Boletín nº 224 (23-11-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de El Carpio

Nº. 4.494/2022

Título: Resolución de Alcaldía de 14 de noviembre de 2022, por la que se convocan ayudas a pymes y autónomos, año 2022.

BDNS (Identif.) 659790

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/659790)

PRIMERO. Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de la subvención las siguientes personas/entidades, titulares de una microempresa:

-Personas físicas.

-Personas jurídicas: Únicamente sociedades de responsabilidad limitada constituidas por personas físicas.

-Entidades sin personalidad jurídica: Comunidad de bienes o sociedad civil.

-Entidades de Economía Social: Cooperativas de trabajo asociado y Sociedades Limitadas Laborales.

Las personas/entidades interesadas en esta subvención deberán cumplir los siguientes requisitos:

-Deberán tener su domicilio fiscal y su actividad en el municipio de EL Carpio y la consideración de microempresa o micropyme cumpliendo, por tanto, los efectivos y límites financieros siguientes: que ocupe un efectivo de personal de menos de 10 personas, y cuya facturación o activo no exceda de dos millones de euros. (Recomendación de la Comisión Europea 2003/361/CE, de 6 de mayo, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas; DOUE de 20 de mayo de 2003).

-Que estén dadas de alta en una actividad empresarial o profesional de las recogidas en los epígrafes según ANEXO VI de esta convocatoria. Para ello se tendrán en cuenta los epígrafes que figuren en el certificado de Situación Censal.

-Las empresas deberán contar con la oportuna Licencia de Apertura de Establecimientos, Declaración Responsable o tenerla solicitada antes del 1de enero de 2022.

-Solo podrá presentarse una solicitud de ayuda por persona física o jurídica, cooperativa, sociedad civil o comunidad de bienes, y para un único establecimiento.

SEGUNDO. Objeto:

El objeto de la presente convocatoria es apoyar, fomentar e impulsar la actividad económica por medio del establecimiento de ayudas destinadas a preservar la actividad económica de los sectores empresariales ante esta situación de crisis actual.

En concreto, establece el procedimiento para la concesión de ayudas con destino a sufragar gastos de naturaleza no inventariable en que hayan incurrido los sujetos que puedan adquirir la condición de personas beneficiarias, siempre que la actividad responda a cualquiera de las finalidades siguientes:

-Acciones dirigidas a promover la estabilidad y perdurabilidad de la empresa.

-Acciones dirigidas a realizar actuaciones que colaboren con la consolidación de la empresa ante la situación actual del mercado.

-Acciones dirigidas a proteger la continuidad de productos y/o servicios, así como a la mejora de los existentes.

TERCERO. Bases Reguladoras:

Son las contenidas en las bases reguladoras de las subvenciones de la Corporaciones Locales al amparo de la Ordenanza General de Subvenciones y de las bases aprobadas por Resolución de Alcaldía, el 14 de noviembre de 2022, del Programa de Ayudas a Pymes y Autónomos del Ayuntamiento de El Carpio.

CUARTO. Cuantía:

Se subvencionará el 100% del total de los gastos subvencionables justificados y debidamente pagados, incluidos los impuestos indirectos, hasta un importe máximo individualizado por persona o entidad beneficiaria de 500,00 euros (quinientos euros).

Al tratarse de una concesión directa de subvenciones la valoración de las solicitudes se limitará a comprobar que los gastos debidamente acreditados en la forma prevista en la convocatoria se corresponden efectivamente con las indicadas en la misma y cumplen los requisitos exigidos. En consecuencia, todas las entidades solicitantes que cumplan los requisitos serán beneficiarias por los importes máximos establecidos en la base SÉPTIMA hasta que se agote el crédito presupuestario habilitado al efecto en el presupuesto municipal.

QUINTO. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

SEXTO. Otros datos:

Deberán acompañar a la solicitud los modelos disponibles en la página web del Ayuntamiento de El Carpio:

"www.ayunelcarpio.es".

El Carpio, 14 de noviembre de 2022. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, Desirée Benavides Baena.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad