Boletín nº 224 (23-11-2022)
VIII. Otras Entidades
Gerencia Municipal de
Urbanismo
Córdoba
Nº. 4.281/2022
Rfª. Planeamiento/MJBH 4.1.5 2/2018
Help 2021/33236
EDICTO
El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en sesión ordinaria, celebrada en segunda convocatoria el día 26 de octubre de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO. Aprobar Definitivamente el Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución PERI LE-19 "Antiguo Centro Penitenciario", promovido por la entidad SIEPSE (Sociedad Estatal de Infraestructuras Penitenciarias y de la Seguridad del Estado SME, SA), advirtiendo al promotor que, en todo caso, las obras se ejecutarán bajo las siguientes condiciones:
1. Durante la ejecución de las obras deberá darse cumplimiento a las observaciones y/o condiciones establecidas en los informes de Movilidad, Emacsa y Parques y Jardines.
2. Deberá darse cumplimiento al informe de la Oficina de Arqueología, emitido con fecha 14 de diciembre de 2020.
3. Las obras se ejecutarán con estricta sujeción al Proyecto de Urbanización aprobado definitivamente y a los Pliegos de Condiciones y Presupuestos incluidos en aquel, bajo la estricta aprobación y supervisión de los técnicos designados por esta Gerencia Municipal de Urbanismo.
4. El solicitante deberá encomendar la dirección de las obras a un técnico superior quien estará acompañado por un técnico de grado medio y un vigilante de obras, con el objeto de garantizar la correcta ejecución de las mismas.
5. Asimismo deberá comunicar a esta Gerencia con setenta y dos horas de antelación, la fecha de comienzo de las obras, el nombre del contratista que las realice y, en su caso, el de los técnicos directores de las obras para poder ejercer el debido control e inspección de las mismas así como suscribir conjuntamente con la Unidad Técnica del Servicio de Planeamiento y Gestión el Acta de Comprobación de Replanteo previo al comienzo de las obras.
SEGUNDO. Advertir, igualmente que en el plazo de tres meses contados desde la notificación del acuerdo de la aprobación definitiva del proyecto de urbanización, la Junta de Compensación deberá constituir un deposito del 2% del Presupuesto de ejecución Material de las obras, en concepto de Control de Calidad (artículo 5.2.4-3º del PGOU01).
TERCERO. Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia para su entrada en vigor y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 141.4 del Reglamento de Planeamiento.
CUARTO. Notificar al promotor y demás interesados.
Córdoba, 7 de noviembre de 2022. Firmado electrónicamente por el Gerente, Luis Valdelomar Escribano.