdos de establecimiento. Si bien seguirá residiendo en el Pleno la competencia de establecimiento de precios públicos cuando se tramiten mediante ordenanza.

La Comisión Informativa de Presidencia, Transparencia y Buen Gobierno, Hacienda, Recursos Humanos y Desarrollo Socio-económico con el voto favorable por unanimidad de los presentes dictamina favorablemente la propuesta anteriormente transcrita y que se da por reproducida.

Sometida la propuesta a votación ordinaria se obtiene el siguiente resultado:

-Votos a favor: Trece correspondientes a los Concejales del Grupo Municipal Popular, uno perteneciente al Grupo Municipal de Ciudadanos.

-Votos en contra: Siete pertenecientes al Grupo Municipal Socialista.

-Abstenciones: Ninguna.

A la vista de cuanto antecede, el Ayuntamiento Pleno acuerda con el voto favorable por mayoría absoluta:

PRIMERO. Delegar en Junta de Gobierno Local el establecimiento de precios públicos mediante acuerdos de establecimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Si bien seguirá residiendo en el Pleno la competencia de establecimiento de precios públicos cuando se tramiten mediante ordenanza.

SEGUNDO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 51 del ROF, el presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su adopción sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia".

Priego de Córdoba, 7 de noviembre de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Ramón Valdivia Rosa.

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